jueves, 19 de noviembre de 2015

AYUDAS VIGENTES PARA AUTÓNOMOS Y PYMES QUE CONTRATEN MUJERES.

Diferentes bonificaciones en relación al tipo de contrato y a las características de la mujer contratada. Con el fin de facilitar la contratación de mujeres y reducir el número de desempleados, la Ley recoge ayudas o bonificaciones para las empresas o autónomos que den este paso. 
En función de las características de la mujer contratada y de la entidad empresarial, las ayudas vigentes varían en cantidad.



  • La empresa o autónomo que convierta en indefinido el contrato primer empleo joven de una mujer menor de 30 años inscrita en la Oficina de Empleo, obtendrá una cuantía de 700 euros al año.
  • El contrato indefinido que afecta a los trabajadores procedentes de una ETT con contrato eventual, “primer empleo joven” y a disposición de una empresa usuaria, será recompensado con 700 euros al año en caso de que el trabajador sea una mujer.
  • La empresa o autónomo que realice un contrato indefinido a trabajadoras procedentes de una ETT para la formación y el aprendizaje y a disposición de una empresa usuaria, obtendrá una ayuda de 1.800 euros al año.
  • La bonificación de una contratación indefinida a trabajadoras procedentes de una ETT con contrato en prácticas y puestos a disposición de una empresa usuaria es de700 euros al año.
  • Si el contrato es indefinido y procede de una empresa con menos de 50 trabajadores, cuantía alcanza los 1.500 euros siempre y cuando la mujer contratada tenga más de 45 años, esté desempleada y esté inscrita en la Oficina de Empleo.
  • Un contrato indefinido realizado por una empresa formada por menos de 50 trabajadores a jóvenes entre los 16 y 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo, se verá recompensado con 1.100 euros durante el primer año, 1.200 euros en el segundo año y 1.300 en el tercero.
  • La ayuda sobre los contratos indefinidos a mujeres con discapacidad general es5.250 euros.
  • La ayuda sobre contratos indefinidos a mujeres con discapacidad severa es de 5.950 euros.
  • Si la empresa o autónomo convierte en indefinido el contrato de prácticas, al finalizar el mismo, o el contrato de relevo o sustitución por jubilación obtendrá una bonificación de 700 euros. No obstante, esta ayuda solo va dirigida a empresas de menos de 50 trabajadores.
  • La conversión de contratos para la formación y el aprendizaje y de formación celebrados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 10/2011, que se transformen en indefinidos a partir del 1/12012, se verá beneficiada con un reducción de 1.800 euros.
  • El contrato temporal de fomento del empleo a mujeres con discapacidad general menores de 45 años, recibe una ayuda de 4.100 euros.
  • El contrato temporal de fomento del empleo a mujeres con discapacidad general mayores de 45 años, recibe una ayuda de 4.700 euros.
  • El contrato temporal de fomento del empleo a mujeres con discapacidad severa menores de 45 años, recibe una ayuda de 4.700 euros.
  • El contrato temporal de fomento del empleo a mujeres con discapacidad severa mayores de 45 años, recibe una ayuda de 5.300 euros.


Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/11/18/autonomos/1447850920_361889.html

miércoles, 18 de noviembre de 2015

CÓMO DEBE PROCEDER UN AUTÓNOMO ANTE UN EMBARGO DE CRÉDITO.

Los embargos de crédito hacen referencia al mecanismo empleado por Hacienda para satisfacer las deudas de determinados contribuyentes a través de los clientes de los mismos.

Los trabajadores autónomos son susceptibles de ser afectados por un embargo crediticio, una medida llevada a cabo por la Agencia Tributaria contra quienes deben dinero a Hacienda. Y es que a pesar de que un trabajador por cuenta propia se encuentre al corriente de pagos con cualquier institución, este puede verse en problemas si no actúa debidamente en un embargo de crédito hacia la empresa para la que trabaja. Es por ello que a continuación analizamos cómo deben actuar los miembros de este colectivo ante este tipo de situaciones.

