jueves, 20 de diciembre de 2012

22.000 millones de euros para autónomos y empresas en 2013 procedentes del ICO

Se mejora la financiación y fomenta la internacionalización.
El Instituto de Crédito Oficial (ICO) pondrá a disposición de autónomos y empresas un total de 22.000 millones de euros el próximo año a través de las 'Líneas ICO 2013'. Dichas líneas estarán disponibles a partir del 2 de enero y suponen para el instituto "una apuesta por la mejora de la financiación de las necesidades de liquidez de las empresas, así como por el apoyo y el fomento de la internacionalización de las compañías españolas, ya que financian tanto las inversiones en el exterior como la actividad exportadora", argumenta el presidente de la entidad, Román Escolano.
Desde el punto de vista operativo, uno de los principales objetivos del ICO es unificar y simplificar los distintos productos existentes y dar cobertura a las necesidades financieras de empresas y autónomos.
En concreto, la entidad ha presentado cuatro líneas de financiación para el próximo ejercicio que se podrán tramitar a través de la red de oficinas de entidades de crédito (bancos y cajas), que se encargarán de analizar los proyectos, exigir las garantías y cubrir el riesgo de las operaciones.
La 'Línea ICO Empresas y Emprendedores' tiene una dotación económica de 18.000 millones de euros, y contará con un importe máximo de financiación de 10 millones por cliente, concedidos mediante préstamo o 'leasing' y con plazos de amortización de hasta 20 años.
Por su parte, la 'Línea ICO SGR 2013' cuenta con un importe de 200 millones para financiar los proyectos que tengan un aval de una sociedad de garantía recíproca (SGR). El importe máximo de financiación es de un millón de euros por cliente.
La 'Línea ICO Internacional' tiene una dotación de 4.000 millones de euros "para facilitar a los autónomos y empresas financiación para acometer sus inversiones fuera del territorio nacional y cubrir las necesidades de liquidez que ocasionan dichas inversiones". El importe máximo de financiación por proyecto es de 10 millones.
Por último, la 'Línea ICO Exportadores 2013' pondrá a disposición de los interesados 500 millones de euros "para potenciar la vocación exportadora". El importe máximo es de cinco millones por cliente.

miércoles, 19 de diciembre de 2012

2012 se salda con 6.500 autónomos extranjeros más

Cada día laborable surgen doce nuevos autónomos chinos.
El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) no ha registrado unos buenos datos en el último mes en cuanto al emprendimiento foráneo, ya que han desaparecido un total de 1.450 autónomos, dejando en 215.675 la cifra de afiliados extranjeros.

Sin embargo, según cifras de la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (Uatae), en términos interanuales el número de autónomos extranjeros ha aumentado en 6.459 afiliaciones.

Y es que, pese a la pérdida del 9,3% de los autónomos dedicados a la construcción en estos doce últimos meses, y junto con el descenso del 0,5% en actividades artísticas, el resto de actividades ven aumentos de afiliación en términos interanuales.

Por nacionalidades, a pesar de que en términos intermensuales tan solo destaque el crecimiento de los autónomos de origen chino, que suman 313 afiliaciones en noviembre, en relación con el mismo mes de 2011 se aprecia un aumento en las afiliaciones de rumanos (+830) marroquíes (+698) o italianos (+269), aunque indiscutiblemente el mayor aumento lo presentan los chinos con 12 nuevos autónomos cada día laborable.

Para Uatae, el hecho de que los datos en términos interanuales sean positivos es motivo de celebración, así como el hecho de que, a pesar de la tremenda caída en la construcción, los trabajadores extranjeros estén buscando alternativas en otros sectores y actividades.

Para María José Landaburu, secretaria general del colectivo, "el éxito en el emprendimiento chino reside fundamentalmente en los mecanismos de autofinanciación de los que dispone este colectivo", por lo que desde Uatae solicitan al Gobierno que el crédito vuelva a fluir para familias y autónomos.

martes, 18 de diciembre de 2012

300.000 autónomos afectados por las tasas judiciales

Más de 300.000 autónomos se verán afectados por la entrada en vigor de las nuevas tasas judiciales y paradójicamente, en vez de poder reclamar la ingente cantidad de dinero que les deben las Administraciones, la medida no hace si no ponerles más palos en las ruedas en este sentido, al igual que si intentan reclamar los efectos de comercio impagados o los clientes que incumplan con la Lay de Morosidad.

