viernes, 31 de julio de 2015

¿PUEDE UN AUTÓNOMO DARSE DE BAJA POR ENFERMEDAD?

La respuesta es sí, es posible que el autónomo se dé de baja por incapacidad temporal, pero con una serie de condicionantes que te explicamos a continuación.

Parece una utopía pero la realidad es que sí es posible que un autónomo se pueda dar de baja por enfermedad. Cierto es que un autónomo lleva de la mano su negocio y a veces es complicado delegar responsabilidades en terceros, pero cuando no podemos desarrollar nuestro trabajo por incapacidad temporal, enfermedad común o accidente no laboral, la legislación contempla un respaldo económico cuando no podemos estar al pie del cañón.

Requisitos que debemos cumplir:

  • Lo primero es que el autónomo tiene derecho a la baja siempre y cuando esté dado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y esté al corriente de los pagos a la Seguridad Social.
  • Solo en el caso de enfermedad común, debe tener un mínimo de 180 días cotizados en los últimos 5 años anteriores a la fecha de la baja.
  • El autónomo deberá presentar ante la Seguridad Social o la mutua concertada, una declaración informando qué persona va a gestionar directamente el negocio, o en caso de no delegar en nadie, anunciar el cese temporal o definitivo de la actividad.

Plazo de presentación:

  • Dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la baja.
  • Mientras dure la situación de “Incapacidad Temporal”, el autónomo está obligado a presentar dicha declaración cada 6 meses.

¿Cuál será la cuantía de la prestación?

Antes de pasar a detallar la prestación en cada caso hay que tener en cuenta que base reguladora es la base de cotización del trabajador correspondiente al mes anterior al de la baja médica, dividida entre 30. Dicha base se mantendrá durante todo el proceso, incluidas las posibles recaídas, salvo que se hubiera optado en su momento por una base de cotización inferior. En este caso, se tendrá en cuenta esta última.

Por tanto, la cuantía quedaría de la siguiente manera:

  • De 0 a 3 días, el importe es de 0 €.
  • De 4 a 20 días, el importe de la prestación es el 60% de la base reguladora.
  • A partir del 21 día, el importe de la prestación es el 75% de la base reguladora.
  • En el caso del accidente de trabajo la prestación es del 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja en el trabajo.

¿Qué se reconoce como enfermedad profesional, accidente de trabajo y enfermedad común?

Las enfermedades profesionales, aunque al no aparecer de forma inmediata su relación con el trabajo, pueden pasar inadvertidas, por lo que muchas suelen catalogarse como “enfermedad común”. Para que una enfermedad se reconozca como profesional, “la legislación suele requerir una relación específica e indiscutible con el trabajo”, según nos indican desde el Departamento Laboral y Seguridad social de Romero Arauz & Asociados.

La cobertura de accidente de trabajo o enfermedad profesional es voluntaria para los trabajadores autónomos, excepto los económicamente dependientes en la que es obligatoria o aquellos que tengan actividades de alto riesgo.
Accidente de trabajo es la lesión corporal que el trabajador sufre a consecuencia del trabajo que realiza. En este caso, las lesiones que se pueden producir durante el trayecto habitual entre este y el domicilio del trabajador están excluidos para los trabajadores autónomos.
La enfermedad común está comprendida dentro del catálogo de enfermedades que puede una persona padecer a lo largo de su vida.

¿Existen novedades para el año 2015?

Sí. Tras la aprobación del Decreto Ley de Incapacidad Temporal (IT) por contingencias comunes el pasado verano, son varios los cambios, sobre todo, en lo que a las notificaciones de la baja laboral se refiere. En este caso, los médicos tendrán cinco días para contestar a las propuestas de alta “justificadas” que hagan las mutuas.
Además, si el servicio médico de salud cita al trabajador para una revisión y este no se presenta, la mutua ya no podrá emitir un alta por incomparecencia (que suponía la retirada de la prestación), si no que se suspenderá temporalmente para comprobar si hay una justificación.

Fuente: http://www.infoautonomos.com/blog/puede-un-autonomo-darse-de-baja-por-enfermedad/


CÓMO DEBEN ELEGIR LOS EMPRENDEDORES EL NOMBRE DE SU EMPRESA.

A la hora de poner el nombre a nuestra empresa no debemos actuar de manera impulsiva. Hay que darse cuenta que al final se convertirá en la imagen del negocio y de él dependerá en muchas ocasiones que funcione correctamente entre los clientes. En definitiva, se puede considerar una tarjeta de presentación. 