Según informa Gedesco, un embargo de crédito hace referencia al mecanismo empleado por Hacienda para satisfacer las deudas de determinados contribuyentes a través de los clientes de los mismos. En este sentido, los receptores de tales diligencias solo deben satisfacer a Hacienda el importe de las deudas existentes entre ellos y los morosos fiscales en la fecha de notificación, quedando fuera las posteriores obligaciones que pudieran surgir al respecto.

Es por ello que desde esta organización recomiendan a los autónomos que reciban un embargo de crédito actuar bajo un procedimiento concreto. El mismo pasa por la contestación en el plazo de diez días a la carta informativa procedente de Hacienda, en la que solicita una documentación anexa.

El autónomo afectado ha de proveer a la administración de los documentos requeridos, sabiendo que solo le pedirán que entre en un proceso de pago de deudas devengadas hasta la fecha de la notificación, las cuales aún no han de haber sido satisfechos con su proveedor.

Obligatoriedad de respuesta
No obstante, se ha de responder a la notificación de embargo de crédito incluso si el autónomo no tiene deudas pendientes con el proveedor, indicando en el documento que no existen cuotas pendientes de pago. En el caso de que sí existan deudas pendientes de abono, este habrá de responder a través del enlace de contestación del anexo de diligencias de embargo de crédito, al que se accede en la página web de la Agencia Tributaria.

Para ello, bastará con elegir la opción “sin certificado digital”, a través de la cual el autónomo aportará los datos que la carta enviada por Hacienda haya incluido. Así, en el caso de que se mantengan deudas el autónomo deberá especificar con facturas y documentos las cantidades pendientes.

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/11/16/autonomos/1447663910_217607.html

jueves, 12 de noviembre de 2015

17 AYUDAS FINANCIERAS PÚBLICAS PARA PYMES Y EMPRENDEDORES.

Estas ayudas están destinadas a facilitar el acceso a la financiación y viabilidad de proyectos empresariales. Hoy en día las pequeñas y medianas empresas cuentan con un buen número de ayudas financieras públicas. Las mismas hacen más llevadera su actividad diaria, al facilitarles el crédito que requieren tanto para poner en marcha sus iniciativas como para gestionarlas en el largo plazo. A continuación detallamos algunas de las más importantes.


1. Avales para pymes SGR. Los avales que otorgan las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) hacen hincapié en ayudas a las empresas de reciente creación y menor tamaño. Asimismo, su foco de atención son aquellas organizaciones con mayores dificultades de acceso a recursos ajenos.

2. Línea emprendedores ENISA. Proporcionados por el Ministerio de Industria, se trata de una serie de ayudas que apoyan financieramente a aquellas pymes promovidas por emprendedores, las cuales buscan acometer inversiones en sus primeras fases de vida y llevar a cabo un proyecto empresarial concreto.

3. Financiación Jóvenes Emprendedores ENISA. El propósito de estas ayudas es estimular la creación de pymes promovidas por jóvenes. Para ello, facilitan el acceso de estos a una financiación preferente, con la única garantía de su proyecto empresarial.

4. Fomento de las Industrias Culturales y Creativas. El Ministerio de Industria también ofrece ayudas a la financiación de proyectos pertenecientes al sector cultural y creativo, los cuales han de estar promovidos por pequeñas y medianas empresas así como por emprendedores.

5. Programa Emprendetur. Esta iniciativa busca facilitar el desarrollo de modelos de negocio innovadores, que mejoren la competitividad y rentabilidad del sector turístico español. Asimismo, pretenden fomentar la incorporación al tejido turístico empresarial de jóvenes emprendedores innovadores.

6. Líneas ICO. Durante el año 2015 el Instituto de Crédito Oficial ha puesto en marcha una serie de ayudas para pymes y emprendedores, tanto españoles como extranjeros, que lleven a cabo inversiones productivas en el territorio nacional.