Como último eslabón del tejido productivo, los autónomos, serán los que se vean más perjudicados por estas tasas, ya que verán como la reclamación de impagos no les será rentable en muchos casos.

En virtud de esta reforma, y según el Gobierno, los usuarios españoles de la Justicia van a pagar el 10 por ciento de lo que cuesta esta, mientras que el 90 por ciento restante lo van a pagar los contribuyentes "sean o no usuarios del servicio de la Justicia".

Para UATAE, la administración de Justicia no es un servicio (como el de alumbrado público o recogida de basuras) sino un poder del Estado y un derecho fundamental, el derecho a la tutela judicial efectiva, que en virtud de estas tasas se ve lamentablemente cercenado.

Para UATAE, es injustificable que aquel que ha visto vulnerados sus derechos deba de abonar las tasas judiciales y reclama que sea el deudor, en caso de reclamación de deudas, quien haga frente a estas tasas.

“No es suficiente sufrir el impago de un cliente, tener que reclamarle incesantemente el pago de la factura, intentar solucionar el problema de tesorería asociado para no dejar de pagar a tus propios proveedores, para que además sea el perjudicado quien ha de abonar las tasas judiciales” declaraba María José Landaburu, Secretaria General de UATAE.

El gobierno catalán deroga las ayudas a los trabajadores que quieran hacerse autónomos

El Govern de Cataluña ha derogado la orden de subvenciones de promoción del trabajo autónomo y las subvenciones consistentes en el abono de las cuotas de la Seguridad Social, que se financiaban a través de la conferencia sectorial del Empleo y Asuntos Laborales del Estado, informa la Conselleria de Empresa y Empleo.

La Conselleria lo justifica con la reducción de los fondos estatales para políticas activas de empleo, que se han recortado en un 57% en Catalunya, y que en el caso de la promoción del trabajo autónomo la reducción ha sido del 74%.

Ha reiterado que el Gobierno aún no ha transferido los 191 millones de euros para financiar las políticas activas de empleo de 2012 aprobados por la Conferencia Sectorial de Empleo de comunidades autónomas del mes de mayo.

La Conselleria ha indicado que ante esta situación ha tenido que reasignar y priorizar los recursos recibidos hacia los programas de inserción de personas con dificultades especiales, de forma que no se han podido destinar los recursos al programa de promoción al trabajo autónomo.

Ha añadido que este año el Govern ha impulsado diferentes iniciativas de apoyo a este colectivo como la línea de financiación de autónomos y comercios y el plan de apoyo al trabajo autónomo.

lunes, 17 de diciembre de 2012

Los autónomos seguirán pagando IVA por facturas no cobradas


El pasado viernes 14 de diciembre, en el Consejo de Ministros, la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría evitó pronunciarse respecto a una de las reivindicaciones más demandas por el colectivo de autónomos y pymes: dejar de adelantar el dinero del IVA por facturas no coabradas.
Se trata de un asunto de especial gravedad en estos momentos. Los autónomos tardan hasta ocho meses en cobrar de Hacienda el dinero que les corresponde, cuando han soportado más IVA que el que han repercutido a sus clientes.
La vicepresidenta del Gobierno se limitó a enumerar los proyectos destinados a incentivar y proteger a los emprendedores, además de mencionar los créditos ICO y otras fórmulas de financiación que está estudiando el Ejecutivo, así como las medidas destinadas a “favorecer a los emprendedores que han fracasado para que tengan una segunda oportunidad”.

viernes, 14 de diciembre de 2012

La morosidad de las Administraciones con los autónomos crece a un ritmo de seis millones de euros diarios

Como indicábamos ayer, la Administración es el principal moroso de los autónomos. Por el momento, como ya hemos especificado en este blog, esa deuda asciende a 5.500 millones de euros, pero es que lejos de remitir, desde el Observatorio del Trabajo Autónomo esa cifra crece imparablemente al ritmo de unos seis millones de euros diarios. Y ésta, está siendo la principal causa de destrucción de empleo en el colectivo, en concreto, uno de cada cuatro nuevos parados.
Por otro lado, el periodo medio de pago de estas instituciones es de unos cinco meses y medio. Todo en su conjunto provoca una grave situación en un colectivo como el de los autónomos, el cual tiene un notorio protagonismo en el dinamismo económico del país. No se olvide que es refugio de emprendedores o de trabajadores que deciden autoemplearse para escapar del paro.
Todo queda a la espera de que el año que viene entre en vigor una directiva europea que obliga a las Administraciones de los países miembros a pagar los servicios contratados a 30 días.    

