martes, 14 de octubre de 2014

Principios para aprovechar el micromecenazgo


Financiar un proyecto empresarial o social a través de pequeños mecenas está de moda. Este sector mueve en España una cantidad creciente de recursos, por eso está previsto que se regule su funcionamiento en el proyecto de Ley de Fomento de la Financiación Empresarial.


En nuestro país existen más de 50 de estas entidades que movieron el pasado ejercicio alrededor de 30 millones de euros. El mecenazgo es el primer instrumento de donación tradicional. Se usa sobre todo para financiar desinteresadamente la ciencia o el arte. En el IRPF se recogen las entidades de interés público reconocidas para beneficiarse de estas aportaciones. Las aportaciones de menos de 150 euros tienen un 50% de deducción en 2015 y en 2016 será del 75%.


Una de las herramientas para las empresas es dejar entrar al micromecenas en el capital mediante la emisión o suscripción de acciones. Esta figura encaja en las start-up y menos en las empresas de tamaño medio.


Los préstamos es la herramienta que mejor se adapta a las pymes. Es el supuesto mayoritario y en este caso, los mecenas utilizan alguna de las plataformas surgidas en internet para prestar pequeñas cantidades de dinero a cambio de recuperar su inversión más un interés. Esta práctica es conocida como crowdlending.


El proyecto de ley diferencia entre dos tipos de inversores. Para los no profesionales establece el límite de 3.000 euros por proyecto y 10.000 euros al año en total. En el caso profesional, impone el requisito a las personas físicas unos ingresos anuales superiores a 50.000 euros y la solicitud previa para acreditarse. Los prestamos están remunerados con un interés de entre el 5-6% y los rendimientos deben ser tributados por el inversor en el IRPF al 21% igual que si fuera un depósito bancario.


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