lunes, 16 de septiembre de 2013

Nuevas obligaciones contables para las empresas


Aparece el concepto de microempresa.
La Unión Europea ha dictado nuevas obligaciones contables para las empresas, a través de la Directiva 2013/34/UE que entró en vigor en julio de este año. Las modificaciones que añade esta norma pretenden reducir las cargas administrativas, especialmente en empresas de pequeño tamaño.


Su ámbito de aplicación son las sociedades anónimas, limitadas, y las sociedades comanditarias por acciones. Los Estados disponen de plazo máxicmo hasta el 20 julio de 2015 para adoptar toda su legislación a esta nueva Directiva.


La Directiva establece una nueva clasificación de empresas:

- Microcempresas: aquellas que no cumplan al menos dos de estos criterios; balance de 350.000 euros, volumen de negocio neto de 700.000 euros y 10 empleados de plantilla media durante el ejercicio.

- Pequeñas empresas: Las que no rebasen dos de los tres criterios siguientes; balance de 4 millones de euros, volumen de negocio neto de 8 millones y 50 empleados de media.

- Medianas empresas: Las que no superen dos de los tres criterios siguientes: balance de 20 millones de euros, volumen de negocio neto de 40 millones y 250 trabajadores de plantilla media durante el ejercicio.


Las empresas que sean calificadas como microempresas y pequeñas empresas sólo estarán obligadas a presentar un balance, una cuenta de resultados y unas notas explicativas de los estados financieros. El resto de información sólo será obligatoria a efectos tributarios, según la legislación tributaria de cada país.


Se limita la información que debe aparecer en la memoria y se podrá eleminiar, a voluntad del país, la obligación de publicar las cuentas de pérdidas y ganancias y los informes de gestión para las pequeñas empresas.


La auditoría de cuentas sólo será exigible a las entidades de interés público y a las empresas medianas y grandes.


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