jueves, 4 de agosto de 2011

Diferentes tipologías jurídicas a la hora de crear una sociedad

Un autónomo, en un momento determinado, puede verse en la tesitura de cambiar jurídicamente su estatus societario debido a condicionantes con sus clientes o a diversas exigencias mercantiles o fiscales. En una sociedad mercantil suelen participar dos o más personas que desean emprender un proyecto empresarial en común, aunque existen modalidades como la SL o la SA Unipersonal en donde la totalidad del capital social puede recaer en manos de un único propietario.
De entre las variables que pueden condicionar a un autónomo a transformar su régimen jurídico a una sociedad mercantil destacan: que la empresa requiera acometer importantes inversiones y por lo tanto, esté necesitada de ayudas y créditos. En estos casos, tanto bancos como Administraciones prefieren tratar con sociedades. Es más, las Administraciones optan por las sociedades a la hora de licitar sus concursos.
Si la empresa supera los 45.000 euros de beneficios, una sociedad paga menos impuestos.
Si se tienen adquiridas deudas con proveedores y entidades financieras, el formato societario protege el patrimonio personal del propietario de la empresa.
Si el sector en el cual se desenvuelve el negocio está mayoritariamente integrado por sociedades, es conveniente emular este formato para generar confianza y solvencia.
Y por último, cuando la actividad de un negocio esté sometida a una normativa concreta que obligue a ajustarse societariamente.
De entre las modalidades de sociedades destacan la de Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL) muy adecuada para pequeños empresarios. La Sociedad Anónima (SA), conveniente cuando coexisten muchos accionistas en un negocio dimensionado. La Sociedad Limitada Nueva Empresa, que entró en vigor en 2003 para facilitar la creación de sociedades por parte de pequeños emprendedores, pero no ha tenido la aceptación que se esperaba. La Cooperativa es una forma de economía social adecuada para empresas en la que los trabajadores son propietarios de la misma. Las Sociedades Laborales son formas especiales de SL y SA en la que la mayoría del capital pertenece a los trabajadores, por lo que se consideran economía social. Por último, las Sociedades Profesionales son otra particularidad de SL que está teniendo muy buena acogida entre los colectivos profesionales.

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