lunes, 19 de diciembre de 2016

SACA RENTABILIDAD A TU COCHE DE EMPRESA

Los coches de empresa se suelen rotular de forma más o menos discreta. Algunos prefieren rotular la información de forma muy visible mientras que otros lo hacen de forma más disimulada. Este tipo de acciones de marketing pueden ayudar-nos a aumentar la visibilidad de nuestra empresa y a sacarle una rentabilidad extra a nuestro vehículo de empresa. 

Es aconsejable que en el coche de empresa aparezcan tanto la actividad de la empresa, como el teléfono de contacto. En caso de vehículos grandes, como por ejemplo furgonetas o camiones, se puede aprovechar el espacio para crear anuncios que atraigan la atención de los clientes potenciales. Aprovechar las características del vehículo y potenciar así el mensaje puede ser muy beneficioso en la captación de clientes.
En esta línea, aunque no podamos medir la visibilidad del anuncio, podemos tratar de aprovechar esta publicidad estacionando nuestro vehículo en lugares donde la visibilidad esté relacionada con los intereses de los clientes potenciales. Por ejemplo un fontanero que aparca su vehículo en la entrada de una tienda de bricolaje, puede captar la atención de aquellos que buscan allí una solución rápida a un problema de fontanería.

Rentabilizar tu vehículo es muy fácil si lo usas como valla publicitaria y aprovechas el potencial para aumentar la visibilidad de tu negocio y captando clientes. Es decir lo le sacas un beneficio más allá de su vida útil como herramienta de transporte. Además el vehículo no tiene por qué ser necesariamente nuevo. Basta con que la atención se centre en la información que queremos transmitir y que esta transmita una imagen de seguridad hacia la empresa.
Fuente: https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/como-sacar-rentabilidad-a-tu-coche-de-empresa-aparcandolo-en-el-sitio-adecuado

viernes, 16 de diciembre de 2016

EL IVA DE LIBROS ELECTRÓNICOS BAJA AL 4%

La nueva medida de reducción del 21% de iva cultural ha supuesto uno de los reclamos para empresarios y trabajadores en el ámbito cultural y para el conjunto de la sociedad. La semana pasada el Gobierno anunció una nueva medida que proponía que la prensa y los libros digitales pasarán de gravar el 21% de IVA actual al 4% del tipo reducido, el mismo por el que tributan las publicaciones impresas. De este modo España entra en la línea del resto de los países europeos.

¿Qué significa esto para las pymes y los autónomos dedicados al sector?
Esta iniciativa resultará beneficiosa para  la industria editorial española que desde hace tiempo estaba estancada y reclamaban acabar con la discriminación fiscal positiva para las publicaciones en papel. Según los datos del último Informe de la Federación del Gremio de Editores, la recaudación nacional del libro electrónico alcanza un 5,1% aunque las cifras varían hasta incluso el 15%.

Rebajar el IVA de esta forma tan directa y no de una forma más gradual supondrá un empuje económico para el sector de las publicaciones digitales. Esta medida podría repercutir negativamente en las pequeñas empresas y comercios dedicados a la venta de libros. 

viernes, 9 de diciembre de 2016

NUEVA MEDIDA DE APLAZAMIENTO DE DEUDAS PARA PYMES Y AUTÓNOMOS

Hacienda ha admitido en el marco del Plan contra el déficit, el endurecimiento de los plazos de la deuda con el fin de recaudar 7500 millones de euros para cumplir con Europa.  Esta nueva medida que ha anunciado el gobierno afectará a los trabajadores autónomos y a las pymes que no puedan hacer frente en una fecha determinada el pago de impuestos.

El  IVA será el  más afectado

Los detalles sobre este nuevo sistema de endurecimiento están aún por concretar. Tan solo se sabe que se aplicará a todo tipo de impuestos, especialmente al IVA. Aún se desconoce el cómo y el cuándo de su aplicación. Se promulgará a través del Real Decreto y  comenzará a aplicarse tras ser publicada en el BOE (Boletín Oficial del Estado) aún con fecha sin concretar.

El sistema de aplazamiento de deuda hoy por hoy

Hasta la puesta en vigor de esta nueva medida, los autónomos y pymes pueden aplazar o fraccionar sus deudas. Este aplazamiento puede ser realizado de dos formas:

-          Por vía telemática
-          De forma presencial

Se deberá presentar la solicitud y aportar una serie de datos que la Agencia Tributaria comprobará para conocer el estado real de la empresa. En el caso de que ya se haya procedido al embargo, no podrá solicitar el aplazamiento.