Hay que concederle la importancia adecuada porque se acabará convirtiendo en un factor estratégico de posicionamiento en el mercado, que puede acabar influyendo en el éxito del emprendedor. 

Para poner el nombre adecuado a tu negocio es preciso que tengas en consideración una serie de aspectos.

Habrá que realizar una tormenta de ideas y para ello anotaremos en un papel todas las opciones que se nos pasen por la cabeza. No te pongas límites y piensa que cualquier opción puede ser buena. Tienes la posibilidad de decantarte por uno que sea original, que se salga de lo habitual, o por algo más descriptivo, que no dejen duda sobre la vertiente de la empresa.
Con bastante frecuencia se recurre al uso del nombre y apellidos, referencias directas al servicio o productos que vendes, montar un conjunto de siglas sonoras, recurrir a una referencia a tu lugar de origen o apostar por un término diferente que lo convierta en único. En cualquier caso, lo importante es que se pueda pronunciar y escribir sin problemas.

Con la lluvia de ideas te saldrán muchas propuestas para la denominación, por eso es preciso que escojas a las cinco que más te agreden. Rastrearemos en Internet para conocer el nombre de otros negocios parecidos al nuestro. Además, consultando con amigos y familiares siempre se puede obtener una opinión objetiva que se aproximará bastante a la de cualquier cliente. Se trata en definitiva de ser creativo y que refleje lo mejor de la compañía y tu espíritu emprendedor.

Fuente:  http://www.serautonomo.net/noticias/como-deben-elegir-los-emprendedores-el-nombre-de-su-empresa

jueves, 30 de julio de 2015

La URV y Activa Mutua profundizan en su ya larga colaboración.

Activa Mutua y la Universitat Rovira i Virgili (URV) han suscrito este 28 de julio un convenio de colaboración en ámbitos de interés común y que abarca distintas áreas. En la firma estuvieron presentes el rector de la URV, Dr. Josep Anton Ferré Vidal y el director gerente de Activa Mutua, Miquel Àngel Puig Tàrrec. Así como el vicerrector Dr. Jordi Tous, y el director territorial de Tarragona de Activa Mutua, Joan Tua.

Ambas entidades ya colaboran desde hace tiempo en diferentes marcos como la incorporación de estudiantes para la realización de sus prácticas curriculares o la colaboración con la Fundación URV en diferentes áreas.
El acuerdo firmado el 28 de julio es un convenio marco que tiene vigencia para los próximos dos años, fortalece y consolida la relación de ambas instituciones y deja abierta la posibilidad de colaborar en multitud de aspectos de interés común.

Activa Mutua es la mutua colaboradora con la Seguridad Social número 3 que ofrece coberturas para riesgos profesionales, prestación económica de Incapacidad Temporal por Contingencias, cese de actividad de trabajadores autónomos y prevención de riesgos laborales.

miércoles, 29 de julio de 2015

¿CÓMO SE CREA EL MANUAL DE IDENTIDAD CORPORATIVA?

Por definición, la identidad corporativa de una empresa o marca, es el conjunto de atributos y valores que toda empresa o persona, posee, su personalidad, su espíritu, esa imagen que la hará identificarse y diferenciarse de los demás, esa imagen que la hará ser recordada, consiguiendo en muchos casos ser un objeto de culto… ¿Quién no reconoce la manzana de Apple, el caballo de Ferrari o las hojas rayadas de Adidas? y estos sólo son unos pocos ejemplos de la importancia que tiene un buen diseño y un buen desarrollo de ese diseño.

Es, pues, un trabajo muy serio, divertido y atrayente para cualquier profesional que se precie, pero también entraña mucha responsabilidad, porque del acierto del diseño y sus aplicaciones dependerá el éxito de nuestro trabajo y, en parte, del reconocimiento de la empresa para su público objetivo.

¿Qué incluye la imagen o identidad corporativa?
La base de la identidad corporativa es el lema corporativo, su principal requisito consiste en que deberá reflejar la posición de mercado de la empresa. El lema le permitirá a la compañía colocarse visualmente al lado de sus competidores y le ayudaría a aparecer como el proveedor más profesional y atractivo dentro de su sector de mercado. Éste deberá ‘hablar’ de la filosofía de la empresa, de su solidez, de su buen gusto, de su competitividad, de su implantación en el mundo empresarial, una imagen que sea familiar, cercana y recordable. 