jueves, 13 de diciembre de 2012

"Proyecto de Ley de lucha contra el empleo irregular y el Fraude a la Seguridad Social"

Miquel Benabarre Casals. Secretaría General de Activa Mutua.
El Senado está tramitando actualmente el Proyecto de Ley descrito en el título de este artículo. La nueva norma, que sin duda verá a la luz dada la mayoría parlamentaria que sustenta al Gobierno, completa la reforma normativa contra el fraude, tanto el de carácter fiscal con la Ley 7/2012 como ariete en esta materia, como en el ámbito social, con el Proyecto de Ley que ahora comentaremos, y como vértice la modificación del Código Penal que también se encuentra en tramitación en el Senado, por medio de la correspondiente Ley Orgánica.
Este breve comentario al Proyecto de Ley se realiza en base a la redacción que puede hallarse en la web del senado (www.senado.es), que corresponde al texto que la Cámara Baja le remitió, por lo que aún pueden producirse novedades con respecto a su redacción.
Con carácter general señalaremos que no existe crítica alguna  a la necesidad de luchar contra el fraude fiscal y a la Seguridad Social, ahora bien, también es necesario ponderar equilibradamente que instrumentos se otorgan a la Administración, por cuanto existe el riesgo de dotar con unos medios ilimitados la actuación de la administración y a la vez castigar con rigor excesivo actuaciones erróneas y no dolosas de los administrados, con lo que más que un criterio de “prevención general” se corre el riesgo de una desincentivación genérica de la actividad económica, es decir, que los amplios medios con los que contará la Administración deben dirigirse contra el gran fraude y no contra el ciudadano medio (o bajo si me permiten la expresión) que lucha denodadamente por su supervivencia.
Así mismo, la actuación en el ámbito económico de cualquier sujeto, implica (lo que no es ninguna novedad) el acompañamiento de profesionales expertos del ámbito fiscal y social, sin duda alguna, esta necesidad se incrementará exponencialmente con la entrada en vigor de la futura Ley, salvo que el actor económico quiera realizar un salto al vacío,  toda vez que las facultades otorgadas a la Administración, los tipos infractores, las sanciones que derivan de las actuaciones administrativas, justifican aún más su necesaria asistencia. 
1.- MODIFICACION DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES
El Proyecto de Ley se centra en el artículo 42 apartado segundo. El artículo 42 regula la responsabilidad del empresario principal por las deudas ante la Seguridad Social y salariales de los trabajadores al servicio de las empresas contratistas y subcontratistas, siempre que las tareas contratadas o subcontratadas sean propias de la actividad del empresario principal.
El apartado 1 del artículo 42 no sufre variación, en cuanto a la exoneración del empresario principal, si comprueba la carencia de deudas ante la Seguridad Social del contratista o subcontratista.
Es el apartado 2 el que presentará importantes novedades, que resumidamente son:
a.    Se introduce una disociación entre las deudas a la Seguridad Social y las deudas salariales de los contratistas y subcontratistas. En la actual redacción, ambos tipos de deuda se sujetaban a un mismo periodo de extensión temporal,  un año.
b.    Sin embargo, el nuevo redactado prevé que la  responsabilidad solidaria por deudas de la Seguridad Social del empresario principal será de tres años desde la finalización de la contrata.
c.    Queda incólume la responsabilidad solidaria por las deudas salariales, que continua vigente durante un año desde la finalización de la contrata, como la exoneración de los trabajos que realicen por el cabeza de familia para la construcción o reparación de su vivienda o la del empresario que realiza la contrata no por su condición de empresario.
2.- MODIFICACION DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Se modifica el artículo 31, apartado 4, de forma que la sanción por un acta de infracción que se emite simultáneamente con la de liquidación de cuotas, se beneficiará de una reducción del 50% de su cuantía, si el infractor diese su conformidad. La novedad se centra en que la reducción se aplicará siempre que la cuantía de la liquidación supere la de la sanción propuesta inicialmente.
3.- MODIFICACION DE LA LEY ORDENADORA DE LA INSPECCION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (Ley 42/1997 de 14 de noviembre).
3.1.- Modificación del artículo 5
Se añade un segundo párrafo al apartado 3.3.- de forma que si la información a facilitar o a la que tenga acceso la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que acrediten el cumplimento de las obligaciones propias o de terceros, o cualquier otra información, si se conservan en formato electrónico deberá suministrarse en dicho formato, “y en formato tratable, legible y compatible con los de uso generalizado en el momento en que se realice la actuación inspectora, cuando así fuese requerido”.
3.2.- Modificación del artículo 9
3.2.1.- El apartado 1 del  artículo 9 se someterá a una profunda renovación, de forma que se substituirá la invocación genérica de los obligados a suministrar información a la Inspección de la Seguridad Social, por una descripción más detallada de los sujetos activos de la obligación y con una cláusula de cierre genérica.
La redacción actualmente vigente señala que las Administraciones Públicas y cuantas personas ejerzan funciones públicas vienen obligadas a prestar colaboración a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
La nueva redacción, más ambiciosa, cita expresamente a “las autoridades, cualquiera que sea su naturaleza, los titulares de los órganos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las entidades locales; los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales; las cámaras y corporaciones, colegios y asociaciones profesionales; las mutualidades de previsión social”, para seguidamente establecer una cláusula genérica de cierre “las demás entidades públicas, y quienes, en general, ejerzan funciones públicas”.
Quizás, en aras a la coherencia del ordenamiento jurídico, la modificación de este apartado primero, dada su vocación erga omnes, hubiera podido utilizar la expresión “integrantes del sector público” remitiéndose para ello a la Ley de Contratos del Sector Público, con los añadidos de las mutualidades previsión social, corporación, colegios y asociaciones empresariales.
Así mismo, se plantea la duda de la expresión “ejerzan funciones públicas”, toda vez que en ocasiones puede resultar dudoso si una persona jurídica o física las ejerce o no.
