miércoles, 8 de junio de 2011

Los autónomos que generan empleo pueden deducirse un 20% del IRPF

Abierto el plazo de presentación del IRPF, se plantean algunas reflexiones sobre las novedades planteadas para esta campaña, como la posible deducción en el citado gravamen del 20 por ciento sobre los rendimientos de actividades económicas para aquellos autónomos que hayan creado o mantenido empleo. Asimismo, los autónomos con actividad propia que además son partícipes de una sociedad en atribución de rentas sí pueden aplicar la deducción cumpliendo los requisitos fijados. Para el caso de aquellos autónomos que sólo reciben ingresos a través de una sociedad en atribución de rentas y no tienen actividad económica propia, no hay derecho a la deducción descrita. Se insiste en que la desgravación en cuestión se aplica a trabajadores por cuenta propia que cumplan los requisitos de creación o mantenimiento de empleo, y el derecho se genera y aplica sobre los rendimientos de actividades económicas.

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