viernes, 26 de junio de 2015

Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración





1.       Entrada en vigor

Su entrada en vigor es el día primero del sexto mes natural siguiente al de su publicación en el BOE.
Con lo que corresponde su entrada en vigor a partir del 01 de diciembre de 2015.

2.       ¿Qué sucede con los procesos en curso tras la entrada en vigor de la presente orden?

En los procesos en curso en la fecha de entrada en vigor y que no hayan superado los 365 días se tramitarán con los nuevos modelos de partes médicos, pero dichos modelos y los informes complementarios, se expedirán con la periodicidad de la normativa anterior.

En los procesos de recaída en proceso de IT  iniciados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor, cuando la nueva baja médica se expida con posterioridad a dicha fecha les será de aplicación los nuevos modelos y  las reglas de periodificación.

3.       ¿Existen nuevos modelos de partes médicos de baja/alta  y de confirmación de la incapacidad temporal?

Mediante la presente Orden se aprueban los nuevos modelos de partes médicos de baja/alta y de confirmación que figuran como ANEXOS a esta orden.


4.       ¿Existen una clasificación por tipos de procesos de incapacidad temporal?

Se distinguen cuatro tipos de procesos de incapacidad temporal, según cuál sea su duración estimada:
·         Proceso de duración estimada muy corta: inferior a cinco días naturales.
·         Proceso de duración estimada corta: de 5 a 30 días naturales.
·         Proceso de duración estimada media: de 31 a 60 días naturales.
·         Proceso de duración estimada larga: de 61 a más día naturales.

Es el médico que emite la baja y parte de confirmación quien en el momento de su expedición establece la duración estimada del proceso. Pudiendo alterar esa duración en momento posterior consecuencia de la actualización, modificación o de la evolución sanitaria del paciente (emitiendo un parte confirmación que recogerá la nueva duración estimada, y el encuadramiento en un tipo diferente de los previstos).



5.       ¿El facultativo dispone de algún tipo de herramienta que le facilite el encuadramiento del proceso en alguno de los tipos de procesos?

A efectos de asignar la duración estimada de cada proceso, el facultativo dispondrá de unas tablas de duración óptima de los distintos procesos patológicos susceptibles de generar incapacidades, así como tablas sobre el grado de incidencia de los mismos en las distintas actividades laborales. Dichas tablas serán suministradas y revisadas periódicamente por el INSS.

6.       ¿Se puede emitir el parte de baja y alta en el mismo acto médico?

Cuando el facultativo del servicio público de salud o de la mutua considere que se trata de un proceso de duración estimada muy corta, emitirá el parte de baja y de alta en el mismo acto médico. Utilizará el modelo del ANEXO I haciendo constar junto a los datos relativos a la baja, los identificativos de alta y la fecha de la misma, que podrá coincidir con el día de la baja o estar comprendida dentro de los tres días naturales siguientes.

El trabajador no obstante podrá solicitar reconocimiento el mismo día que se haya fijado como fecha de alta, y si el médico considera que no ha recuperado su capacidad laboral podrá modificar la duración del proceso, expidiendo, al efecto un parte de confirmación de la baja (que deja sin efecto el alta prevista en el parte de baja, y se indica el nuevo diagnóstico, duración estimada, tipo de proceso y fecha de la siguiente revisión).

7.       ¿Cada cuánto hay que volver al médico para los correspondientes partes de confirmación?
Se seguirán las siguientes reglas:
·         Procesos de duración estimada muy corta: Salvo lo mencionado anteriormente no procederá la emisión de partes de confirmación.
·         Procesos de duración estimada corta: el primer parte se expedirá en un plazo máximo de siete días naturales desde la fecha baja médica. El segundo y sucesivos se expedirán cada catorce días naturales, como máximo.
·         Procesos de duración estimada media: el primer parte se expedirá en un plazo máximo de siete días naturales desde la fecha baja médica. El segundo y sucesivos se expedirán cada veintiocho días naturales, como máximo.
·         Procesos de duración estimada larga: el primer parte se expedirá en un plazo máximo de catorce días naturales desde la fecha baja médica. El segundo y sucesivos se expedirán cada treinta y cinco días naturales, como máximo.

8.       ¿El tipo de proceso vincula al facultativo para poder emitir el alta médica para cuando considere que procede?