Otro aspecto a tener en cuenta son los intereses y avales según el importe de la deuda. Si es superior a 30000 euros, se necesitará un aval o garantía hipotecaria. Si es menor se impondrá un interés del 3,75% o del 3% a aquello que presenten una garantía de pago.



Fuente: http://infoautonomos.eleconomista.es/blog/regimen-aplazamientos-hacienda/

viernes, 2 de diciembre de 2016

¿CUANTAS HORAS TRABAJAMOS EN COMPARACIÓN CON OTROS PAÍSES?

Trabajar más no es un sinónimo de producir más. A veces la relación es más bien contraria, tal y como podemos observar en el gráfico elaborado con los datos gubernamentales que ha generado la empresa Getoip comparando las horas de trabajo de cada país.
En este gráfico la media de trabajo de España es superior a la de Alemania con un total de 41,3 horas semanales frente a las 40,8 que tiene el país germano. Estados unidos sin embargo nos supera con 43 horas de media semanales.
Entre los países anglosajones existen bastantes diferencias. Tienen una media más alta, están bastante cerca de la referencia norteamericana con los centroeuropeos. Por otra parte los nórdicos, son los que tienen una media más baja. Dinamarca con 38,3 horas de media semanales encabeza la lista de menos horas de los países nordicos.
La ratio más alta la tenemos en Turquía con 51,3  horas semanales de media, seguida de Hong Kong con 49 y México con 48,8 horas.

Estas diferencias se producen debido a que cada país tiene regulaciones laborales diferentes, donde entran, por ejemplo los periodos de vacaciones que varían en los diferentes países. Si comparamos España con otros países del mediterráneo estamos en una situación similar a Italia, Croacia o Bulgaria. 

viernes, 25 de noviembre de 2016

Cambios en la nueva ley de autónomos

Se han realizado cambios en la nueva Ley Integral de Autónomos, que afectarán a las condiciones laborales de los trabajadores autónomos, con la intención de mejorar la economía y la creación del trabajo. 



 ¿Cualés son las medidas de la nueva de ley de autónomos? 
Ampliar la tarifa plana a 1 año
Se ampliará la tarifa plana de 50 euros desde los 6 hasta los 12 meses. De este modo, aquellos que se den de alta como autónomo por primera vez, sólo tendrá que pagar 50 euros al mes durante el primer año. Además, los nuevos autónomos que se den de alta en RETA, s cuota se verá reducida a un 80% 
Pagar sólo las cuotas de los días trabajados
Este cambio sólo afectará a los trabajadores de actividad poco habituales, ya que podrán cotizar por los días trabajados sin necesidad de pagar el mes entero
Hasta el momento, los trabajadores debían pagar todo el mes aunque sólo trabajaran un día, pues así se establecían las cuotas de autónomos .
Eliminación de cuotas durante la maternidad
Gracias a esta medida, las mujeres embarazadas ya no tendrán que pagar durante la baja por maternidad, ya que se eliminan las cuotas durante el tiempo que no estén trabajando. Además, las prestaciones que tienen las mujeres autónomas se equipararán al resto de trabajadoras durante los dos años posteriores al parto.
Gastos deducibles de vehículo, luz y agua
Otra de las medidas que se plantean es aumentar la lista de gastos que pueden deducir los autónomos por su actividad laboral. Así se incluirán gastos aún no deducibles, como los gastos del vehículo y el suministro de luz y agua.
Compatibilizar autónomo con la pensión
Compatibilizar el cobro de la pensión de la jubilación y trabajar por cuenta propia es otra medida interesante en la Ley Integral de autónomos. De esta forma, las personas podrán trabajar y cobrar la pensión desarrollando su actividad laboral hasta que quieran
Mismas prestaciones para autónomos y empleados
Pretende que trabajadores por cuenta propia y cuenta ajena tengan las mismas prestaciones para acabar así con la desigualdad que existe entre ellos como el paro de los autóno0mos o la jubilación.
Flexibilidad en la cotización
Mejorar la flexibilidad de los trabajadores en su cotización a la Seguridad Social, ya que sus ingresos mensuales varían mensualmente. La idea es que los autónomos puedan realizar 4 camb ios de cotización al año de una forma más manejable.


Estos cambios se realizarán dentro de poco, aunque puede haber variaciones según los que se decida finalmente en el Parlamento.

