martes, 29 de noviembre de 2011

Optimización de los recursos en el sector mutualista


Se acuerdan convenios de colaboración con las administraciones públicas sanitarias y con las entidades gestoras de la Seguridad Social, para la utilización recíproca de los recursos sanitarios. 

El 22 de noviembre se publicó en el BOE el Real Decreto 1630/2011 de 14 de noviembre con el que se pretende regular la prestación de los servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Reaprovechamiento
Un nuevo reglamento que a grandes rasgos lo que pretende es la optimización de los recursos sanitarios, así como la proliferación de convenios de colaboración en el seno del sector.
Respecto al primer apartado, se pretende establecer mecanismos adecuados para optimizar los recursos sanitarios y para coordinar su utilización con la de los restantes recursos públicos. La razón es que los recursos sanitarios con los que se financian estas prestaciones forman parte del patrimonio de la Seguridad Social; que debe de prevalecer la eficacia y la racionalización a la hora de utilizar los recursos propios gestionados por las mutuas; que las instalaciones y servicios sanitarios de los que disponen las mutuas para dispensar la asistencia que les compete están destinados a la cobertura de prestaciones integradas en el Sistema Nacional de Salud por lo que es indispensable la máxima colaboración con los recursos humanos y materiales del citado sistema; que según el Tribunal de Cuentas, existe una infrautilización de los recursos asistenciales de las mutuas a la par que a su juicio proliferan las asistencias realizadas a través de conciertos con medios privados. A partir de ahora, sólo podrá acudirse a los medios privados en supuestos de inexistencia, insuficiencia o no disponibilidad de recursos sanitarios por las mutuas o de inexistencia de convenios con la Administración.
Racionalización
Por otra parte, los convenios de colaboración ocupan un destacado papel en esta nueva norma. Nuevamente, con el objetivo de alcanzar una mayor eficacia y racionalización de los recursos, las mutuas podrán celebrar acuerdos de colaboración con las Administraciones Públicas Sanitarias y con las entidades gestoras de la Seguridad Social para la utilización recíproca de los recursos sanitarios.
Tarifas
También se regulan los precios que se aplicarán cuando las mutuas proporcionen servicios sanitarios a quienes carecen del derecho a la asistencia.

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