martes, 28 de mayo de 2013

El beneficio de los autónomos con el "nuevo" IVA colisiona con los intereses de las comunidades autónomas

No abonarán el impuesto sin antes cobrar.
El nuevo IVA de caja para pymes y autónomos comprometido por el Gobierno como consecuencia de la nueva ley de formento al emprendimiento se hará, en buena parte, a costa de las comunidades autónomas, que verán reducida su tesorería en casi 500 millones en el 2014 y no podrán recuperarlo hasta el 2016.

El nuevo régimen del IVA permitirá a 2,3 millones de pymes y autónomos con una facturación anual inferior a 2 millones no ingresar el impuesto hasta haber cobrado la correspondiente factura. Según cálculos de Hacienda, esta medida supondrá una inyección de tesorería para este colectivo de unos 983 millones en el 2014, cuando entre en vigor la medida. Estos casi 1.000 millones se recuperarán, según Hacienda, en el 2015, una vez se hayan cobrado las facturas.

Como el IVA es un impuesto cedido al 50% a las autonomías, la mitad de este anticipo correrá a cuenta de las comunidades, que verán minorados sus ingresos provenientes del Estado a cuenta del 2014 en el entorno de 491 millones.

Según fuentes de Hacienda, este efecto se corregirá en el momento de la liquidación definitiva de la financiación autonómica del 2014, dos años después, en el 2016. En todo caso, un año después que el Estado (en el 2015).

El IVA de caja es una de las cinco medidas fiscales introducidas en el anteproyecto de ley de apoyo a los emprendedores aprobado el viernes por el Consejo de Ministros, cuyo importe total, unos 2.000 millones, beneficiará sobre todo a pymes y autónomos. Así, la nueva deducción del 10% por beneficios reinvertidos (para negocios con una facturación de hasta 10 millones) tendrán un impacto recaudatorio de unos 624 millones de euros en el 2014 (la medida es para beneficios generados en periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero del 2013). De ella se podrán beneficiar, según Hacienda, unos 385.000 contribuyentes.

Para estimular la inversión en investigación y desarrollo, el anteproyecto fija que la deducción por I+D podrá ser aplicada incluso en ausencia de beneficios. Esta práctica, novedosa en la legislación española, es lo que se conoce como "impuesto negativo". La medida podrá aplicarse a gastos realizadas en ejercicios fiscales a partir del 1 de enero del 2013. Según Hacienda, se podrán beneficiar de ella unas 4.000 empresas a cambio de aceptar una quita del 20% sobre el importe de la deducción, con un impacto recaudatorio de 427 millones de euros.

El anteproyecto incluye una bonificación del 60% o el 40% para comercializar patentes propias o adquiridas (patent box), así como una deducción del 20% para estimular la inversión de particulares en empresas (business angel). Esta deducción podrá practicarse sobre una aportación máxima de 20.000 euros al año, en empresas con fondos propios inferiores a 200.000 euros, y es independiente de la que ya existe en el tramo autonómico del IRPF en Aragón.

No hay comentarios:

Publicar un comentario