La disposición transitoria única de la Ley 32/2010, de 5 de agosto, dispone que los trabajadores que en la fecha de entrada en vigor de la Ley ( 6 de noviembre de 2010) figuren en:
- Alta en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
- No tengan cubierta la protección por contingencias profesionales.
Podrán optar por esta última protección:
- Dentro de los tres meses siguientes a la fecha indicada ( hasta el 6 de febrero de 2011).
- Con efectos desde el día primero del mes siguiente al de dicha opción.
La Subdirección General de Afiliación y Procedimientos Especiales de la Tesorería General de la Seguridad Social ha procedido a realizar un modelo de solicitud que se encuentra disponible en su internet e intranet para poder ejercitar la mencionada opción.
FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
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