Fuente: http://www.serautonomo.net/los-cambios-de-la-nueva-ley-de-autonomos.html

viernes, 18 de noviembre de 2016

Algunas de las tareas que podrás simplificar si usas un programa de facturación online



Los emprendedores se ocupan de administrar su propio negocio, esta organización es una de las claves más importantes para que nuestro proyecto llegue a buen puerto. La gestión de un negoció para que este salga rentable durante toda su actividad es una tarea que conlleva responsabilidad y disciplina. Para realizar este tipo de tareas podemos recurrir a los métodos más tradicionales como el papel y el lápiz, los procesadores de texto y las hojas de cálculo. En estos documentos llevamos detalladamente el control de todo el volumen de negocio que maneja nuestra empresa. Desde lo que compramos, a lo que vendemos pasando por nuestros gastos e ingresos. Son tantas las cosas que hay que tener en cuenta que es muy fácil traspapelar algún documento. Para solucionar este tipo de errores y facilitar esta tarea han nacido herramientas que nos ayudan a ganar en eficiencia al mismo tiempo que mejoramos la imagen que ofrecemos a nuestros clientes con facturas de acabado muy profesional. Aquí os dejamos 8 tareas que pueden mejorar con este tipo de programas y que mejoraran radicalmente tu gestión de tiempo y productividad:

-Se genera de forma automática un balance de ingresos y gastos recurrentes de tu empresa.

-Nos permite llevar un seguimiento de los beneficios y las pérdidas derivados de  cada proyecto.

-Administrar la cartera de proveedores y clientes gracias a los módulos de contactos que llevan incorporados.

- Llevar el control de los pagos y de los cobros fragmentados de forma sencilla y constante.

- Conocer regularmente el balance de nuestro IVA

-Generar facturas de aspecto profesional


Fuente: http://www.serautonomo.net/recomendados/tareas-que-simplificaras-usando-un-programa-de-facturacion-online

viernes, 11 de noviembre de 2016

PAGO APLAZADO ONLINE. LA RESPUESTA DE LA PYMES A LOS GIGANTES DEL E-COMMERCE


Una de los retos de las pymes en el campo del e-commerce es luchar contra los gigantes de internet, estas macro empresas cuentan con modos de financiación que no están al alcance de los pequeños comerciantes. Implantar el pago aplazado puede ser una buena opción para no perder ventas y es algo que una pequeña empresa puede aprovechar en su favor.
Este tipo de pagos se vuelve más efectivo cuando el coste del producto es más elevado. Hablamos de tiendas online cuyas ventas se sitúan en una media superior a los 300€, ya que, en una tienda cuya venta media se sitúa en 20 € hablar de pagos aplazados no supondría una gran diferencia. Las condiciones de financiación de las propias tarjetas no suelen ser ventajosas para el consumidor, y por eso ofrecer un tipo de financiación propia puede suponer una gran ventaja a la hora de conseguir aumentar las ventas.
Acudir a algún tipo de crédito rápido suele implicar tanto gastos de apertura como comisiones elevadas, por eso no suelen ser usados alegremente por los usuarios del comercio electrónico que buscan adquirir el producto al momento.
La opción más interesante por tanto implica que el cliente pueda acceder de forma rápida a la financiación sin que los costes supongan un incremento significativo en el precio final del producto. Hay que tener en cuenta que el porcentaje de las cantidades pequeñas, aunque el coste sea poco significativo traducido en porcentaje puede resultar algo disparatado.

Las herramientas de marketing pueden ayudarnos a captar clientes en este sentido con campañas de envío de paquetes gratuitos y también subvencionando parcialmente los intereses de forma que el precio final resulte atractivo para el cliente potencial.

Fuente: http://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/pago-aplazado-online-la-respuesta-para-no-perder-ventas-frente-a-los-grandes-de-internet

viernes, 4 de noviembre de 2016

CUATRO UTILIDADES QUE PROBABLEMENTE NO CONOZCAS DE LA FIRMA ELECTRONICA




Las empresas y profesionales necesitan una acreditación digital para realizar los trámites pertinentes con la administración, por lo que es necesario contar con una firma electrónica que confirme tu identidad de forma digital. Pero, ¿sabes cómo  utilizar esta herramienta para beneficiar a tu negocio? Te mostramos 4 posibilidades para agilizar los procesos internos de las empresas:

Factura electrónica

A través de la aplicación de Facturas se pueden crear y remitir a los organismos oportunos facturas electrónicas, algo que las grandes empresas y administraciones agradecen encarecidamente.

Firmar correos electrónicos

Es una opción muy útil para los correos importantes. Gracias a la firma electrónica, los mensajes que enviemos a través de cualquier servicio de correo pueden ir firmados de forma digital, de este modo, el receptor tiene la certeza de que el mensaje ha sido enviado por el remitente.