7. Mapa Business Angels. Desde el año 2010, el Ministerio de Industria fomenta el fortalecimiento y profesionalización de las pymes y emprendedores a través de redes de Business Angels, las cuales desarrollan servicios de intermediación entre empresas emprendedoras y potenciales inversores.

8. Impulso a las Redes de Business Angels. Asimismo, se destinan varias ayudas a redes de empresas que atraigan inversores que tengan la capacidad para evaluar y promover la inversión en proyectos de innovación de pymes y emprendedores.

9. Créditos para mujeres emprendedoras. El programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM) busca sensibilizar a este colectivo, para que apueste por el autoempleo y la actividad empresarial. Para ello, pone a su disposición una línea de ayudas que facilita el acceso a su financiación en condiciones ventajosas.

10. Ley de apoyo a los emprendedores. Esta normativa tiene como propósito principal apoyar a los emprendedores en su actividad empresarial. Asimismo, busca favorecer su desarrollo, crecimiento e internacionalización. Fomentar la cultura emprendedora y un entorno favorable a la actividad económica también se encuentran entre sus objetivos secundarios.

11. Spain Startup Co-Investment Fund. Este programa se desarrolla buscando favorecer el crecimiento económico así como la generación de empleo y la modernización del tejido empresarial español. Para ello, impulsa el desarrollo y la consolidación de la industria financiera especializada en este tipo de inversiones.

12. Línea ICO Cine Producción. Estas ayudas se dirigen a la financiación de la producción de obras audiovisuales de nueva producción, cuyos derechos de comunicación pública hayan sido cedidos por las productoras o adquiridos por un prestador de servicios de comunicación audiovisual que tenga suscrito el correspondiente convenio con el ICO.

13. Ayudas para el coste de avales. El Ministerio de Educación ha constituido Audiovisual SGR, que tiene como propósito apoyar a la industria audiovisual a través de distintas modalidades de financiación.

14. Subvenciones al cine. El Ministerio de Cultura convoca ayudas y subvenciones a este sector cultural. Las mismas incluyen tanto amortización de largometrajes como facilidades a la participación de películas españolas en festivales.

15. Línea ICO ICAA. Esta financiación está orientada a empresas privadas dedicadas a la producción cinematográfica de largometrajes y de películas de animación. Serán beneficiadas de las mismas los trabajos que no hayan obtenido una ayuda sobre proyectos del ICAA.

16. Empresas de base tecnológica. Esta iniciativa financia la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

17. Programa INNVIERTE. Esta estrategia busca impulsar la entrada de capital privado en empresas tecnológicas españolas, en condiciones de mercado. En concreto, el objetivo que se persigue es aportar capacidad de gestión e internacionalización y conocimientos del mercado.

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/11/11/pyme/1447234524_808821.html

miércoles, 11 de noviembre de 2015

LOS TRES LIBROS CONTABLES QUE SÍ DEBE LLEVAR AL DÍA EL AUTÓNOMO.

Estos documentos deberán ser conservados, al menos, durante seis años. Todo profesional autónomo ha de llevar a cabo la configuración de una serie de libros de contabilidad. Estos hacen referencia a aquellos documentos que soportan y reflejan los hechos trascendentes de la realidad económica de dicho trabajador a lo largo de un periodo de tiempo concreto. 




Así, la legislación vigente en España establece que los autónomos deben contar con un libro diario, un libro de ventas e ingresos y de compras y gastos, así como con un libro de registro de las facturas expedidas.

En el caso del libro diario se trata de un documento en el que se registran todos los días las operaciones relacionadas con la actividad de la empresa. En este libro también se anotan las cantidades totales de las operaciones llevadas a cabo en periodos superiores al trimestre.

Por su parte, los libros de registro de ventas e ingresos así como los de compras y gastos hacen referencia a aquellos bienes de inversión y provisión de fondos suplidos llevados a cabo durante un periodo de tiempo determinado. Estos documentos son de carácter obligatorio para aquellos contribuyentes que declaren el IRPF.

