lunes, 25 de abril de 2016

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA DAR DE ALTA A UN TRABAJADOR

Los empresarios que contraten por primera vez deberán solicitar su inscripción en la Seguridad Social.
El empresario que tenga intención de incorporar a su compañía a un trabajador deberá solicitar en primer lugar su inscripción como empresario en la Seguridad Social, antes de contratar a un empleado. La documentación que se exige variará en función del tipo de empresario.



Empresario colectivo y sociedades españolas:
  • Modelo oficial de solicitud.
  • Documento que acredite al titular de la compañía, empresario individual o titular del hogar familiar.
  • Documento aportado por el Ministerio de Economía y Hacienda que recoja el Número de Identificación Fiscal en el que aparezca la Actividad Económica de la compañía.
  • Escritura de constitución registrada o certificado del Registro correspondiente.
  • Fotocopia del DNI o NIE del que firma la solicitud de inscripción. Documento que certifique los poderes del firmante en el caso de que no aparezcan recogidos en la escritura.

 Empresario individual:
  • Modelo oficial de solicitud.
  • Documentación identificativo del titular de la compañía, empresario individual o titular del hogar familiar.
  • Documentación que emita el Ministerio de Economía y Hacienda en donde aporte el Número de Identificación Fiscal en el que aparezca la Actividad Económica de la sociedad.

 Empresario colectivo y Sociedades Extranjeras:

En el caso de fijar el centro de trabajo en España, serán los documentos indicados para el caso del empresario colectivo y sociedades españolas.
  • Si no fijan el centro de trabaja en España deberán presentar los documentos señalados para el empresario individual y fotocopia de las escrituras de constitución de la compañía extranjera con certificado de estar en el registro correspondiente, certificado expedido por el cónsul español de su autorización y constitución en su país y nombramiento o poder de representación de un representante legal que tenga domicilio en España.
  • A la hora de solicitar la inscripción, el empresario debe señalar la entidad gestora y las colaboradoras por las que opta tanto para la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal vinculada de contingencias comunes y la protección de las contingencias de trabajo y enfermedades profesionales.

La inscripción en la Seguridad Social se trata de un trámite administrativo en donde se le asigna al empresario un número, como es el Código de Cuenta de Cotización Principal (CCC).

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2016/04/23/pyme/1461433781_381388.html

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