viernes, 13 de febrero de 2015

CLAVES Y CONDICIONES PARA ACCEDER A LA TARIFA PLANA PARA AUTÓNOMOS

Los nuevos autónomos pueden beneficiarse de la tarifa de 50 euros de cotización a la Seguridad Social.

La tarifa plana de 50 euros de cotización a la Seguridad Social ya está disponible durante los seis primeros meses para aquellos autónomos que no hayan estado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) en los últimos cinco años.

DURACIÓN DE LA BONIFICACIÓN

La duración de la bonificación cambia en función de la edad del trabajador por cuenta propia que la solicite.
Para menores de 30 años, la bonificación durará 30 meses y la reducción se efectuará:

* Reducción del 80% durante los seis primeros meses.
* Reducción del 50% durante los siguientes seis meses.
* Reducción del 30% durante los 18 siguientes meses.

Para los futuros autónomos de más de 30 años, la bonificación durará más de 18 meses y la reducción se hará:

* Reducción del 80% durante los seis primeros meses.
* Reducción del 50% durante los siguientes seis meses.
* Reducción del 30% del mes 12 al 18. 

EL AHORRO

Los trabajadores que se den de alta como autónomos en estos momentos ahorrarán una cantidad mayor que aquellos que llevan un tiempo cotizando. La cuota mensual de los autónomos es de 264, 44, cuota actualizada a fecha de 1 de enero de 2015. No obstante, con las bonificaciones, el ahorro es de:

* Con la reducción del 80%, el ahorro sería de 211, 2 euros al mes.
* Con la reducción del 50%, el ahorro sería de 132, 22 euros al mes. 
* Con la reducción del 30%, el ahorro sería de 79,33 euros al mes. 

En conclusión, el ahorro para un autónomo menor de 30 años es de más de 3450 euros durante los 30 meses que dura la bonificación. Por otra parte, el ahorro para un trabajador autónomo mayor de 30 años supera los 2515 euros durante los 18 meses de la bonificación.

EL TRABAJADOR QUE NO PUEDE OBTENER LA TARIFA PLANA 

* Cuando sea administrador de alguna sociedad.
* Si ha estado dado de alta como autónomo durante los últimos cinco años.
* Cuando se trate de un autónomo colaborador en el régimen especial para familiares de autónomos.
* Que haya recibido alguna bonificación anterior en el régimen especial de trabajadores autónomos. 

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2014/10/17/autonomos/1413557625_561765.html

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