En lo que respecta al libro de registro de facturas, tanto expedidas como recibidas, estos se configuran como documentos de obligatorio complimiento en los casos de autónomos que hayan de presentar el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Configuración

Independientemente de cual sea el procedimiento utilizado, estos tres libros deben ser elaborados con claridad y por orden de fechas, sin dejar espacios en blanco, tachaduras o interpolaciones. Del mismo modo, la normativa advierte de que una vez que se adviertan deberán corregirse los errores u omisiones padecidos en las anotaciones contables.

Asimismo, los autónomos deberán conservar estos libros y su correspondiente documentación y justificantes, durante un periodo mínimo de seis años a partir del último ejercicio realizado. De hecho, el ceso de la actividad como autónomo no exime de responsabilidad a dicho profesional que, en el caso de haber fallecido, es transmitida a sus herederos.

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/11/10/autonomos/1447169346_865407.html

viernes, 6 de noviembre de 2015

4 FORMAS DE AUMENTAR TU PRODUCTIVIDAD GRACIAS A LA PLANIFICACIÓN.

Todos queremos que el día nos dé para hacer más cosas, tanto en lo profesional como en lo personal. Encontrar una manera de planificar nuestro día es el primer paso para lograr una mayor productividad. Si bien es cierto que no a todos nos funcionan las mismas técnicas, a continuación te presentamos 4 consejos básicos que te ayudarán a organizar tu jornada laboral de forma más eficiente.

1. Considera un día sin ninguna reunión
Elige un día (o medio día) a la semana en el que no planifiques ninguna reunión y marca las tareas más grandes (aquellas que te van a llevar más de 30 minutos completar), con una fecha de vencimiento para tu próximo día sin reuniones.
¿Por qué funciona?
Tener un día entero lejos de reuniones te permite centrarte y terminar los grandes proyectos que a menudo quedan interrumpidos y a medio hacer el resto de los días de la semana. Una vez que implementas un día sin reuniones, descubrirás que se convertirá en tu día más productivo de la semana. De esta manera conseguirás reducir tu nivel de estrés al ir cerrando y terminando las tareas más urgentes.

2. Conoce tus horas más productivas
Después de un tiempo trabajando de la misma manera ya sabrás cuál o cuáles son tus momentos más productivos del día y aquellos en los que tienes menos energía.
Aprovecha esos momentos de bajón para hacer frente a las tareas que requieren menos capacidad intelectual y que puedes realizar de manera más automática, y marca tus momentos más creativos para llevar a cabo a las tareas más grandes.
Utiliza etiquetas o crea secciones en la lista de tus tareas pendientes para indicar si una tarea es pequeña o grande. De esta manera, cuando tienes poco tiempo, se lo dedicarás a las tareas pequeñas y cuando puedes disponer de más horas de concentración, te pondrás con las tareas más importantes.
¿Por qué funciona?
Una de las mayores razones por las que perdemos el tiempo es por una mala planificación. Tratar de abordar los proyectos grandes en los momentos en los que más necesitas un descanso es una mala idea. Si eres consiente de cuándo son tus horas de mayor actividad y las utilizas a tu favor, notarás una gran diferencia.

3. Prueba la Técnica Pomodoro
La Técnica Pomodoro aboga por romper grandes proyectos en tareas más pequeñas y alcanzables, distribuidas a lo largo del día y – sobre todo – separadas por descansos frecuentes. Cada tarea no debería requerir más de 25 minutos y los descansos deben de ser de entre 5 y 30 minutos, dependiendo del tiempo que necesites para recargar pilas antes de empezar la siguiente tarea.
¿Por qué funciona?
La Técnica Pomodoro es una filosofía de gestión de tiempo que optimiza los tiempos de trabajo para evitar la fatiga mental. De esta forma serás más eficiente y estarás mucho más motivado.