La confirma de documentos por varios participantes

Se trata de firmar un documento por varias personas implicando así que todos los participantes tengan la misma autoridad.
Hay que diferenciarla de la firma en cascada, en la que una sola firma certifica la validez de todas las realizadas en el documento.

Cifrado de datos


Pueden utilizarse tanto documentos que se crean y guardan en el ordenador como documentos que se van a cifrar y enviar posteriormente por correo electrónico. Es una posibilidad muy interesante para darle uso a la firma electrónica.

viernes, 28 de octubre de 2016

¿QUÉ ES UNA ACTIVIDAD ECONÓMICA?

Las actividades económicas son los  procesos que se realizan para producir bienes o servicios, mediante factores de producción con la finalidad de satisfacen económicas o  conseguir un beneficio. Dichas actividades sirven para generar riquezas y son la base fundamental de la economía.

Según la Agencia Tributaria la una actividad económica es toda aquella labor que un contribuyente ordena por cuenta propia medios de producción y recursos humanos con el objetivos de participar en el mercado de bienes y servicios.


Tipos de actividad económica

1    1) Actividades primarias: son aquellas que se desarrollan en la primera parte del proceso de producción, es decir que se basan en la obtención de las materias primas que servirán para posteriores labores de producción de bienes y servicios. Podemos incluir en este apartado la ganadería, la agricultura, la pesca, etc…

2    2) Actividades secundarias: son aquellas que cuya función consiste en la producción de bienes y servicios mediante la transformación de materias primas en productos destinados a su comercialización. Podemos incluir en este segundo apartado actividades como, por ejemplo la producción de calzado, alimentos u otras como los productos químicos.

3    3)  Actividades terciarias: son las encargadas de producir y comercializar los productos y servicios. Su objetivo es llevar al consumidor los bienes obtenidos en las actividades anteriores. Podemos incluir por ejemplo el comercio de las tiendas, supermercados o cualquier actividad que ofrezca servicios al consumidor.

Fuente: http://www.serautonomo.net/que-son-las-actividades-economicas.html

viernes, 21 de octubre de 2016

5 CONSEJOS PARA FACTURAR SIN ERRORES

La facturación es un trabajo que toda pequeña empresa y autónomo debe realizar de forma regular en su día a día. Para evitar errores a la hora de realizarlas podemos seguir estas  cinco claves que agilizarán el proceso.




o    Personalizar las facturas con el logo de la empresa y la identidad corporativa (información de contacto, dirección de la web, etc...). Además deberás usar un lenguaje profesional y si se opta por la facturación electrónica elige un programa que te permita diseñar tu propia plantilla de facturación.

o    Desglosar y detallar con una carta adjunta los servicios que ese están cobrando ayudan a mantener la buena relación y la comunicación con los clientes. Además evitamos errores y confusiones futuras.

o    Revisar la ortografía i la gramática para reforzar la imagen de tu empresa o marca. Este tipo de errores te ayudarán a revisar cada factura evitando así también errores en las cantidades establecidas en las facturas.

o    Es muy importante hacer un seguimiento del pago de las facturas, conocer de primera mano por que tus clientes se retrasan en los pagos y si los motivos son justificados o no para evitar que se engorden las deudas y tomar medidas en el momento adecuado.

o    El error más habitual que todos podemos cometer es el de enviar la factura a la persona equivocada. Comprueba varias veces el contacto antes de hacer click en “enviar” y así te asegurarás de realizar el envío correctamente, ya que si sin querer desvelas datos de otro cliente puedes verte envuelto en un serio problema legal.

viernes, 14 de octubre de 2016

¿LOS AUTÓNOMOS PUEDEN CONTRATAR TRABAJADORES?

La duda de si un autónomo puede o no realizar contratos para ampliar su negocio y sus posibilidades de trabajo es algo que todos no hemos planteado alguna vez. La respuesta es sí, los autónomos sí que pueden contratar a otras personas aunque los trámites  burocráticos necesarios para dicha  contratación puede que te resulten un poco compleja.


¿Qué tengo que hacer para contratar un empleado?

Para contratar empleados en primer lugar los autónomos deben inscribirse como empresarios en la Seguridad Social rellenando el modelo TA.6. Realizando este trámite recibiremos el Código de Cuenta de Cotización (CCC). Para solicitar las siguientes CCC se deberá rellenar el TA.7. El código (CCC) es el número con el que se harán frente a todas las obligaciones (impuestos y cotizaciones) por parte del trabajador autónomo.

