jueves, 7 de mayo de 2015

EL AUTÓNOMO PUEDE TRIBUTAR A TRAVÉS DE UNA EMPRESA.

Es legal y lícita la utilización de sociedades para facturar los servicios profesionales de personas físicas.

El Tribunal Superior de Justicia declara que afrontar la actividad empresarial como persona física o jurídica es una opción legítima amparada por la normativa mercantil y fiscal. La ley defiende que se utilice la forma jurídica que conlleve menor carga fiscal.

También se habla de la nueva realidad social del ejercicio de la abogacía. Actualmente la situación habitual es la de un despacho colectivo de abogados, asesores y consultores, en lugar de un despacho del abogado al uso, ya que la prestación de servicios jurídicos no se limita a la intervención en un pleito. El campo de los servicios profesionales se ha ampliado notoriamente.

Por otro lado, la informatización también ha llegado al mundo empresarial y a las prestaciones de servicios profesionales. A través de ordenadores, correos electrónicos, bases de datos… se pueden realizar actividades sin disponer de medios de gran relevancia.

Fuente: http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/6679885/05/15/El-profesional-puede-tributar-a-traves-de-una-empresa-si-le-es-mas-ventajoso-.html

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