Ferran Pellisé, director de Prestaciones y Asesoría Jurídica de Prestaciones de Activa Mutua. |
Uno de los aspectos a destacar dentro de la nueva Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su
internacionalización, en lo que se refiere a las principales medidas en
materia de Seguridad Social, se encuentra regulado dentro del Título IV de
apoyo al crecimiento y desarrollo de proyectos empresariales en su Capítulo I
de simplificación de las cargas administrativas.
En cuanto a las medidas de Seguridad Social nos gustaría resaltar:
1.
Prevención de riesgos laborales en las PYMES:
a. El artículo 39
modifica el artículo 30.5 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención
de Riesgos Laborales.
Se amplían los
supuestos en los que el empresario podrá asumir personalmente las funciones de
prevención de riesgos laborales: el empresario, que cumpliendo los requisitos, ocupe hasta 25
trabajadores, siempre y cuando la empresa disponga de un único centro de
trabajo.
b. Se añade una
Disposición Adicional decimoséptima a la Ley 35/1995 sobre asesoramiento
técnico a las empresas de hasta 25 trabajadores por parte del Ministerio.
En cumplimiento
del apartado 5 del artículo 5 y de los artículos 7 y 8 de esta Ley, el Ministerio
de Empleo y Seguridad Social y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en
el Trabajo, en colaboración con las CC.AA y los agentes sociales, prestarán un
asesoramiento técnico específico en materia de seguridad y salud en el trabajo
a las empresas de hasta veinticinco trabajadores.
Dicha actuación
consistirá en el diseño y puesta en marcha de un sistema dirigido a
facilitar al empresario el asesoramiento necesario para la organización de sus
actividades preventivas, impulsando el cumplimiento efectivo de las
obligaciones preventivas de forma simplificada.
2.
Libro de visitas electrónico de la Inspección de Trabajo
y Seguridad Social:
Se modifica el artículo 14.3 de la Ley 42/1997, de 14 de
noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que
sea la Autoridad Central de la Inspección quien ponga a disposición de las
empresas, de oficio y sin necesidad de solicitud de alta, un Libro de Visitas
electrónico para cada uno de los centros de trabajo o comprobación por
comparecencia del sujeto inspeccionado en dependencias públicas que realicen y extiendan diligencia sobre tal actuación.
Mediante Orden se determinarán los hechos y actos que
deban incorporarse al Libro de Visitas electrónico, así como los obligados, la
forma de remisión de los mismos y los sistemas de verificación electrónica de
su integridad. Asimismo, se establecerán los supuestos excepcionados de llevar
Libro de Visitas electrónico, el medio sustantivo al mismo y el régimen
transitorio de aplicación de esta medida.
3.
Actividad desarrollada en clubs y entidades deportivas
sin ánimo de lucro:
La disposición adicional decimosexta contempla que en el plazo
de 4 meses desde la aprobación de la presente Ley, el Gobierno procederá a
realizar un estudio de la naturaleza de la relación jurídica y, en su caso,
encuadramiento en el campo de aplicación de la Seguridad Social de la actividad
desarrollada en clubs y entidades deportivas sin ánimo de lucro que pueda
considerarse marginal y no constitutivo de medio fundamental de vida.
4.
Ejecución del embargo de residencia habitual:
En caso de procedimientos de embargo de un bien inmueble
(si el trabajador autónomo acredita que constituye su residencia habitual) por
deudas tributarias o con la Seguridad Social, la Disposición Final quinta de la
presente ley modifica el artículo 10.5 del Estatuto del Trabajo Autónomo,
estableciendo una serie de condicionantes del embargo:
a. Que no resulten
conocidos otros bienes del deudor suficientes susceptibles de realización
inmediata en el procedimiento ejecutivo.
b.
Se amplía
de un año a dos años el plazo que debe mediar entre la notificación de la
primera diligencia de embargo y la realización material de la subasta, el
concurso o cualquier otro medio administrativo de enajenación.
Se trata de una medida que pretende dar una segunda
oportunidad afectados por un procedimiento administrativo de ejecución de
deudas.
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