Independientemente de cuál fuera la duración estimada del proceso, el facultativo expedirá el alta médica por curación o mejoría que permite realizar el trabajo habitual, cuando considere que el trabajador ha recuperado su capacidad laboral, o por propuesta de incapacidad permanente o por inicio de una situación de maternidad.




9.       ¿Qué sucede si una persona no acude a revisión?

Si el trabajador no acude a la revisión médica prevista en los partes de baja y confirmación, se podrá emitir el alta médica por incomparecencia.

10.   ¿Qué sucede si un trabajador se traslada de domicilio?

Cuando un trabajador en situación de incapacidad temporal pase a recibir la asistencia sanitaria en un servicio público de salud distinto del que hubiera venido prestándosela, dicha circunstancia se reflejará en el parte de confirmación inmediatamente anterior, cumplimentando el apartado correspondiente. En dicho parte se indicará también la fecha en que procederá realizar la siguiente revisión médica por el nuevo servicio público de salud.

11.   ¿Cuáles son los efectos de el alta médica?

El alta médica médica determinará la extinción de la situación de incapacidad temporal y del consiguiente subsidio el mismo día de su expedición, sin perjuicio de que los servicios sanitarios correspondientes continúen prestando al trabajador la asistencia sanitaria que aconseje su estado.

12.   ¿Cuántas copias se entregarán al trabajador de los partes de baja/alta y partes de confirmación?

El médico del servicio público de salud o de la mutua que expida el parte médico de baja/alta y confirmación entregará al trabajador dos copias del mismo, una para el interesado y otra con destino a la empresa.

13.   ¿Qué plazo dispone el trabajador para presentar la copia de los partes de baja y confirmación a la empresa?

El trabajador está obligado a presentar a la empresa la copia de los partes de baja y confirmación destinada a ella, en el plazo de tres días contados a partir de la fecha de su expedición.

14.   ¿Qué plazo dispone el trabajador para presentar la copia del alta a la empresa?

El trabajador está obligado a presentar a la empresa la copia destinada a ella dentro de las 24 horas siguientes a su expedición.

Si se trata de un proceso de duración estimada muy corta, el trabajador presentará a la empresa la copia del parte de baja/alta destinada a ella dentro de las 24 horas siguientes a la fecha del alta. Si el facultativo emite el parte confirmación porque considera que el trabajador no ha recuperado su capacidad laboral el trabajador lo presentará a la empresa dentro de las 24 horas siguientes a su expedición, junto con el parte de baja inicial.


15.   ¿Dónde debe presentar los partes de alta y confirmación si finaliza su relación laboral durante la situación de incapacidad temporal?

A partir de ese momento el trabajador habrá de presentar la copia de los partes de confirmación y alta destinada a la empresa, a la entidad gestora o mutua que cubra la prestación económica de incapacidad temporal, en los mismos plazos indicados.

16.   ¿Qué datos debe consignar la empresa en el parte de baja entregado por el trabajador?

La empresa consignará en el ejemplar del parte de baja entregado por el trabajador:
·         Los datos de cotización relativos al mismo, a efectos de la determinación de la base reguladora de la prestación económica por incapacidad temporal.
·         La clave del código nacional de ocupación.
·         El código de provincia del centro de salud que se ha emitido el parte médico.
·         Los datos genéricos que se establezcan a efectos identificativos del proceso y de la empresa, definidos a través del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED).
17.   ¿La empresa deberá transmitir los partes de baja, de confirmación y alta?

La empresa tiene la obligación de transmitir al INSS, el parte de baja, de confirmación y de alta presentado a la misma por el trabajador a través del SISTEMA RED.

18.   ¿Qué plazos dispone la empresa para transmitir los partes de baja, confirmación y alta?

Con carácter inmediato y, en todo caso, dentro del plazo máximo de tres días hábiles a partir de su recepción.

19.   ¿Las agrupaciones de empresas y los profesionales colegiados deben presentar los partes médicos?

La obligación de presentar las copias de los partes médicos, por el sistema RED, también alcanza a las agrupaciones de empresas y a los profesionales colegiados que, por acuerdo o representación de la empresa, vengan presentando o presenten dichos partes médicos y estén o sean autorizados para la utilización de dicho sistema.

