Todos sabemos que Internet fue la gran revelación del siglo XX y que en este el siglo XXI es una herramienta indispensable en nuestro día a día. Cada vez son más los que deciden emprender su negocio a través de Internet. Uno de los modelos que más han proliferado en los últimos años han sido las tiendas online. Y aunque puede parecer complicado, en realidad, sólo hay que completar una serie de trámites burocráticos para iniciar la actividad de forma legal.
Según informan desde el software de facturación online Quipu, existen dos maneras para abrir una tienda a través de Internet:
A) Lo más sencillo es darse de alta como autónomo según el producto que se vaya a comercializar. De esta forma, se pueden emitir las facturas correspondientes a los clientes y cumplir con las obligaciones fiscales que requiere la actividad.
B) La otra fórmula es constituir una sociedad y abrir la tienda como una empresa. En este caso, los trámites son algo más complejos y lleva un poco más de tiempo. En primer lugar, hay que decidir el tipo de sociedad que se quiere formar. Lo más recomendable para el comercio electrónico son las sociedades limitadas o las sociedades civiles.
A partir de ahí se deben seguir los pasos normales para la constitución de empresas:
2) Redactar una escritura pública de constitución con los datos de los socios y su participación correspondiente.
3) Firmarla ante notario.
4) También es necesario abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad con una aportación de al menos 3.000 euros para las sociedades limitadas.
5) Solicitar a Hacienda el NIF provisional y darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
Una vez decidida la fórmula a utilizar, lo primero que hay que hacer es registrar el dominio de la página web que actuará como tienda online. Pero antes de empezar a vender, se deben cumplir las tres leyes vigentes en España para el comercio electrónico.
A) Ley de Protección de Datos (LOPD): según la cual se deben dar de alta los ficheros que tengan datos personales en la Agencia Española de Protección de Datos e informar a los clientes de los medios existentes para cancelar, corregir o acceder a la información.
B) Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSICE): en la web deben aparecer todos los datos del administrador de la página, así como las condiciones de uso, el contacto y la denominación social de la tienda.
C) Ley de Consumidores y Comercio Electrónico (LGDCU): en la que se incluyen los derechos básicos del consumidor, como el plazo de las devoluciones, aceptación o no de los daños que pueda sufrir la mercancía durante el transporte o un apartado de precios de fácil acceso.
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