viernes, 15 de julio de 2016

SOY AUTÓNOMO Y QUIERO SER PADRE

Ser padre es un gran sueño para muchas personas y a su vez, una responsabilidad para toda la vida. Por esa misma razón, somos más conscientes de las implicaciones de los cuidados y atenciones de los pequeños, así como de los costes. Ser autónomo y tener hijos puede resultar algo complicado de compatibilizar, ya que es “un pez que se muerde la cola”: necesitas tiempo para cuidar a tu hijo/a, pero también necesitas tiempo para cuidar de tu negocio que es lo que te proporciona ese dinero a fin de mes que invertirás para cubrir las necesidades de niño/a.




Afortunadamente, la Seguridad Social cuenta con una serie de compensaciones y ayudas cuando un autónomo tiene hijos. Por lo tanto, antes de tomar la decisión es bueno conocer los siguientes puntos: 

Bajas por paternidad 


A. Los trabajadores autónomos tienen derecho a solicitar el permiso de paternidad, al igual que ocurre en el ámbito asalariado, pero con ciertas diferencias notorias. En cuanto a la prestación en sí, la cuantía equivale al 100% de la base reguladora que el autónomo tenga establecida para la incapacidad temporal por contingencias comunes. En la mayoría de los casos, los autónomos cotizan por la base mínima, lo que representará una prestación de 875,70 euros.


B. Para poder solicitar la prestación por paternidad los trabajadores por cuenta propia deben estar al corriente de pagos en la Seguridad Social y presentar una declaración de actividad en un plazo de 15 días desde que comienza el permiso. Hay que tener en cuenta que durante el período de disfrute del permiso el trabajador deberá seguir haciendo frente a las cuotas de autónomos y dejará de ingresar por el desarrollo de su actividad. De ahí que existan dudas sobre la cobertura en sí y las condiciones frente a otros Regímenes de la Seguridad Social.


Bajas por maternidad


A. Las mujeres autónomas que tengan hijos también pueden pedir la baja por maternidad, establecida en un periodo de 16 semanas. En este caso, la prestación no se calcula sobre las cuotas de autónomos sino que las madres tendrán derecho al 100% de su base de cotización del mes anterior a la baja por maternidad.


B. Si durante su baja, la autónoma contrata a otra persona para sustituirla obtendrá una bonificación del 100% tanto en los seguros sociales del trabajador contratado, como en sus cuotas de autónomos, durante todo el periodo que dura el permiso. En este caso, las madres ingresarán por su baja pero tendrán que hacer frente al salario de su sustituto, por lo que la madre tendrá que pagar al trabajador prácticamente todo lo que ingresa.


Contratar a un hijo


A. Los profesionales autónomos deben saber que, en el futuro, podrán contratar a sus propios hijos para trabajar en su negocio. Los hijos podrán cotizar en el Régimen General de la Seguridad social si son menores de 30 años o tienen alguna discapacidad que les impida acceder al mercado laboral. Si son mayores de 30 años tendrán que demostrar que son económicamente independientes para cotizar en el Régimen General.



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