miércoles, 17 de agosto de 2016

INSTAGRAM PARA EMPRESAS

Twitter y Facebook, las dos redes sociales más utilizadas por las empresas por excelencia, se ven cada vez más amenazadas por las nuevas plataformas como Instragram, que permite publicar fotografía y vídeo en un mismo formato; y ahora, permite publicar fotografías temporales en un timeline de 24h, utilizando la misma metodología que Snapchat

Además, con más de 200.000 anunciantes en Instagram, las empresas buscan formas de destacar ante sus clientes, saber si el contenido que suben a la plataforma funciona y conseguir sus objetivos de negocio en el móvil. 

Es por ello, que la red social acaba de lanzar perfiles de empresa, que permiten conocer datos sobre el funcionamiento del contenido en la plataforma e incorporar la posibilidad de promocionar publicaciones en los perfiles de empresas en España.


A continuación, detallamos las nuevas herramientas que se incorporan:


Perfiles de empresa: los perfiles de empresa permiten indicar a la comunidad de Instagram que se trata de un negocio y al mismo tiempo ofrece a los clientes con un botón de “contacto” para conectar con la empresa en Instagram.


Insights (Datos): los Insights proporcionan una herramienta móvil sencilla para que las empresas vean qué tal funciona el contenido que suben a Instagram. Los datos ofrecen información sobre la gente que interacciona con la empresa en un formato visual y fácil de entender.


Promocionar: con las nuevas herramientas se incluye la capacidad de promocionar contenido. De este modo las empresas podrán alcanzar sus objetivos de negocio haciendo uso de creatividad que tenga impacto en la comunidad de Instagram, promocionar una publicación que esté funcionando muy bien como anuncio para llegar a nuevos clientes gracias a las capacidades de segmentación y medición de Facebook.


Puedes visitar el post de Instagram en su blog sobre el lanzamiento de estas nuevas herramientas, aunque está escrito en inglés. Si no eres experto en la lengua, necesitarás la ayuda de un traductor. Pincha aquí para poder traducir el texto. 


lunes, 8 de agosto de 2016

AUTÓNOMO, ¿CUÁNTAS HORAS MÁS TRABAJAS QUE UN ASALARIADO?

Si eres autónomo, debes saber que las estadísticas dicen que trabajas ocho horas más a la semana que los asalariados, o así lo confirman los datos de la última EPA analizados por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA).  El número de horas efectivas que dedican al trabajo los autónomos se sitúa en el segundo trimestre en 42,7 a la semana frente a los 34,4 de los asalariados.

Pero no te asustes, porque estos datos varían mucho de un sector a otro; incluso, puede variar en función del género, ya que la media en el sector masculino se sitúa en las 44,3 horas semanales o en sectores como la hostelería aumenta hasta las 53 horas a la semana. A esto hay que añadir otras tareas asociadas a su negocio que implican dedicación indirecta.

De hecho, son en estas tareas asociadas a su negocio donde pueden invertir hasta 6 horas más, con jornadas que pueden alcanzar las 15 horas diarias casi sin darse cuenta. Por otro lado, el desgaste que sufren  estos trabajadores puede resultar mayor que un asalariado con un puesto de trabajo más físico. 


Estos datos han ido aumentando desde 2012 y ponen de manifiesto, según la UPTA, las duras condiciones de trabajo que tienen que afrontar los trabajadores por cuenta propia. Estos horarios infinitos hacen que muchos de los trabajadores que han optado por hacerse autónomos abandonen a la mínima oportunidad que tienen de apostar por ser asalariados.



Si a esto le sumaos la imposibilidad de tomarse vacaciones que sufren muchos de ellos sin duda su día a día va creando un desgaste que va minando su capacidad de trabajo, concentración y productividad, y en muchas ocasiones su ánimo o su propia autoestima al ver el resultado final de los ingresos de dicho esfuerzo.



lunes, 1 de agosto de 2016

CREAR UNA SOCIEDAD LIMITADA DE MANERA EXITOSA


Las Pequeñas y Medianas Empresas (pymes) son la base de la economía española. En España, existen más de 3.110.000 pymes que representan el 99,9% del total de compañías, según los datos que recoge el informe “El Retrato de las Pymes 2015” que realiza la Subdirección General de Apoyo a la Pyme, órgano dependiente del Ministerio de Industria, Energía y Turismo

La Sociedad Limita (S.L.) es la entidad jurídica más común para crear una pyme. Por lo tanto, fueron muchos quienes decidieron emprender un mismo camino. Pero,  ¿cuáles son los pasos a seguir para crear una S.L? Desde Wonder Legal exponen cuáles son los pasos más importantes a seguir para desarrollar una S.L. de manera exitosa.




1. Registro de nombre

Se debe registrar el nombre de la empresa en el Registro Mercantil. En este sentido, debe ser único y no coincidir con otro ya existente. Por lo que se ha de solicitar el certificado negativo de denominación social.


2. Crear una cuenta bancaria

El empresario debe dirigirse a su banco para crear una cuenta a nombre de la empresa, paso necesario porque en ella se tiene que ingresar el capital mínimo inicia para ponerla en marca: 3.000.006 euros. 


3. Fijar normas 

Es el momento de redactar el conjunto de normas que regirán el funcionamiento de la sociedad, sus estatutos sociales. Estos deberán incorporar la información necesaria de la empresa, entre la que destacan su denominación, objeto y capital social.


4. Hacer la escritura pública  de la constitución de la empresa

El notario será el encargado de realizar la escritura pública. Él te exigirá la aportación de una serie de documentos, como los estatutos sociales, el certificado negativo de denominación social, la certificación bancaria de la aportación al capital social, el DNI de los socios fundadores de la sociedad y la declaración de inversiones exteriores.


5. Obtener el número de identificación fiscal provisional

Con la firma de la escritura, se debe acudir a Hacienda para solicitar el número de identificación fiscal provisional de la empresa. El mismo tendrá una validez de seis meses desde su obtención. Para solicitarlo se necesita presentar el modelo 036, el DNI del firmante y una fotocopia de la escritura de constitución de la empresa.


6. La S.L. debe incorporarse en el IAE

Por último, se ha de dar la sociedad limitada en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), si la empresa tiene una facturación superior al millón de euros; en el IVA y en el registro mercantil de la provincia donde se encuentre situada la sociedad limitada.