lunes, 17 de enero de 2011

LEY 39/2010 PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2011: COTIZACIÓN RÉGIMEN ESPECIAL TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS (III)

Otros:

  1. Trabajadores con 50 o más años cumplidos a 01/01/2011:
    1. La base de cotización estará comprendida entre 916.50 y 1682.70 euros mensuales.
    2. Si se trata del cónyuge supérstite del titular del negocio que, como consecuencia del fallecimiento de éste, haya tenido que ponerse al frente del mismo y darse de alta en RETA con 45 o más años de edad, la elección de bases estará entre los 850.20 y 1682.70 euros mensuales.
    3. En caso de el trabajador con anterioridad a los 50 años hubiera cotizado en cualquiera de los Regímenes del sistema de la Seguridad Social por espacio de cinco o más años se regirán por las siguientes reglas:
      1. Si la última base de cotización acreditada hubiera sido igual o inferior a 1665.90 euros mensuales, habrán de cotizar por una base comprendida entre 850.20 y 1682.70 euros mensuales.
      2. Si la última base acreditada hubiera sido superior a 1665.90 euros mensuales, habrán de cotizar por una base coprendida entre 850.20 y el importe de aquélla, incrementado en un porcentaje igual al del aumento que haya experimentado la base máxima de cotización a este Régimen.
  2. Los socios trabajadores de las Cooperativas de Trabajo Asociado dedicados a la venta ambulante:
    1. Si perciben ingresos directamente de los compradores, quedarán incluidos, a efectos de la Seguridad Social, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
    2. Si se acredita que la venta ambulante se lleva a caboen mercados tradicionales o "mercadillos", con horario de venta inferior a ocho horas al día, se podrá elegir entre cotizar por la base mínima o una base equivalente al 55% de esta última.
    3. Los que ya estaban incluidos dentro del RETA con anterioridad al 31/12/2010 por aplicación de los establecido en el artículo 120.4.8 de la Ley 2/2008, tendrán derecho durante el 2011 a una reducción del 50 de la cuota a ingresar. También tendrán derecho a la reducción los que hayan iniciado su actividad y hayan quedado incluidos con anterioridad a partir del 1/01/2009.
FERRAN PELLISÉ GUINJOAN.

2 comentarios:

  1. Esta es la situación de muchos de ellos.
    http://www.diariosur.es/v/20110118/malaga/impagos-ponen-jaque-autonomos-20110118.html

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