20.   ¿Quién abona el subsidio de incapacidad temporal durante la jubilación parcial?

El subsidio de incapacidad temporal, cualquiera que sea la contingencia de la que deriva, causado por un trabajador en situación de jubilación parcial, será abonado en régimen de pago directo, en todo caso y por la duración que corresponda, por la entidad gestora o colaboradora pertinente.
La entidad gestora o colaboradora comunicará a la empresa el inicio del abono del subsidio al trabajador en régimen de pago directo, así como su finalización.


Ferran Pellisé Guinjoan
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones

martes, 23 de junio de 2015

ACTIVA MUTUA RENUEVA SU COMPROMISO CON LA CALIDAD.

El director gerente de Activa Mutua, Miquel Àngel Puig; el vicepresidente segundo, Josep Noguès y la gestora de Clínica Activa Mutua, Silvia Vergès-Tapiró, recogieron el pasado 10 de junio en Tarragona, en la sede central de la Entidad y a manos de Eva Subirà, directora de la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR) Catalunya, la renovación del certificado UNE-EN-ISO 9001 y la homologación internacional con la certificación IQNET para todos sus servicios y delegaciones, contando a su vez la Clínica Activa Mutua con su propia certificación.


Ceferino Fernández, director de Gestión de Calidad, PRL y Servicios Generales; y Juan Carlos Gavilán, jefe del Departamento de Gestión de la Calidad destacaron que con esta certificación Activa Mutua refrenda que todos sus servicios y delegaciones cumplen con los estándares de calidad establecidos por la norma internacional ISO 9001. También resaltaron el hecho de ser una mutua colaboradora con la Seguridad Social pionera en tener todos sus procesos certificados.

El certificado del sistema de gestión de la calidad para Activa Mutua engloba conceptos como los servicios de cobertura de contingencias de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, gestión económica de Incapacidad Temporal (IT) por contingencias comunes y actividades preventivas. También auspicia la gestión de la prestación económica de riesgo durante el embarazo y la lactancia natural, el cuidado de menores afectados por cáncer u otras enfermedades graves y el cese de actividad de los trabajadores autónomos. Incluye la gestión integral de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, prevención, asistencia ambulatoria y hospitalaria, readaptación profesional y trabajo social.


Fernández y Gavilán avanzan que Activa Mutua lleva trabajando desde sus inicios para sentar una sólida base con la que iniciar la senda que conduce al modelo de calidad y excelencia EFQM (Fundación Europea para la Gestión de la Calidad) y que tiene como preceptos principales los de: orientación hacia los resultados, orientación al cliente, liderazgo y coherencia, gestión por procesos y hechos, desarrollo e implicación de las personas, proceso continuo de aprendizaje, innovación y mejora, desarrollo de alianzas y responsabilidad social de la organización. Y que en el plazo de un año esperan obtener el reconocimiento EFQM.

Asimismo, Fernández y Gavilán agregaron que otro de los propósitos de Activa Mutua es conseguir la certificación UNE-EN ISO 14001 de su Sistema de Gestión Ambiental, ésta con el horizonte puesto en 2016 y con la integración en el sistema de la gestión de la RSC. 

Eva Subirà, directora de AENOR Catalunya, recordó que la ISO 9001 es una norma internacional que ayuda a Activa Mutua a gestionar mejor la calidad de su organización, procedimientos e indicadores. Un camino ya consolidado que constata sus buenas prácticas y afianza su mensaje de confianza y transparencia.

Respecto a la voluntad de Activa Mutua de progresar hacia el modelo EFQM, Subirà vislumbró su aspecto más amplio en la organización, al abarcar conceptos como el liderazgo, la planificación de estrategias, los clientes o los objetivos económicos.

CÓMO APLAZAR DEUDAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL


Las cuotas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales, inaplazables.

¿Es posible que un autónomo aplace las deudas contraídas con la Seguridad Social?La opción existe, para los trabajadores por cuenta propia, aunque para ello se debe contar con una serie de condiciones y cumplir a posteriori unos requerimientos.

