lunes, 18 de mayo de 2015

OBLIGACIONES QUE TIENE EL AUTÓNOMO QUE CONSIGA COBRAR EL PARO.

Para que los autónomos puedan recibir la prestación por desempleo es preciso que cumplan con una serie de normas que marca la ley. De lo contrario se consideraría una infracción que se sancionaría de acuerdo a la legislación vigente. 

A continuación te recordamos las obligaciones que tienen los trabajadores para cobrar el paro, tal y como recuerda el SEPE.

  • El trabajador autónomo tiene la obligación de comparecer, previo requerimiento, ante la entidad gestora de las prestaciones en la fecha y forma que se le indique.
  • El autónomo cuenta con la obligación de comparecer ante las agencias de colocación o los servicios públicos de empleo cuando lleven a cabo actividades en el ámbito de la colaboración con ellas.
  • Tiene la necesidad de devolver dentro del plazo establecido al servicio público de empleo o a la agencia de colocación sin fines lucrativos el justificante que acredite su comparecencia en la fecha y lugar indicados para cubrir una oferta facilitad por cualquiera de ellos.
  • Su obligación es facilitar toda la información precisa para que los servicios públicos de empleo le puedan notificar cualquier tipo de notificaciones.
  • El trabajador tiene la obligación de comunicar las bajas en las prestaciones cuando una haya una suspensión o extinción del derecho o cuando ya no reúna las condiciones necesarias para recibirla.
  • Cuando el servicio público de empleo o la agencia de colocación le ofrezca una oferta de empleo adecuada, el trabajador tiene la obligación de aceptarla.
  • El autónomo tiene la obligación de participar en los programas de empleo, acciones de formación o trabajos de colaboración social que le proponga tanto las agencia de colocación como los servicios públicos de empleo.
  • El trabajador por cuenta propia tiene la obligación de actuar de una manera honesta para no conseguir unas prestaciones indebidas o la prolongación inadecuada de su disfrute empleando datos o documentos falsos.
  • El autónomo tiene la obligación de escoger entre la prestación por cese de actividad o cobrar de un trabajo por cuenta propia o ajeno.
  • El trabajador tiene la obligación de respetar las leyes, por lo que no se pondrá de acuerdo con el empresario para la posible obtención de cualquier prestación de la Seguridad Social de una manea irregular.


Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/05/14/autonomos/1431613827_644063.html

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