sábado, 14 de enero de 2017

EL CARNÉ DIGITAL QUE FACILITARÁ EL TRABAJO A LOS AUTÓNOMOS EN LA UE

Las pymes y los autónomos podrán agilizar los trámites necesarios para poder trabajar en la UE gracias a la creación de una tarjeta electrónica . Los sectores de negocios y construcción que deseen obrar en los países de la UE podrán proporcionar la información obligatoria a una única autoridad en su propio país e idioma. Esta autoridad será la encargada de traducir la información al idioma del país en el que la empresa desea operar y fijará los requisitos de autorización para poder realizar el trabajo tanto de forma temporal como definitiva.




Aunque, por ahora, se trata de una propuesta de la Comisión Europea que ya está enmarcada en un paquete de medidas con el objetivo de dar un nuevo impulso al mercado de servicios europeo, podemos conocer muchas de las ventajas que supondrá:

VENTAJAS

  • Una reducción significativa del tiempo necesario en los trámites para abrir una filial en otro país (de 16 a 7 o 9 semanas).
  • Un ahorro del 50% en gastos de administración.
  • Ahorro en los costes de las traducciones oficiales.
  • La realización de los trámites en una única ventanilla.
  • Facilidad para obtener los seguros necesarios para los profesionales en el país de destino.
  • Sólo habrá que rellenar una autorización por cada país en el que se desee operar y por el tipo de servicios que se prestarán.

Bruselas insiste en que esto no traerá problemas de competencia entre los trabajadores locales y extranjeros por prestar sus servicios a precios más bajos que los nacionales.


Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2017/01/11/autonomos/1484159085_949044.html

sábado, 7 de enero de 2017

TODO LO QUE NECESITAS SABER PARA EL 2017

En los últimos meses, ha habido una serie de cambios legislativos que entrarán en vigor próximamente. En este artículo, te mostramos todas las medidas fiscales y administrativas que padecerán los autónomos y pymes en el año 2017. 




Seguridad social 


  • Cuota de autónomos 2017: Aún no se ha determinado la subida de la base mínima en la Ley de Presupuestos Generales pero, si se aplicase el mismo porcentaje que el año pasado (1%), la cuota de autónomos en 2017 ascendería a 269,71 euros. Respecto a la base máxima de cotización, se espera una subida del 3%, lo que supondrían 3751 euros mensuales en el 2017. Esto implicaría un aumento en la cuota máxima de 32,68. 
  • Cuota de autónomos societarios: En el caso de que se lleve a cabo la subida del 8% del SMI, la base mínima pasaría a 1152,8 euros, lo que supondría una cuota de autónomos de 344, 69 euros en 2017. Se espera que la base máxima se incremente un 3%, por lo que se aumentaría a 3751, 26 euros mensuales y a 1121,73 euros la cuota de autónomos societarios en el 2017. 
  • Ampliación de la tarifa plana: De 6 meses a un año para nuevos autónomos. Tendrán el derecho de aplicar reducciones y bonificaciones sobre la cuota. 
  • Compatibilizar jubilación y trabajo autónomo: La intención de hacer compatible la actividad como autónomo y el cobro del 100% de la jubilación. 
  • Baja por maternidad de autónomas: Las trabajadoras autónomas tendrán la bonificación del 100% de la baja y la exención del pago de cuota durante esta, aun si se reincorpora 2 años después de la fecha del parto.
  • Sistema más justo: Las bajas y altas se harán efectivas el día de la solicitud, por lo que no se contabilizará el mes completo. 
  • Aumento del número de cambios en la base de cotización: Los autónomos podrán realizar hasta 4 cambios anuales en las bases de cotización. 
  • Modulación de los recargos en los retrasos: En caso de retraso con el pago de las cuotas, los recargos serán más flexibles: 
  1. Recargo del 3% si se pagara dentro del mes siguiente a la fecha de vencimiento. 
  2. Recargo del 5% si se pagara dentro del segundo mes a la fecha de vencimiento. 
  3. Recargo del 10% si se pagara dentro del tercer mes a la fecha de vencimiento. 
  4. Recargo del 20% si se pagara a partir del tercer mes a la fecha de vencimiento. 

Hacienda e impuestos de los autónomos 



  • Endurecimiento del régimen de aplazamiento de deuda: No se podrán aplazar los impuestos repercutidos, excepto el IVA no cobrado. 
  • Nuevas deducciones para autónomos: Se incorporan como gastos deducibles en IRPF los gastos del vehículo y de los suministros de agua y luz. 
  • Cambios en impuestos de sociedades: Afectará a las grandes empresas. Se ha incrementado el tipo mínimo al 23% en los pagos de abril, octubre y diciembre. Se ha reducido la compensación de las bases imponibles en función de la cuantía y se ha limitado las deducciones para evitar el fraude fiscal. 
  • Sociedades civiles: Todas las sociedades civiles que desarrollen una actividad económica tienen que tributar sólo por el impuesto de sociedades. 
  • Retenciones de los profesionales autónomos: Será del 7% durante el primer año y los dos siguientes a los nuevos autónomos que se den de alta. 

Contratación de trabajadores 



  • Mayor costes salariales tras la subida del SMI en un 8%: Afectará a empresas y autónomos con trabajadores a su cargo quienes deberán ajustar el sueldo de sus trabajadores a 707,60 si no quieren cruzar el umbral de la ilegalidad. 

LOPD 



  • Adaptación al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD): Aunque esta norma entró en vigor en mayo de 2016, se conceden hasta 2 años para adaptarse a los cambios. Por lo tanto, el 2017 para las pymes y autónomos, será un año de implementación de nuevas prácticas en gestión y privacidad de datos. 

Facturación y cobros 


  • Cambios en la normativa SEPA (Single Euro Payment Area): En los últimos meses, el sistema de pagos ha sufrido una serie de cambios con los que las empresas deberán reducir los plazos en los cobros y simplificar el mandato.


Fuente: 

http://infoautonomos.eleconomista.es/blog/novedades-2017-autonomos-pymes/