En este sentido, hay que subrayar que la Seguridad Social acepta el pago de las cuotas fuera del plazo reglamentado, aunque los autónomos han de pagar los intereses correspondientes por ello. Entre las deudas que se pueden aplazar destaca los conceptos de objeto de la gestión recaudatoria, cuotas, recursos de distinto ámbito, o recargos sobre las anteriores.

Dentro de esta categoría, sin embargo, hay que señalar que los recargos sobre prestaciones económicas debidas a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales originados por falta de medidas de seguridad o higiene en el trabajo únicamente podrán aplazarse cuando se garanticen con aval.

Esta solicitud de aplazamiento cuenta con una importante ventaja. La situación de la empresa que aplaza esta deuda se mantiene como si estuviera al corriente de pagos, lo que es positivo para no perder ciertas ayudas y subvenciones que se hayan podido obtener con anterioridad. Sin embargo, además de la necesidad de aval, existen varias condiciones que se deben tener en cuenta porque no son susceptibles de aplazamiento. Entre ellas, las cuotas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales, así como las aportaciones de los trabajadores por cuenta ajena.

Es por ello que el ingreso de las cuotas inaplazables será obligatorio en el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de aplazamiento.

Excepción pago garantías

Del mismo modo, la Administración también contempla algunas opciones en las que el autónomo no deberá aportar garantías. Entre estos casos destaca cuando el solicitante sea una administración pública, cuando el total de la deuda sea inferior a 30.000 euros o inferior a 90.000 y cuando se ingrese un tercio de dicha cantidad.

Finalmente, tampoco será necesario cuando se trate de una deuda correspondiente a prestaciones indebidamente percibidas que no hubieran sido satisfechas en el plazo reglamentario o cuando al incurrir en circunstancias de carácter extraordinario, el secretario de Estado competente en esta materia autorice la exención de garantías.

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/06/23/autonomos/1435020410_156105.html

CÓMO BUSCAR EN LAS REDES SOCIALES AL EMPLEADO PERFECTO.

Hay que centrarse en perfiles dinámicos, en los que primera la calidad.
Las redes sociales se han convertido en una herramienta fundamental en el entorno laboral, tanto para buscar empleo como para encontrar a los mejores trabajadores. De hecho, el 23% de los directivos españoles reconocen que no tienen en cuenta a aquellos candidatos que no tienen un perfil en la red profesional LinkedIn, según una encuesta de New Norms Work.

Sabiendo que las primeras elecciones se generan en base a los perfiles en las redes sociales, ¿qué aspectos debe tener en cuenta una empresa a la hora de buscar un candidato en este medio?


A continuación se enumeran una serie de consejos que le ayudarán a encontrar al aspirante más adecuado.

1. Perfil digital
El reclutamiento 2.0 no se limita a publicar ofertas de empleo en Internet; el primer paso es cotejar la información del perfil digital, para empezar a discriminar y optar por perfiles con un desarrollo notable de su trayectoria profesional que permitan establecer si, a priori, podría encajar en el puesto.

2. Perfiles dinámicos
Las redes sociales permiten acceder a la experiencia y la formación de los aspirantes, pero es conveniente ir más allá y explorar aquellos perfiles más dinámicos, que cuentan con publicaciones, contactos profesionales e intereses. Son otras vías para conocer mejor al candidato, y descubrir si suple sus posibles carencias con actitudes proactivas.

3. Calidad vs Cantidad
En las redes sociales hay que primar la calidad y no la cantidad. Es decir, hay que poner en segundo plano el número de seguidores y centrarse más en la calidad de las interacciones que realiza: el tono, los temas que se tratan, las preferencias, la capacidad de expresión, etc.

4. Buscar con sosiego
Si se busca un candidato para integrarlo en un proyecto a largo plazo y no como una necesidad puntual, hay que realizar la búsqueda con sosiego, haciendo una selección cuidada de los potenciales empleados, evaluando de forma exhaustiva el potencial... Son muchos los aspirantes que reúnen las características que demanda el puesto y únicamente precisan de una oportunidad para demostrarlo.

