viernes, 22 de agosto de 2014

La deducción del 50% en el cobro de dividendos se elimina para las pymes


La nueva Ley del Impuesto de Sociedades elimina la histórica deducción del importe de los dividendos cobrados por las pymes. Ello implica que las sociedades que los perciban deberán tributar por el ingreso total recibido.


Sólo hay dos excepciones; que estas sociedades controlen más del 5% del capital de la empresa que reparte el dividendo o que la sociedad haya invertido más de 30 millones de euros en esta empresa, algo que en la práctica sólo está al alcance de las grandes compañías. En estos casos se mantiene la deducción del 50%. Sin embargo,  las sicavs (sociedades de inversión de capital variable), seguirán sin tributar anualmente por estos ingresos, ya que sólo paga el partícipe cuando rescata su dinero.


Por otro lado, también se elimina en el IRPF la tradicional exención de tributación de los primeros 1.500 euros de ingresos por dividendos. El Gobierno señala que este hecho será compensado por la bajada del tipo impositivo a la renta del ahorro que contiene la reforma. 



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