Los modelos (CCC) se presentan en la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañados del documento original y copia del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Seguidamente debemos dar de alta al trabajador o, dicho de otra manera, afiliar al trabajador a la Seguridad social. Si es la primera vez que el futuro empleado trabaja, deberá solicitar el numero de afiliación a la Seguridad Social a través del Modelo TA1. En caso de que ya cuente con el número lo daremos de alta en la Seguridad Social con el Modelo Ta.2/S. Finalmente firmaremos el contrato y lo enviaremos al Servicio Estatal de Empleo en un plazo máximo de 10 días.

Si la persona que queremos contratar en nuestra empresa es un familiar directo, la contratación resulta bastante más fácil. Gracias a la figura del autónomo colaborador no hace falta firmar ninguna relación contractual. La persona simplemente tendrá que darse de alta en la Seguridad Social rellenando el modelo TA.052º/1.


viernes, 7 de octubre de 2016

ASÍ SE CALCULARÁN LOS NUEVOS PAGOS FRACCIONADOS DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES CON LA NUEVA REFORMA APROBADA POR EL GOBIERNO

El pasado viernes 30 de septiembre, el Gobierno aprobó en el Consejo de Ministros una reforma que afecta al Impuesto de Sociedades. Esta reforma modifica los pagos fraccionados que las empresas deben aplicar.  La finalidad del gobierno es incrementar la recaudación en al menos 8.000 millones de euros.



El 30 de setiembre se publicó el Real Decreto Ley 2/2016 que modifica el régimen legal de los pagos fraccionados del impuesto de sociedades. En este decreto se introducen medidas tributarias para reducir el déficit público modificando el pago de los para los periodos improvistos que se inicien a partir del 1 de enero de 2016. Además se añade una disposición adicional decimocuarta en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, de Impuesto sobre Sociedades. Esta disposición  introduce las nuevas normas en el régimen legal de los pagos efectuados de forma fraccionada y se aplica a las empresas cuyo importe neto de la cifra de negocios en el ejercicio anterior sea superior a 10 millones de euros.

La nueva reforma aumenta el tipo mínimo del pago fraccionado del 12%, cifra en la que se situaba actualmente, al  23% y estará en vigor el año 2017 con opción de ampliarlo hasta 2018 en función de la evolución que tenga el déficit en este período.

El resto de contribuyentes seguirán aplicando 17% de la base corrida.


viernes, 30 de septiembre de 2016

¿ES POSIBLE DEDUCIR LOS GASTOS DEL VEHÍCULO COMO AUTÓNOMO?

Si eres autónomo y utilizas tu vehículo habitualmente para trabajar puedes desgravar tanto la compra como el mantenimiento del vehículo siempre y cuando justifiques cada gasto con facturas y dichas facturas estén registradas como apuntes en la contabilidad de tu empresa o negocio. Es muy importante, por tanto, que exista una vinculación del vehículo con las actividades de la empresa para que la Agencia Tributaria nos permita deducir los gastos derivados del uso de este medio de transporte. Los gastos derivados del uso de un vehículo son deducibles en el IRPF y en el IVA

Deducción IVA IRPF coche autonomo


Los requisitos que se exigen para poder hacerlo, sin embargo, son distintos para cada una de las opciones: 

IVA 

Por lo que se refiere al IVA de la compra de un vehículo y a los gastos asociados, la deducción es del 100% para los autónomos que se dedican a actividades de transporte, como por ejemplo camioneros, taxistas, repartidores o finalmente, profesores de autoescuelas. Hablamos pues, de vehículos mixtos que se usan en transporte tanto de mercancías como de viajeros. Se incluyen también todos los vehículos cuya función es la de formar a los conductores, los turismos que son utilizados por agentes o representantes comerciales en desplazamientos y finalmente, los usados en servicios derivados de la vigilancia y la seguridad. Para el resto de autónomos la deducción del IVA es del 50%. 

IRPF 

Por otro lado, y por lo que se refiere al IRPF, los gastos deducibles son del 100% en los mismos casos que leíamos anteriormente en referencia al IVA. Para poder deducir dichos gastos se debe demostrar que los costes que han sido declarados están directamente ligados al trabajo o actividad económica del autónomo. En caso de que no quede justificada la relación entre el trabajo y los gastos, la Agencia Tributaria es la encargada de decidir si los gastos son deducibles o si por el contrario no lo son. A diferencia del IVA, en el caso del IRPF, solo son deducibles los gastos en los trabajos desarrollados exclusivamente en alguno de los sectores que se dedican a actividades de transporte.