Fuente: http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/276460222/emprendedores-pymes/noticias/6811364/06/15/Como-buscar-en-las-redes-sociales-al-empleado-perfecto.html#.Kku8TY09cSOu1oY


¿ERES UNA PYME INNOVADORA? AHORA PUEDES CONSEGUIR EL SELLO OFICIAL

La semana pasada el Gobierno aprobó los requisitos que tienen que cumplir las empresas que quieran obtener el sello “pyme innovadora”, una distinción que permite a las pequeñas empresas tener una mayor visibilidad en el campo de la innovación y que les permitirá no sólo “mostrar al mundo” que son capaces de innovar gracias a este sello especial, sino que contarán con condiciones preferentes a la hora de contratar con la administración o acceder a ayudas públicas.

Para conocer más de cerca en qué consiste exactamente este sello, cómo pueden acceder las pymes interesadas y cuáles son los beneficios reales del mismo, hemos hablado con Víctor González, socio de dPG Legal y director de su departamento financiero.
MuyPymes: ¿Cuáles son realmente los requisitos para obtener el sello como pyme innovadora? 

Víctor González: En primer lugar, hay que destacar que la posibilidad de acceso al registro de pyme innovadora que faculta la obtención del sello de Pyme innovadora, se abre a empresas que de alguna manera ya han venido siendo innovadoras. La creación de éste registro tiene la intención, además, de alentar a todas aquellas empresas que a día de hoy no cumplen los requisitos, a innovar para conseguir los beneficios derivados de la obtención del sello de pyme innovadora.

Una vez que desde la dirección de la empresa se fomenta el espíritu innovador, la realización de acciones consideradas innovadoras en términos de I+D+i es tarea compleja, pero realizable. Además de la consideración de pyme el requisito es que su volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros y que su balance general anual no exceda de 43 millones de euros. Otros requisitos que deben cumplir son los siguientes:

* Cuando se haya recibido financiación pública en los últimos tres años, bien derivadas de convocatorias públicas de planes de innovación, derivadas de la realización de proyectos de I+D+i, o derivadas de algún programa marco de I+D+I.

* Cuando haya demostrado su carácter innovador, mediante su propia actividad (que posea una patente en explotación o que tenga o haya tenido en los últimos tres años el derecho de aplicación de deducciones fiscales del Impuesto sobre Sociedades).

* Cuando haya demostrado su capacidad de innovación, mediante alguna de las certificaciones oficiales reconocidas por el Ministerio de Economía y Competitividad.

MuyPymes: ¿Cuáles son las ventajas reales, de cara a la administración de ser reconocida como tal?

Víctor Gonález: El acceso al registro de pyme innovadora y la obtención del Sello facultan a la pyme a exhibir el logo en formato oficial en sus sedes y locales así como en toda su imagen corporativa y publicitaria.
Además, favorece el acceso a la contratación con la Administración puesto que esta tiende a licitar primeramente entre las empresas poseedoras del sello pyme innovadora. Una pyme innovadora pertenecerá al listado de empresas innovadoras del Ministerio de Economía y Competitividad, aumentando enormemente su visibilidad.

MuyPymes: ¿Qué porcentaje de pymes teóricamente pueden solicitar este sello?

Víctor González: Todas las estadísticas indican que el porcentaje de pymes españolas que han innovado o piensan innovar es bajo o muy bajo. Precisamente esta iniciativa de creación de un registro de empresas innovadoras lo que pretende es incentivar el que la empresa emprenda planes innovadores.

Desde el punto de vista fiscal, un plan de I+D+i con informe motivado vinculante positivo de Hacienda a efectos de aplicación de la deducción a la que se refiere el artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre sociedades, tiene una deducción con carácter general de un 25%, y hasta un 42% de la inversión anual en I+D+i con un límite de un 50% anual sobre la cuota del impuesto. Además, el hecho de contratar a personal investigador para un proyecto específico de I+D+i, tiene bonificaciones en cuotas de la seguridad social.

Fuente: http://www.muypymes.com/2015/06/22/eres-una-pyme-innovadora-ahora-puedes-conseguir-el-sello-oficial

VENTAJAS FISCALES DE LOS SEGUROS A CONTRATAR POR UN AUTÓNOMO

Los autónomos se pueden beneficiar de sus seguros de vida, salud e incluso del relativo al vehículo.

Los autónomos pueden deducir parte de los seguros que tienen contratados. Un ahorro fiscal que en muchas ocasiones desconocen. A continuación se analizan cuáles son los tipos de seguros deducibles para los autónomos y las pymes así como hasta qué punto el ahorro de esta partida les puede suponer una reducción considerable de sus gastos.