Pero tan importante como crear el lema corporativo es desarrollar las distintas aplicaciones o adaptaciones, aplicaciones que dependiendo de la importancia y del tipo de empresa pueden ser básicas o increíblemente variadas. Por este motivo, nuestro diseño deberá ser pensado para estas eventualidades, aparte de que debemos tener muy en cuenta, que deberá ser un diseño ‘responsive’.
Evidentemente, si la imagen a crear es para una empresa con necesidades básicas, el trabajo de creación de la identidad corporativa será mucho más sencillo, las aplicaciones se reducen a la papelería básica: papel de carta, tarjetas de visita, sobres, carpetas, firma electrónica y poco más. 

 La cosa se complica si nuestro trabajo es requerido por una empresa grande, con multitud de elementos, infinidad de aplicaciones para las que nuestro diseño deberá responder con calidad, coherencia y equilibrio. Este tipo de proyectos normalmente incluyen, papelería básica, packaging, diseño del vestuario, vehículos comerciales, merchandising, en algunos casos señalización, diseño web y aplicaciones multimedia, cuando no anuncios y comunicados. 

El Manual de Identidad corporativa
Todo este trabajo deberemos recogerlo en en el Manual de Identidad Corporativa, esa guía que marca y define las pautas de la creación, el desarrollo y aplicaciones de nuestra recién creada imagen corporativa.

 En él se define la construcción de la imagen de marca, las proporciones, los colores, las tipografías, las distintas versiones y las adaptaciones a los distintos soportes, se marcarán reglas de uso obligado y se velará por su cumplimiento.
El desarrollo del manual, es fundamental para la correcta aplicación de una Identidad Corporativa. Una identidad corporativa bien realizada no es un simple logotipo. Es necesario mantener una coherencia visual en todas las comunicaciones que una empresa realiza; folletos, papelería, páginas web, etc.
La identidad corporativa de una empresa es su carta de presentación, su cara frente al público; de esta identidad dependerá la imagen que nos formaremos de esta organización.

Y, sobre todo, no olvidar que también es nuestra tarjeta de presentación, un trabajo que dirá mucho de nosotros como profesionales de la imagen, de nuestro nivel de exigencia, de nuestra creatividad, de nuestra implicación en los proyectos y nuestra capacidad para asumirlos.

Fuente:  https://www.eureka-experts.com/blog/como-se-crea-el-manual-de-identidad-corporativa

EL AUTÓNOMO ‘SIN ACTIVIDAD’ Y CÓMO DEBE PROCEDER ANTE HACIENDA.

Pese a que mantengamos los gastos de siempre y no ingresemos nada, será preciso al menos presentar el modelo 303.

Aunque pueda parecer un tanto complicado, existe la posibilidad de cerrar un trimestre sin facturar nada, ni un solo euro. Y todo ello pese a mantener los gastos de siempre, entre los que se incluyen cuotas, alquileres, material y transporte, entre otros. Es entonces cuando nos surgen dudas sobre la obligación de presentar los modelos tributarios.

En realidad existen dos posibilidades. En ambas, existe un paso obligatorio que es la presentación del modelo 303. Ten en cuenta que la Agencia Tributaria desea conocer todo lo que ocurre en tu empresa, lo que has ingresado y por qué. Además, al propio autónomo le interesará presentar estas pérdidas ante Hacienda para que pueda desgravarlas. A continuación te ampliamos las dos maneras de actuar ante este organismo cuando no haya ninguna actividad.

Por un lado podemos declararnos sin actividad, y para ello sólo tendremos que marcarlo en la casilla que recoja 'Sin actividad' en el modelo 303. Se presenta así porque no hemos hecho ninguna factura y por lo tanto no hemos cobrado nada por el IVA. En caso de actuar así piensa que ya no existe la posibilidad de desgravar los gastos ni el IRPF en sus modelos 130 y 100. Esto implicará que afrontemos nosotros todos los gastos del trimestre, entre los que se encuentran teléfono, gasolina, alquileres, etc.

La otra manera de proceder y que nos servirá para desgravar ante Hacienda todos los gastos es a través del modelo 303, en la declaración del IVA trimestral, o con el 390, en la declaración anual del IVA. En esta opción no hay que marcar la casilla de 'Sin actividad' y así conseguiremos que nos reembolsen el IVA o compensarlo para próximos años.

El modelo 130, que es del pago fraccionado de retenciones del IRPF, nos saldrá a cero debido que no retuvimos nada, pero si que puedes conservar los gastos del trimestre para la declaración de la Renta. Todos esos gastos generados a partir de la actividad profesional te los reembolsarán al margen de los beneficios o ganancias que hayas obtenido. Por lo tanto no dudes en conservar los tickets y facturas porque es un dinero que ganarás.