3.2.2.- Se añade un nuevo apartado 2 del artículo 9 de forma que el Consejo General del Notariado suministrará a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de forma telemática, la información del Índice único informatizado que tenga trascendencia en relación con la actividad inspectora.
Como consecuencia del nuevo apartado 2, el resto de los apartados se reenumeran, sin que la redacción actualmente vigente sufra variación.
3.2.3.- Mutualidades de Previsión Social alternativas
Novedad de gran trascendencia, toda vez que se contempla expresamente que “las mutualidades de previsión social deberán colaborar y suministrar a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social los datos e informes que resulten necesarios para el adecuado desarrollo de la actividad de la Inspección, en lo relativo a su condición de entidad alternativa al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos”.
Finalizará, caso de seguir en el texto que finalmente se apruebe, el limbo del que disfrutaban los profesionales con posibilidad de asociarse a una mutualidad de previsión alternativa, toda vez que la Inspección podrá comprobar sin limitación la adecuada afiliación a la mutualidad y su equiparación con el régimen público de la Seguridad Social, a efectos de cotización y de prestaciones.
3.2.4.- Protección de Datos
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrán acceder a todos los datos que la función inspectora le sean precisos, para ello no será requisito el consentimiento del interesado ni la información a suministrarle conforme a la Ley Orgánica 15/1999. Los datos sólo podrán emplearse para la función inspectora.
3.3.- Se modifica el apartado 2 del artículo 14.
Este apartado regula el devenir de la actuación inspectora, principalmente cuando existan actuaciones dilatorias por parte del sujeto inspeccionado.
La nueva redacción amplia sustancialmente los plazos del ejercicio de la inspección y los motivos por los cuales puede dilatarse el procedimiento.
En primer término, se mantiene el término de nueve meses para la conclusión del trámite administrativo, salvo que la dilación, si existiera, fuera imputable al sujeto inspeccionado o a las personas que dependan de ésta.
No obstante podrá ampliarse, con el alcance y requisitos que reglamentariamente se establezcan, por otro periodo de nueve meses, cuando concurran las siguientes circunstancias:
a.    Cuando las actividades de inspección revistan especial dificultad y complejidad. Se entiende que se produce atendiendo al volumen de operaciones de la persona o de la entidad, por la dispersión geográfica de sus actividades, y en aquellos otros supuestos que indique una norma reglamentaria.
b.    Cuando en el transcurso de las mismas se descubra que el sujeto inspeccionado ha obstruido u ocultado al órgano inspector alguna de sus actividades o de las personas que las desempeñen.
c.    Cuando la actuación Inspectora requiera de cooperación administrativa internacional.
El desarrollo reglamentario de esta disposición se inserta en la propia Ley, por cuanto su Disposición Final Segunda modifica el Real Decreto 138/2000 que aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. No es el propósito de esta recensión el acoger un análisis exhaustivo del redactado del proyecto de Ley y de la modificación reglamentaria, pero suscitan serias dudas ciertos conceptos jurídicos indeterminados que pueden soslayar la seguridad jurídica de los administrados.
Por último, en relación con el apartado 2 del artículo 14, se alarga el periodo en el que no se podrá interrumpir un proceso inspector de tres meses a cinco meses, salvo que la interrupción sea causada por el sujeto inspeccionado o por las personas de él dependientes. No se modifica la posibilidad de que las comprobaciones efectuadas por la actuación inspectora sirvan de antecedentes para sucesivas inspecciones.
4.- MODIFICACION DE LA LEY DE INFRACCIONES y SANCIONES EN EL ORDEN SOCIAL
Las modificaciones en cuanto a los tipos de infracción y las sanciones a aplicar exceden del propósito de estas breves líneas. Sin embargo, hemos de llamar la atención del lector de que además de adaptar la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social al nuevo marco de los beneficios y bonificaciones sociales que impuso la Disposición Transitoria Sexta del Real Decreto Ley 20/2012, incrementa los tipos de infracción que puede cometer el empresario, con consecuencias importantísimas en cuanto a la pérdida de los incentivos o bonificaciones en materia de contratación.
5.- BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN
La Disposición Final Quinta da nueva redacción a la Disposición Transitoria Sexta del Real Decreto Ley 20/2012 de 13 de julio que suprimía el derecho a la aplicación de bonificaciones.
La nueva redacción de la Disposición Transitoria Sexta se aplicará con efectos desde el día 15 de julio de 2012.
Se añaden al apartado 2 de la transitoria del Real Decreto Ley 20/2012 nuevas bonificaciones excepcionadas a la supresión general del apartado 1, en concreto las letras m) a q).
6.- OTRAS NOVEDADES
6.1.- Se modifica el artículo 5 del Real Decreto Ley 5/2011 de 29 de abril de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas. Se especifica bien claramente que el control previo que debe realizar la empresa principal para cerciorarse de que los trabajadores de las contratas o subcontratas están de alta a la Seguridad Social, debe realizarse “de cada uno de” los trabajadores. Se aplica esta obligación cuando la actividad contratada o subcontratada sea propia de la actividad del empresario principal y durante el tiempo de ejecución de la contrata.
6.2.- Notificaciones electrónicas a través del Tablón de Edictos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Se crea el Tablón de Edictos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, cuyo efecto más importante será que publicado en él una notificación, transcurrido el periodo de veinte días se entenderá que dicha notificación se habrá producido. Además se prevé dicho Tablón en el caso de si existe traspaso de la Inspección a favor de alguna Comunidad Autónoma.
Este es un aspecto potencialmente peligroso para la seguridad jurídica del administrado, que deberá cuidar bien de gestionar adecuadamente todos  los buzones electrónicos administrativos que están vigentes o bien en pleno proceso de creación.
6.3.- Creación de una consulta telemática sobre cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social.
Se facilitará por medio de norma reglamentaria que telemáticamente los empresarios principales puedan obtener la información correspondiente al cumplimiento de las obligaciones de la Seguridad Social de los contratistas y subcontratistas.