En primer lugar, el profesional autónomo debe tener en cuenta cuáles son aquellos seguros deducibles, entre ellos el seguro de vida y el seguro de la salud. En el caso de los seguros de vida son deducibles aquellos contratos por parte de los autónomos que cubren los riesgos de fallecimiento y de invalidez hasta un máximo de 500 euros al año. Se trata de un tipo de seguro útil para la mayoría de los autónomos, y especialmente en los casos de que existan otras personas que dependen de ellos, tales como los hijos o el cónyuge.

Por su parte, los seguros de la salud también son deducible. En concreto, los profesionales dados de alta en el RETA y su familia directa, cónyuge e hijos de hasta 25 años, tienen la posibilidad de deducirse hasta 500 euros por persona al año, pudiendo acumular 500 euros adicionales por cada miembro de la familia directa que contrate dicha póliza. Además, también se puede dar el caso de que los autónomos se deduzcan el seguro del vehículo, siempre que este se destine a la realización de su actividad profesional, no a fines privados ni a un uso mixto, privado y profesional.
Empresas y contratados

En paralelo, si un autónomo tiene a su cargo trabajadores contratados podrá deducir los mismos conceptos y cantidades anteriormente mencionados si se produce el caso de que contrate estos seguros para sus empleados. En este sentido, la cuota pagada por la empresa por persona es deducible como "otros gastos sociales".

En lo que respecta a los empleados por autónomos, estos se pueden ver beneficiados de la tarifa reducida por contratación colectiva, que supone un ahorro de costes adicional. asimismo, el pago del seguro a través de la empresa no es considerado retribución en especie para el empleado, por lo que no tributa en el IRPF, hasta un importe de 500 euros anuales por cada miembro de la unidad familiar.

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/06/19/autonomos/1434723399_485045.html

lunes, 22 de junio de 2015

CONSEJOS PARA SOBREVIVIR A LA SOLEDAD DEL AUTÓNOMO.

Algunos de los motivos más recurrentes de los trabajadores para convertirse en autónomos son las ventajas de su su propio jefe, poder dar forma y entidad propia a una idea de negocio, o probarse fuera de la zona de confort.

Una vez pasa el tiempo, y con estos objetivos cubiertos, comienzan a aparecer también los problemas de trabajar por cuenta propia: el agotamiento por desempeñar distintos roles, por trabajar desde casa, o por la falta de compañeros de equipos con los que relacionarse. Estos factores provocan lo que se conoce como "la soledad del autónomo".


Para tratar de hacer más llevaderas estas situaciones incómodas, el coach Javier González, CEO del Instituto Superior Magna Coaching y experto en gestión de RRHH, propone una serie de pautas.

1. Crear vínculos
Para tratar de romer el aislamiento, hay que obligarse a crear vínculos con otros emprendedores en la misma situación, con los que compartir las preocupaciones, como se haría con cualquier compañero de trabajo.

2. Coworking
La fórmula que ofrecen los centros coworking es una opción para romper la dinámica de trabajar desde casa, generando esferas diferenciadas entre la vida personal y la laboral.

3. Racionalizar los horarios
No hay que minusvalorar la importancia de fijar horarios a la jornada de trabajo. Tan importante es el tesón que se deposita en el proyecto como cuidar el espacio para desconectar, socializar o descansar.


Fuente: http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/276460222/emprendedores-pymes/noticias/6805991/06/15/Consejos-para-sobrevivir-a-la-soledad-del-trabajador-autonomo.html#.Kku8YiwjKwKVSR0

CONSEJOS PARA QUE UNA PYME ORGANICE UN EVENTO CON ÉXITO.

En un mundo aparentemente dominado por Internet, el marketing online y los nuevos canales de comunicación con clientes, se dejan de lado estrategias de toda la vida que, sin embargo, siguen funcionando y siendo útiles.

Es el caso de la organización de eventos. Gestionado correctamente, pueden aportar importantes beneficios de marca y ventas a las pequeñas y medianas empresas. 

¿Qué cinco tipos de eventos pueden ser útiles para una pyme hoy día?

