viernes, 7 de octubre de 2016

ASÍ SE CALCULARÁN LOS NUEVOS PAGOS FRACCIONADOS DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES CON LA NUEVA REFORMA APROBADA POR EL GOBIERNO

El pasado viernes 30 de septiembre, el Gobierno aprobó en el Consejo de Ministros una reforma que afecta al Impuesto de Sociedades. Esta reforma modifica los pagos fraccionados que las empresas deben aplicar.  La finalidad del gobierno es incrementar la recaudación en al menos 8.000 millones de euros.



El 30 de setiembre se publicó el Real Decreto Ley 2/2016 que modifica el régimen legal de los pagos fraccionados del impuesto de sociedades. En este decreto se introducen medidas tributarias para reducir el déficit público modificando el pago de los para los periodos improvistos que se inicien a partir del 1 de enero de 2016. Además se añade una disposición adicional decimocuarta en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, de Impuesto sobre Sociedades. Esta disposición  introduce las nuevas normas en el régimen legal de los pagos efectuados de forma fraccionada y se aplica a las empresas cuyo importe neto de la cifra de negocios en el ejercicio anterior sea superior a 10 millones de euros.

La nueva reforma aumenta el tipo mínimo del pago fraccionado del 12%, cifra en la que se situaba actualmente, al  23% y estará en vigor el año 2017 con opción de ampliarlo hasta 2018 en función de la evolución que tenga el déficit en este período.

El resto de contribuyentes seguirán aplicando 17% de la base corrida.


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