Hechos causantes a partir de 01/01/2011 | Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave |
Concepto | Es aquella situación en la que los progenitores, adoptantes o acogedores de carácter pre adoptivo o permanente, en aquellos casos en que ambos trabajen, para el cuidado de menor/es que estén a su cargo y se encuentren afectados por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas) o por otra enfermedad grave, que requiera ingreso hospitalario de larga duración. |
Tiempo | Durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad. |
Acreditación / Extinción | - Informe del Servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma correspondiente. - Cuando el menor cumpla 18 años o cuando cese la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente. |
Requisitos | · El beneficiario debe reducir la jornada de trabajo, al menos en un 50% · Debe cumplir idénticos requisitos que la maternidad contributiva: estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta y tener cubierto un periodo mínimo de cotización. |
Prestación | Subsidio equivalente al 100% de la BRD de la IT por Contingencias Profesionales y en proporción a la reducción que experimente la jornada de trabajo. Sólo podrá ser reconocido a favor de uno de ellos. |
Órgano gestor / Pago | MATEPSS o Entidad Gestora con la que la empresa tenga concertada la cobertura. |
FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
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