4. Deja tiempo para organizar tu día
Deja libres unos 30 minutos a primera hora de la mañana y utiliza ese tiempo para organizarte y responder emails. Organiza también las nuevas tareas y prioriza tu trabajo para concentrarte en las más urgentes.
¿Por qué funciona?
Los días en los que estás constantemente respondiendo emails, distrayéndote con una nueva tarea o averiguando qué tienes que hacer a continuación, son los menos productivos y los que más van minando tu energía. Si haces una limpieza de tu escritorio antes de empezar el día y lo organizas de la manera adecuada, conseguirás sacar el trabajo adelante en mucho menos tiempo de lo que esperabas.


Fuente: https://www.eureka-experts.com/blog/4-formas-de-aumentar-tu-productividad-gracias-a-la-planificacion

18 WEBS OFICIALES QUE SIRVEN PARA AYUDAR A AUTÓNOMOS Y PYMES.

Estas webs contienen información, anuncios de proyectos en los que trabajar y documentos. También ofrecen datos en torno a oficinas físicas donde llevar a cabo procedimientos administrativos. Las pequeñas y medianas empresas, así como los trabajadores autónomos, cuentan con una serie de iniciativas regionales, nacionales y europeas que les facilitan el desarrollo de su actividad diaria. A continuación detallamos algunas de las instituciones más importantes a las que estas organizaciones pueden acudir.

Información nacional

1. Ventanilla única empresarial. Se trata de una red de oficinas físicas que se encuentran situadas en todas las comunidades autónomas. Estos espacios asesoran sobre ayudas económicas y sirven para realizar presencialmente los trámites que se han de llevar a cabo para crear una empresa.

2. El Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) se ha constituido como una red de puntos de atención a los emprendedores, los cuales facilitan la creación de empresas a sociedades de responsabilidad limitada y empresarios individuales.

3. Eugo. Es otro de los espacios a los que autónomos y pymes pueden acudir para encontrar información sobre los trámites administrativos que requieren llevar a cabo las organizaciones europeas pertenecientes al sector servicios.

4. Emprende en 3. Esta plataforma electrónica posibilita la tramitación de las declaraciones responsables de los emprendedores, empresarios o titulares de actividades económicas que deseen iniciar su actividad o trasladar su negocio.

5. Emprendedores y Pymes. Esta iniciativa publica diariamente convocatorias, ayudas y subvenciones dirigidas a estos colectivos.

6. Empléate. Autónomos. Este portal pone en contacto clientes con profesionales autónomos, para que estos satisfagan las demandas de productos y servicios de los primeros.

7. Programa de apoyo empresarial a las mujeres. Este portal tiene como objetivo asesorar a las mujeres emprendedoras y empresarias. Para ello, pone a su disposición información y documentos de descarga libre, además de la posibilidad de gestionar ofertas y demandas de cooperación empresarial.

8. App Emprendemos. Esta aplicación está destinada a jóvenes y mujeres emprendedoras. La misma consiste en el desarrollo y puesta a disposición de estos colectivos de recursos para la formación, la empleabilidad, la búsqueda de subvenciones y asesoramiento.

9. Unidad de Apoyo a la creación de empresas de base tecnológica. Este espacio ofrece información sobre cómo llevar a cabo la configuración de una start-up y ofrece distintos casos de éxito en torno a este tipo de empresas.

10. Cámara de comercio de España. Cuenta con una red de casi 200 oficinas en toda España, donde se ofrece información sobre la configuración y expansión de una empresa, además de formación gratuita, asesoramiento y subvenciones destinadas a tales efectos.

Información europea

1. Portal europeo para las pymes. Espacio web que aglutina toda la información sobre las pymes del viejo continente, ofreciéndoles desde consejos prácticos hasta temas relacionados con las políticas europeas.

2. Red Europea para emprendedores. Página web en la que quedan aglutinadas más de 600 organizaciones de 50 países de la Unión Europea y del exterior.

