miércoles, 14 de agosto de 2013

Deducción del IVA en la compra de un coche para la actividad profesional



Comprar un coche para realizar la actividad profesional da derecho a deducirse una buena parte del IVA que genere su adquisición. Es necesario, en primer lugar, demostrar ante la Administración la utilización del vehículo en la actividad económica. Esto se demuestra si la misma actividad lo indica (reparto de paquetería, mudanzas…) o por ejemplo, si se existen diferentes clientes en municipios distintos al domicilio social de la empresa.

La regla general determina que se puede deducir el 50% del IVA soportado en la adquisición del vehículo. El porcentaje puede alcanzar el 100% si se acredita que se utiliza habitualmente en un porcentaje mayor para la actividad y que para uso privado se dispone de un vehículo de similares características.

El paso final, es deducirse en la autoliquidación el 50% del IVA y posteriormente regularizar la deducción del último periodo del año. Si el porcentaje de deducción final es superior al 50%, en la regularización se deduce lo que supere el porcentaje general. Si es inferior, es la Administración la que tienen que demostrar que este porcentaje es inferior. Lo habitual es que se acepte la deducción del 50%.

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