Las Pequeñas y Medianas Empresas (pymes) son la base de la economía española. En España, existen más de 3.110.000 pymes que representan el 99,9% del total de compañías, según los datos que recoge el informe “El Retrato de las Pymes 2015” que realiza la Subdirección General de Apoyo a la Pyme, órgano dependiente del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
La Sociedad Limita (S.L.) es la entidad jurídica más común para crear una pyme. Por lo tanto, fueron muchos quienes decidieron emprender un mismo camino. Pero, ¿cuáles son los pasos a seguir para crear una S.L? Desde Wonder Legal exponen cuáles son los pasos más importantes a seguir para desarrollar una S.L. de manera exitosa.
1. Registro de nombre
Se debe registrar el nombre de la empresa en el Registro Mercantil. En este sentido, debe ser único y no coincidir con otro ya existente. Por lo que se ha de solicitar el certificado negativo de denominación social.
2. Crear una cuenta bancaria
El empresario debe dirigirse a su banco para crear una cuenta a nombre de la empresa, paso necesario porque en ella se tiene que ingresar el capital mínimo inicia para ponerla en marca: 3.000.006 euros.
3. Fijar normas
Es el momento de redactar el conjunto de normas que regirán el funcionamiento de la sociedad, sus estatutos sociales. Estos deberán incorporar la información necesaria de la empresa, entre la que destacan su denominación, objeto y capital social.
4. Hacer la escritura pública de la constitución de la empresa
El notario será el encargado de realizar la escritura pública. Él te exigirá la aportación de una serie de documentos, como los estatutos sociales, el certificado negativo de denominación social, la certificación bancaria de la aportación al capital social, el DNI de los socios fundadores de la sociedad y la declaración de inversiones exteriores.
5. Obtener el número de identificación fiscal provisional
Con la firma de la escritura, se debe acudir a Hacienda para solicitar el número de identificación fiscal provisional de la empresa. El mismo tendrá una validez de seis meses desde su obtención. Para solicitarlo se necesita presentar el modelo 036, el DNI del firmante y una fotocopia de la escritura de constitución de la empresa.
6. La S.L. debe incorporarse en el IAE
Por último, se ha de dar la sociedad limitada en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), si la empresa tiene una facturación superior al millón de euros; en el IVA y en el registro mercantil de la provincia donde se encuentre situada la sociedad limitada.
No hay comentarios:
Publicar un comentario