Los autónomos menores de 47 años pueden
aumentar o reducir su base de cotización hasta el próximo 30 de abril,
tal y como dispuso la Tesorería General de la Seguridad Social a finales
del pasado año, según recuerda Asesor Autónomo.
La asesoría recuerda que la Orden Ministerial correspondiente abre
dos posibilidades a estos autónomos. La primera, solicitar que,
mientras mantengan su situación de alta en el Régimen Especial del
Trabajo Autónomo (RETA), se incremente su base de cotización de manera
automática, cada año, en el mismo porcentaje que las bases máximas de
éste régimen.
La segunda opción es la de modificar la base de cotización en el
RETA según su propio interés. En este caso, existe un plazo entre el 1
de enero y el 30 de abril de este año, para que tenga efecto el 1 de
julio. Si el trabajador no llega a tiempo, cuenta con un segundo plazo
entre el 1 de mayo y el 1 de noviembre, aunque el cambio efectuado
tendrá efectos sobre la base de cotización de 2014.
Los autónomos menores de 47 años podrán ampliar su base de
cotización hasta un máximo de 3.597 euros, mientras que los mayores de
esa edad sólo podrán aumentarla hasta los 1.926,60 euros.
Según recuerda Asesor Autónomo, la base de cotización, junto con
otros elementos como la cuantía cotizada por un periodo determinado o el
total de años cotizados, determinan, entre otras cuestiones, la pensión
de jubilación que tengan en el futuro.
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