martes, 19 de julio de 2011

Los autónomos podrán trabajar y cotizar a tiempo parcial

Ha prosperado en el Senado la enmienda de CiU que propone la modificación del artículo 1 del Estatuto del Trabajo Autónomo que incorpora el concepto de tiempo parcial y que también permitirá cotizar bajo esta modalidad. Evidentemente, la medida comportará una significativa reducción de los costes en la medida que no se cubran las rentas mínimas. Asimismo, la propuesta encaja con las necesidades laborales que se producen en sectores como hostelería, turismo, actividad artesanal o cultural.
El reconocimiento de esta figura permite también afrontar con mayor rigor otro compromiso de la futura ley como es la regulación de la jubilación parcial en el trabajo autónomo.
Desde la Unión de Profesionales y de Trabajadores Autónomos (UPTA) se asegura que con estas medidas se han dado grandes pasos a la hora de completar el marco de derechos del trabajo autónomo. Como por ejemplo, la mayor protección que se deriva de la nueva Ley de Ordenación de la Jurisdicción Social y por otra la introducción de la figura del autónomo parcial. Sin olvidar que la Ley de la Reforma de las Pensiones también contempla la jubilación anticipada voluntaria de los autónomos a los 63 años en las mismas condiciones que para el Régimen General.

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