Extendido el Plan de Pago a Proveedores. |
Los proveedores pueden confirmar las cifras en los ayuntamientos donde tienen pendientes las facturas y hacer la gestión con el NIF, número de cuenta corriente e importe principal.
La solicitud implica la aceptación del cobro por este mecanismo, pero también renunciar a intereses y otros gastos.
Una vez que los proveedores confirmen las facturas pendientes, los ayuntamientos emitirán un certificado individual de reconocimiento de la obligación.
Se pueden acoger las entidades que quedaron fuera de la primera fase del plan, así como municipios y comunidades autónomas que se acogieron pero tienen deudas en algunas de las nuevas formas contractuales que se incluyen ahora.
Estos nuevos tipos de contratos son los convenios, los contratos de arrendamiento de inmuebles, los encargos de gestión, los contratos de colaboración público-privada, y determinadas concesiones de obra pública y de gestión de los servicios públicos.
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