miércoles, 3 de junio de 2015

PARA QUÉ NECESITA UN AUTÓNOMO EL CERTIFICADO DIGITAL.

Cada vez existen más trámites que pueden hacerse de manera telemática. Los autónomos deben hacer declaraciones y presentar documentos con el certificado digital. Explicamos cómo conseguirlo y los trámites en concreto que pueden ejecutarse.

El Certificado Digital es una herramienta necesaria para operar con lasAdministraciones estatales, autonómicas o locales. Además, desde el pasado año, también para trámites con Hacienda en lo relativo a modelos tributarios y Seguridad Social de los trabajadores.

A través del portal AEAT, se puede realizar cualquier trámite contando con elcertificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o el DNI electrónico. También se acaba de incluir la opción del PIN 24 horas para resolver los trámites que no soportan los otros dos certificados, o para quienes no quieren tener uncertificado en un ordenador que consideran seguro.

¿Cómo solicitar el certificado?
  • Si el autónomo es una persona física deberá ir a una Administración de Hacienda, Seguridad Social o Ayuntamiento y presentar el DNI y la Solicitud de Certificado de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre).
  • Si el autónomo está constituido en una Comunidad de Bienes, Sociedad Civil, etc. debe presentar el DNI, junto a los estatutos y/o representación de la CB o SC, así como la solicitud de Certificado de la FNMT, en una Administración de Hacienda.
  • Si el autónomo tiene una Sociedad Limitada o Sociedad Anónima, deberá presnetar en una r Administración de Hacienda el DNI, el Certificado del Registro Mercantil del Representante para Certificado Digital y la Solicitud de Certificado de la FNMT

¿Qué trámites puede realizar un autónomos con el certificado?

Según informa Sage, estos son los procesos y trámites que los autónomos pueden realizar telemáticamente con el Certificado Digital.
  • Declaración censal (Modelo 036 y 037). Este trámite es necesario para darse de alta como autónomo, causar baja o para modificar datos. También para comunicar que un autónomo de acoge al Criterio de Caja.
  • Declaración y liquidación IVA (Modelo 303 y 390). La declaración que deben presentar mensual o trimestralmente y el pago correspondiente.
  • IRPF (Modelo 100 y 130). Los autónomos deberán descargarse el Programa Padre y volcar los datos fiscales que también facilita Hacienda a través de la web. Si la declaración es a ingresar, se puede hacer online mediante la obtención del NRC. Losautónomos que presenten el IRPF trimestral también podrán hacerlo a través de la web, con el modelo 130.
  • Notificaciones de la AEAT. Los autónomos y las empresas reciben estas notificaciones por la vía electrónica, por lo que los trámites se hacen de principio a fin online.
  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias. Los contratos con laAdministración Pública, por ejemplo, o los casos en los que se presenta el ejercicio de su actividad, deberán presentar los datos por Internet.

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/05/22/autonomos/1432291305_532016.html

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