Los autónomos a tiempo parcial reclaman una cotización a medida

Sebastián Reyna, que es el secretario general de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA-UGT), reclama al Gobierno que «articule una nueva cotización a tiempo parcial para los trabajadores por cuenta propia, más concretamente para los más jóvenes, dadas las circunstancias». Reyna hizo esta solicitud en el primer acto que acoge la recién inaugurada Escuela de Empresarias.
«Los trabajadores autónomos, prácticamente, son los que ponen las calles: te vas a tomar un café y te encuentras a un autónomo, en el quiosco, igual. Coges el taxi y tienes otro trabajador por cuenta propia...», explicó Reyna. «En España son más de 3 millones las personas autónomas. Todos tenemos un autónomo a nuestro lado», explicó. «¿Cómo es el retrato de una empresa media? No, no es una sociedad: es un trabajador autónomo que, si lo tiene, cuenta con un único empleado. Las empresas inscritas en el directorio son tres millones y medio, de ellas, medio millón no tienen actividad. Esta cifra coincide con el número de los autónomos registrados: 2 millones son personas físicas», desveló Reyna. «Ser autonómo es algo más que normal en España», recalcó el veterano sindicalista.
Reyna reivindicó en su charla «la cultura del autoempleo». «El sistema capitalista no fomenta la capacidad de iniciativa: paga por un trabajo y nada más», apuntó.
Reyna hizo un repaso de la situación actual: «Tenemos empresas huecas, las que lo externalizan todo. Las cafeterías de los hospitales fueron en un momento externalizadas, también el servicio de limpieza... Lo que pasa ahora es que se externalizan núcleos de producción: el servicio de cirugía...».