Partimos de la base de que la calidad de la terminación del evento para una pyme o para una gran empresa será siempre la misma. Los presupuestos para promocionar una pyme son menores, de modo que trataremos de optimizarlos al máximo en dirección a darle la mayor visibilidad. Es verdad que los montajes grandes permiten más opciones, pero los pequeños podemos potenciarlos haciéndolos más visuales.
  • Convenciones
  • Teambuilding
  •  Evento de Difusión en prensa (viral o informativo)
  • Lanzamiento de producto a clientes
  • Evento promocional
  • Asistencia a ferias nacionales o internacionales.
  • Explotación de patrocinios


Es fundamental aplicar las últimas tecnologías en las campañas de marketing para conseguir la mayor difusión. ¿Qué inversión mínima debe tener un evento para que tenga cierta repercusión?

Todo dependerá de:

1. Del público objetivo del evento: si el evento es generalista requerirá mayor inversión y si es interno irá en función del tamaño de la empresa.
2. Del objetivo perseguido: 
El evento necesita de muy poco recurso, o mucho, en función del objetivo perseguido. ¿Para qué objetivos puede organizarse un evento? (fidelizar, captar nuevos clientes, presentar productos...)

  • De formación: teambuilding y cursos de formación
  • De motivación: convenciones, teambuilding, viajes de incentivos
  • Celebraciones: por consecución de objetivos, aniversarios de compañía o de producto…
  • Eventos de difusión.: eventos de prensa, street marketing...
  • Eventos B2B: ferias, lanzamientos de producto...
  • Eventos B2C: ferias, patrocinios, fidelizacion, promociones
  • Eventos deportivos / musicales: conciertos o competiciones
  • Eventos culturales: Exposiciones…
  • Eventos Institucionales: Foros políticos…

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/06/19/pyme/1434709198_509979.html

11 HERRAMIENTAS GRATUITAS PARA CONSTRUIR TU STARTUP.

Construir una startup puede ser duro, pero vale la pena. Empezar puede ser, en cualquier caso, más simple de lo que algunos puedan pensar, sobre todo gracias a la tecnología. A continuación os mostramos una lista con las startups más importantes:

1. Startup Stash
Startup Stash es un genial directorio de recursos que podemos emplear en nuestra startup. La web está organizada en diferentes categorías, llevándonos desde la generación de ideas, a buscar un nombre adecuado, encontrar dominios y todas las herramientas necesarias para crear, potenciar y hacer conocida a nuestra startup.


2. SquareSpace
Squarespace es una plataforma para crear páginas web. Su diseño es minimalista y elegante. Y su objetivo principal es “proporcionar herramientas creativas para potenciar el futuro de la Web”, según su página oficial. Lo más interesante de Squarespace es que cualquiera lo puede usar y sacarle el provecho a todos sus beneficios, “desde diseñadores creando la próxima generación de la Web y experiencias para móviles, hasta cualquier persona que maneje su presencia en línea por primera vez”.

3. Shake
Shake ayuda a redactar documentos básicos para acuerdos o trámites legales, como contratos, escritos sencillos, entre otros textos. Esta herramienta permite que topo tipo de empresa, sea grande o mediana, pueda ejecutar trámites sencillos, pues esos documentos, que solo son conocidos o tramitados por los abogados, estarán a la mano del usuario.
De igual forma, ayuda a que los temas jurídicos sean más comprensibles y de sencillo acceso. Shake cuenta con interesantes plantillas para que el usuario puedo finalmente convertir un texto en propio.

4. The Name App
Se trata de un generador de nombres gratis. Busca dominios y perfiles sociales para tu startup. Útil cuando estás empezando e intentando dar con una web con presencia.

5. Content Idea Generator
Esta herramienta nos ayuda a encontrar ideas para crear contenidos. Si tienes un tema, una keyword o una vaga idea de lo que quieres pero todavía no te lanzas a escribir esta herramienta te puede ayudar.

6. Pablo by Buffer
No cabe duda de que las actualizaciones de estado con imágenes en Twitter y Facebook atraen mayor atención de los usuarios, y por ende, crean mayor participación. En este contexto, Buffer dispone de su herramienta de edición gráfica llamada Pablo, con la que los usuarios podrán editar imágenes, a las cuales incorporarán textos, para emplearlas no sólo en las mencionadas plataformas sociales, sino además en otras y para distintos motivos, ya sea informativo, a modo de invitación, para destacar una frase célebre, o cualquier otro motivo.