3. Tu Europa, tu oportunidad. Se trata de una guía práctica que facilita la puesta en marcha de un negocio dentro de Europa.

4. Europe Direct. Es el servicio de información y de atención a ciudadanos y a empresas, el cual facilita que ambos tipos de agentes se pongan en contacto.

5. Tu Europa Asesoramiento. Se trata de una iniciativa que asesora legalmente sobre los derechos de los consumidores a partir de la normativa europea comunitaria.

6. Eurochambers. Es la asociación europea de cámaras de comercio, un espacio web en el que se anexiona la información que cada una de estas instituciones ofrece a sus ciudadanos.

Información local y regional

1. Emprender en las comunidades autónomas. Es un portal que centraliza los distintos espacios de información, subvenciones, ayudas, formación y noticias que albergan las regiones para fomentar y mejorar el proceso de creación de empresas.

2. Páginas webs de las Entidades de la Administración Local. Espacio electrónico que centraliza las distintas direcciones web de los ayuntamientos, diputaciones y cabildos de España.

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/11/03/autonomos/1446550158_950589.html


jueves, 5 de noviembre de 2015

ASÍ DEBE SER LA FACTURA SIMPLIFICADA PARA QUE EL AUTÓNOMO PUEDA DEDUCIRLA.

Requisitos para que el autónomo o sociedad puedan beneficiarse de la deducción de facturas simplificadas.

 Cada empresa u autónomo tiene el derecho a pedir la deducción de facturas simplificadas que repercuten al IVA soportado de cualquier compra. Sin embargo, para que esta operación sea posible, es necesario que el emisor haga constar en la factura simplificada una serie de detalles.
Uno de ellos es el Número de Identificación Fiscal atribuido por la Administración tributaria española – u otro Estado miembro de la Unión Europea- y el domicilio del destinatario de la factura. 

Asimismo, se exige incluir la cuota tributaria que se repercuta, consignándose por separado. Pero para poder deducir una factura simplificada es necesario también incluir otros puntos relevantes como son:

1. La numeración o serie de las facturas simplificadas. En algunos casos, se pueden expedir facturas simplificadas por series separadas cuando el responsable de la expedición tengan varios establecimientos desde los que realiza las operaciones cuando realiza operaciones de distinta naturaleza o cuando las facturas son rectificativas. Esta opción es posible también cuando las facturas son expedidas por los destinatarios de las operaciones o por terceros o para diferenciar la emisión de facturas normales frente a las simplificadas.

2. La fecha de expedición de las facturas.

3. La fecha de la realización de las operaciones que constan en la factura o la fecha del día en que se recibió el pago por anticipado.

4. Número de Identificación Fiscal, nombre y apellidos, razón o denominación socialdel emisor de la factura simplificada.

5. Identificación del tipo de bienes ofrecidos o servicios prestados.

6. Tipo impositivo aplicado. De forma opcional se puede incluir la expresión del IVA incluido.

7. Contraprestación total.

8. Si se trata de facturas rectificativas, se debe incluir la referencia expresa e inequívoca de las mismas y de las especificaciones que se modifican.

9. En el caso de que en la operación que se menciona en la factura esté exenta del Impuesto es obligatorio indicarlo junto a la referencia normativa de la exención.

10. Cuando se entregan medios de transportes nuevos, es necesario informar de la fecha de su primera utilización, de sus características y de las distancias recorridas y horas.

11. Se deberá incluir la mención “facturación por el destinatario” en caso de que la factura sea expedida por el destinatario de la entrega o prestación.

12. Si el sujeto pasivo del Impuesto es el adquiriente o destinatario de la operación, se deberá incluir la mención “inversión del sujeto pasivo”.

13. Mencionar al régimen especial de aplicación en caso de que se atributa en el “régimen especial de las agencias de viajes”, "régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección" y "régimen especial del criterio de caja".

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/11/04/autonomos/1446641594_928293.html