miércoles, 12 de diciembre de 2012

Uno de cada cinco autónomos desaparece por la morosidad pública, que asciende ya a 5.100 millones

Las distintas administraciones deben 5.510 millones de euros a autónomos y pymes, según denuncia la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), que además responsabiliza a las instituciones de ser “el principal foco de destrucción de empleo” entre los pequeños empresarios. “Uno de cada cinco autónomos que cierran su negocio en la actualidad es por culpa de la morosidad pública”, asegura Lorenzo Amor, presidente de ATA.
La deuda comprende pagos no efectuados entre enero y finales de noviembre de este año, pero también facturas correspondientes a ejercicios precedentes que no se pudieron acoger al Plan de Pago a Proveedores que llevó a cabo el Gobierno durante el primer semestre del año. Los datos -recogidos en una encuesta realizada por el Observatorio de Trabajo Autónomo de la asociación- revelan que las administraciones públicas (gobiernos autonómicos, diputaciones, entes locales y empresas públicas) tardan una media de 163 días en pagar a sus proveedores, cifra que supera en más de tres veces el ratio europeo (51 días).
El plazo de pago de facturas es superior en las administraciones que concentran el mayor volumen de contratación de autónomos y pymes. Así, la central abona sus deudas en una media de 69 días; las comunidades autónomas en 149 y los ayuntamientos, en 177. Aún así, ATA está comprobando un progresivo aumento de la morosidad por parte de los gobiernos de las comunidades autónomas.
“Algunas se jactan de no aplicar recortes en sanidad o educación, pero luego no pagan a sus proveedores”, se queja Lorenzo Amor, que ha aludido directamente al caso de Andalucía, cuyas administraciones públicas ocupan el tercer puesto en el ránking de morosidad (166 días) por detrás de Catalunya y Comunidad Valenciana (166). Las más cumplidoras son las de País Vasco (49 días), Navarra (51) y La Rioja (55).
La encuesta revela que cuatro de cada diez autónomos tarda más de seis meses en cobrar, y que solo el 11,8% lo hace antes de 90 días. Amor denuncia “el incumplimiento generalizado” de la ley de morosidad española, que para este año contempla un plazo máximo de 45 días en el pago de facturas, “pero que no tiene ningún régimen sancionador”.
Y ha avanzado que, a partir del 16 de marzo del año que viene –cuando entra en vigor una directiva europea que reduce ese periodo de mora a 30 días- la asociación que preside denunciará a las administraciones incumplidoras. “Un país serio que quiere ganarse la credibilidad de los mercados, los ciudadanos y el resto de Europa, no puede permitirse que sus administraciones públicas tarden en pagar a sus proveedores más de cinco meses”, sostiene Amor.
El presidente de ATA ha valorado el Plan de Pago a Proveedores impulsado por el Gobierno central, que facilitó a entes locales y comunidades autónomas el pago de facturas, como “una de las medidas más importantes que se han tomado desde que se inició la crisis”, y que ha permitido “a muchos autónomos sostener sus negocios”. Pero ha advertido de que “la bola sigue aumentando”, de forma que muchas administraciones “están logrando financiarse gracias en parte al esfuerzo de muchos autónomos y pequeños empresarios a los que no pagan las facturas”.

martes, 11 de diciembre de 2012

La crisis reorienta las actividades de los autónomos


La actividad sanitaria es la que más crece entre los autónomos.
Según el estudio elaborado por la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores, UATAE, en base a los datos publicados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, las actividades que presentan crecimiento en términos interanuales dentro del colectivo de autónomos se centran en actividades sanitarias (+4,79%), de educación (+2,23%), profesionales científicas y técnicas (+1,25%).
Las actividades financieras, así como las relacionadas con la comunicación e información son otras que ven datos positivos en la afiliación.
María José Landaburu, Secretaria General de UATAE, considera que el hecho de que este tipo de emprendedores, preparados y formados apuesten por el autoempleo es motivo de celebración y un dato muy positivo para el colectivo, a pesar de la sangría en la afiliación que estamos viendo mes a mes en las actividades más tradicionales del colectivo como lo son la construcción, comercio, hostelería y transporte.
Por ello, Landaburu ha solicitado al Gobierno que ponga en marcha acciones encaminadas por un lado a facilitar a aquellos autónomos que lo deseen las herramientas necesarias para redirigir sus actividades más tradicionales a actividades atractivas para el consumidor, y por otro a promover el emprendimiento en estas nuevas actividades que están demostrando un gran potencial en el autoempleo.