7. Stock Snap.io
Es un sitio donde los usuarios pueden encontrar imágenes en alta definición totalmente gratis, pudiendo utilizarlas en tus proyectos personales o comerciales sin violar los derechos de autor.
El sitio cuenta con diversas categorías, un buscador propio, para facilitar el poder localizar esas imágenes que necesitas para incluir en tus proyectos.

8. Freebbble
Esta web tiene más de 1.000 diseños de calidad hechos por los usuarios de Dribbble. Muchos son editables y pueden ser usados para web y móvil. Tiene una muy buena colección.

9. Type Form
Este es un plan gratuito para crear encuestas, formularios, formas de pago, etcétera. Es una muy buena forma de tenerlos y enviarlos por web y móvil.

10. SumoMe
Es una buena para crear “building lists”, mapas de calor, popups de email, etcétera.

11. Awesome Screenshot
Este site hace simples las capturas de pantalla y te permite marcar las imágenes. Esta página parece decir “es más fácil comunicar con imágenes”.+

Fuente: http://www.muypymes.com/2015/06/19/herramientas-gratuitas-startup

TRABAJAR DESDE CASA SIENDO AUTÓNOMO.

Hoy en día, gracias a la expansión de Internet y al imparable desarrollo de las nuevas tecnologías, trabajar desde casa siendo autónomo es una realidad al alcance de todos. 

Cada vez son más las empresas que subcontratan personal autónomo para realizar trabajos desde su domicilio e, incluso, autónomos que crean y dirigen su propia empresa desde el escritorio de su casa.

La comodidad del hogar puede ser una pieza clave para aumentar la productividad en el trabajo, aunque es conveniente organizar bien la jornada y evitar las distracciones cotidianas. Además, si trabajas desde casa y eres autónomo, te interesa saber que puede deducir los gastos del domicilio propio, siempre y cuando esos gastos estén provocados por el desempeño de tu actividad profesional.

Trabajar desde casa siendo autónomo tiene múltiples ventajas: te permite ser tu propio jefe, tener un horario a medida y conciliar tu vida familiar o social con un empleo.

Tipos de trabajos desde casa para autónomos

Diseñadores, traductores, teleoperadores, redactores de contenido, editores, profesores de idiomas,… Son muchas las profesiones que se han apuntado a la moda del teletrabajo o trabajo a distancia y, con ello, han surgido una gran cantidad de tipos de trabajo desde casapara autónomos.
Con las nuevas tecnologías ahora es posible llevar la oficina a casa, estar en contacto con los jefes sin necesidad de desplazamientos y adaptar el horario de trabajo a tus necesidades. Además, lostrabajos desde casa también permiten una mayor conciliación de la vida familiar y profesional, así como aliviar el estrés y el trajín del día a día.

Ventajas y desventajas de trabajar desde casa

El trabajo desde casa tiene la ventaja de ser ecológico, barato y flexible para el trabajador autónomo, aunque también es solitario y, en ocasiones, precario. Por ello, te explicamos las ventajas y desventajas de trabajar desde casa si estás valorando la posibilidad de optar por esta modalidad de trabajo.
En este punto, también debes saber que existen una serie gastos que te puedes deducir si trabajas desde casa, ya sea tuya o esté alquilada.

Gestión del tiempo para autónomos

La organización del trabajo y la claridad de los objetivos son claves para la buena gestión del tiempo para los autónomos y, con ello, para el aumento de la productividad. Muchas veces las 24 horas del día no son suficientes para llevar a término todas las tareas encomendadas. Por ello, no hay nada más importante para el autónomo que aprender a gestionar bien sus horas de trabajo y dedicación.

¿Cómo ser más productivo?

Para ser más productivo y eficiente en el trabajo, es fundamental la capacidad de concentración y organización para realizar las tareas. Ya sea en un negocio, en el trabajo o en la vida cotidiana, saber cómo ser más productivos constituye un requisito fundamental para alcanzar el éxito y la satisfacción personal y profesional.

Fuente: http://www.serautonomo.net/trabajar-desde-casa-siendo-autonomo