lunes, 10 de diciembre de 2012

La renta declarada por los autónomos ha caído un 10% desde el inicio de la crisis, según UPTA

El rendimiento neto anual declarado por los trabajadores autónomos se ha reducido un 10% desde 2007, coincidiendo con el inicio de la crisis económica, según datos de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA).
En concreto, las ganancias declaradas por los autónomos que tributan en estimación objetiva ascendían a una media de 10.381 euros en 2011, frente a los 11.744 euros correspondientes al año 2001, es decir una disminución de casi 1.000 euros anuales, según las cifras que maneja UPTA y que cita datos de la Agencia Tributaria.
La organización también indica que los nuevos cambios fiscales y el cierre de muchos negocios ha provocado que el número de autónomos que declaran por este sistema de módulos, según criterios objetivos de beneficio estimado, haya sufrido una disminución de casi un 15% en el mismo periodo, pasando de los 648.485 en 2007 a 542.444 en el año 2011.
UPTA considera que estos datos justifican un cambio en el sistema de módulos que permita adaptar el mismo a la realidad económica y hacerlo "más equilibrado" con respecto a los rendimientos netos efectivos, ya que de lo contrario el esfuerzo fiscal de este colectivo es cada vez mayor porque debe hacer frente al pago de los mismos módulos del IRPF pero con menores rendimientos.
Así, recuerda que el Gobierno mantiene en lps Presupuestos de 2013 una disminución lineal de un 5% sobre los rendimientos netos medios en el sistema de módulos como medida de compensación fiscal, pero UPTA afirma de que esta reducción se queda en la mitad de la disminución real de ingresos y beneficios de este colectivo.

viernes, 7 de diciembre de 2012

El colectivo de autónomos persona física desciende en 38.309, un 2% menos que hace un año

El número de autónomos persona física, es decir, que no están constituidos como una empresa, ha descendido en 38.309, un 2% menos en el período comprendido entre septiembre de 2011 y el mismo mes de este año, según un estudio realizado por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).
   La pérdida de autónomos persona física en varones concentra el 82,9%, lo que supone 31.750 hombres menos frente a los 6.559 de las mujeres.
   Según el informe, están emergiendo nuevo nichos de empleo como en el caso de las actividades sanitarias con un crecimiento del 4,8%, en las actividades financieras y de seguros que subió un 1,7% y en el sector de la información y comunicación con un 1,6% más de trabajadores.
   Sin embargo, el sector más afectado fue el de la construcción con una caída del 7,9%, lo que supone 17.931 trabajadores menos, seguido de la industria con una bajada del 4,5% y el de la agricultura con un 3% menos de autónomos.
   Si se desglosan los autónomos persona física en autónomos con asalariados y autónomos que no tienen trabajadores a su cargo, el número de trabajadores sin nadie a su cargo descendió un 3,3% entre el pasado mes de septiembre de 2011 y el mismo mes de este año.
   El número de autónomos con asalariados aumentó en 13.685 personas, un 3,5% más. El número de trabajadores que cuentan con alguien a su cargo supone el 21,2% del total frente a los que no tienen a nadie a su cargo que son ocho de cada diez del colectivo.
   El informe muestra que el colectivo con un trabajador a su cargo, siendo este el más numeroso (223.716), subió en un 6,7% seguido de los autónomos con cinco o más trabajadores a su cargo que creció un 2,4% más.
   El número de autónomos con dos trabajadores a su cargo y el número de autónomos con tres trabajadores, descendieron un 1,3% y un 0,5%, respectivamente.
El informe señala como los 408.503 autónomos persona física --que no son empresa-- y que cuentan con trabajadores a su cargo generan un total de 781.539 puestos de trabajo.
   Tras cuatro años de descenso, el empleo generado por este colectivo ha aumentado un 2,1% en el último año, es decir, emplean a 15.933 trabajadores más que hace un año, pasando de ser 765.605 los trabajadores contratados por un autónomo persona física en septiembre de 2011 a los 781.539 en septiembre de 2012.
   El presidente de la ATA, Lorenzo Amor, señaló que las cifras muestran la necesidad de apostar por los autónomos como llave para la generación de empleo y para la recuperación económica.

miércoles, 5 de diciembre de 2012

En noviembre desaparecieron 337 autónomos al día

Durante el pasado mes, 14 autónomos
se precipitaban cada hora al vacío. 
El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social perdió una media de 337 autónomos al día en el mes de noviembre o, lo que es lo mismo, 14 autónomos a la hora, según han destacado las organizaciones de autónomos más representativas. En total, 10.108 trabajadores por cuenta propia se dieron de baja en el RETA durante el mes de noviembre, pérdida que llega a casi 50.000 si la comparación se hace con el mismo mes de 2011.
Desde ATA, su presidente, Lorenzo Amor, ha destacado que la subida del paro y la caída de la afiliación en noviembre reflejan el "drama de la economía española", de la que no puede esperarse una recuperación "a corto plazo".
"Un mes más nos despertamos con un dato de empleo para temblar. En España, cada hora en noviembre tenemos 103 parados más, 14 autónomos y una pérdida de 286 afiliados a la Seguridad Social", ha denunciado Amor, que ha advertido de que queda por delante "un final de año realmente complicado".
Como dato positivo, ATA ha resaltado que, mientras el paro aumenta, el número de trabajadores que emplean los autónomos ha crecido un 2,1% en el último año, hasta los 791.000 puestos de trabajo, por lo que Amor ha pedido que se apueste por el autoempleo "como llave" para la generación de empleo y "palanca" de la recuperación económica.
UPTA, por su parte, ha advertido de que "no hay ningún motivo" para pensar que la evolución negativa de la afiliación al RETA vaya a cambiar en los próximos meses, pues el crédito sigue sin fluir, la morosidad continúa al alza y la confianza se ha reducido.
"Todos los indicadores económicos nos hacen presagiar un invierno muy duro para los autónomos", ha subrayado el secretario general de UPTA, Sebastián Reyna.
La organización da por perdido este año en el objetivo de recuperar el crecimiento del trabajo autónomo, por lo que ha pedido al Gobierno un "compromiso político claro" para impulsar el autoempleo en esta legislatura hasta lograr un crecimiento cercano al 5%.
Desde UATAE, su secretaria general, María José Landaburu, ha subrayado que los datos de noviembre, peores que los de 2011, prueban que el colectivo necesita las medidas anunciadas por el Gobierno, que no acaban "de ver la luz".
Sobre todo, ha dicho, se necesita que a los autónomos se les pague lo que se les debe y que se les facilite la actividad. De no ser así, "está sangría no parará y la recuperación del país estará cada vez más lejos", ha alertado Landaburu.

martes, 4 de diciembre de 2012

El pago aplazado del IVA a los autónomos, duerme el sueño de los justos

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, continúa sin concretar el pago aplazado del IVA a los autónomos. “Lo tengo en mi conciencia, será más pronto que tarde", aseguró recientemente.
Recuérdese que esta medida fue impuesta por la Unión Europea el pasado 13 de julio de 2010, pero ni PSOE ni PP se decidieron a ponerla en marcha. Y eso que Mariano Rajoy la incluía en su programa electoral de 2011."Modificaremos, de acuerdo con la normativa europea, el régimen del IVA para que autónomos y pymes no tengan que pagar el impuesto hasta que efectivamente se haya efectuado el cobro de las facturas correspondientes", decía el contrato de Rajoy con los ciudadanos cuando se presentó como candidato a la Presidencia del Gobierno.
Este es, sin duda, uno los mayores problemas de autónomos y pymes, que cada trimestre adelantan al Estado el IVA de unas facturas que aún no han cobrado o ni tan siquiera saben si van a hacerlo.
Después de reconocerse que únicamente se han recaudado 1.200 millones de euros, menos de la mitad de los 2.500 millones que preveía el Gobierno, Montoro tambíén vaticinó que el aplazamiento del IVA se aplicará a proveedores de las administraciones públicas, aunque no se ha determinado cuál será el plazo.
El ministro de Hacienda también ha precisado en varias ocasiones que no se trata de optimismo sino de confianza en la economía española, pero vaticinó que España volverá a la senda del crecimiento en 2014 y que 2013 será el último años de la crisis.
Para Montoro, una de las claves que podrían explicar el auge de las cuentas del país pasarían por el buen comportamiento del sector turístico. "El turismo nos tiene que sacar de la crisis, ya lo está haciendo". Prueba de ello, según él, es que la balanza de pagos pase de -4 en 2011 a +2 en superávit.