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/07/27/autonomos/1438009173_836289.html

LAS DIEZ MEDIDAS QUE TRAE LA LEY DE PROMOCIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO.

La ley de fomento y promoción del trabajo autónomo recoge diez importantes medidas que afectan directamente a la actividad profesional de los empleados por cuenta propia.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha sido el impulsor de la Ley de fomento y promoción del trabajo autónomo y la economía social. Los tres principalesobjetivos de esta normativa son: facilitar la actividad emprendedora, respaldar a los que ya han emprendido y mejorar las condiciones de los emprendedores. Para ello, se han propuesto una serie de medidas que destacamos a continuación:



1. Fijación de la cuota de la llamada tarifa plana para los nuevos autónomos en 50 euros, durante los 6 primeros meses y para aquellos que opten por la cotización mínima.

2. Se mantienen los incentivos para los autónomos que inicien una actividad empresarial y contraten empleados.

3. Los supuestos de la Tarifa Plana Especialmente Protegida se extienden a víctimas del terrorismo y de la violencia de género, así como a las personas con discapacidad, independientemente de la edad.

4. La posibilidad de capitalizar el 100% de la prestación por desempleo mediante un pago único se extiende a todas las edades.

5. Se ofrece la posibilidad de realizar una aportación al capital social de cualquier tipo de sociedad mercantil de nueva creación, y utilizar parte de la capitalización de la prestación para cubrir gastos de constitución.

6. Se ofrece la opción de compatibilizar la prestación por desempleo con el alta en elRégimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

7. La reanudación de la prestación por desempleo se amplía hasta los 60 meses para los profesionales autónomos.

8. El incentivo previsto para el alta en la afiliación de familiares colaboradores de autónomos se amplías hasta los 24 meses.

9. Los trabajadores autónomos económicamente independientes (TRADES) podrán contratar en casos de conciliación de la vida familiar y laboral.

10. En el título V del Estatuto del Trabajo Autónomo se recogen todos los incentivosprevistos para fomentar el autoempleo, como por ejemplo, la recientemente aprobada bonificación por conciliación de la vida profesional y familiar.

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/07/28/autonomos/1438081308_038392.html

martes, 28 de julio de 2015

CONSIGUE CUALQUIER OBJETIVO SIGUIENDO ESTOS 5 SENCILLOS PASOS.

Los emprendedores muy productivos no son necesariamente especiales, pero saben cómo conseguir cualquier objetivo. Cuando sabes cómo atacar a cualquier objetivo de forma adecuada, tú también puedes ser imparable. Aquí van 5 pasos muy sencillos para conseguir cualquier objetivo emprendedor:


1. Hazlo más pequeño
La visión del objetivo tiene que empezar como algo grande, pero luego tiene que ir convirtiéndose en pequeños objetivos para poderlos conseguir en pequeños pasos.
Por ejemplo, querer mejorar tu dieta e incrementar tu actividad física suelen ser los objetivos más comunes. No recomendaría cambiar tu dieta drásticamente y pasar a ir cada día al gimnasio. Parte el objetivo en varios objetivos más pequeños. Por ejemplo, puedes empezar eliminando algunos alimentos y salir a correr incrementando la distancia de forma mensual. De esta forma, los objetivos son más fáciles de conseguir porque los consigues en pequeños pasos.

2. Hazlo razonable
Un buen objetivo es aquel que te acerca al límite de tu zona de confort, pero no cruza hacia la fantasía. A todo el mundo le encantaría hacer un millón este año, pero si no es un número con el que puedas contar, empieza con una cifra más creíble.
Hacer los objetivos más realistas también se adecua con el punto uno; hacerlos más pequeños.

3. Haz que se conozca
Una buena forma de conseguir cualquier objetivo es conseguir el apoyo necesario. Esto, diciéndoselo a la gente que te apoyará y se involucrará en tu éxito; tiene el beneficio de sentir el apoyo cuando algo te está retando, pero también te ayuda a mejorar y afrontar mejor un objetivo en cuanto lo verbalizas. Un objetivo que has compartido tiene más sentido y es más fácil de conseguir.

4. Hazlo medible
Partir los objetivos en partes más pequeñas ayuda a acercarte al gran objetivo de forma progresiva y es una buena táctica en términos de acción, pero también para medir tus progresos. Si tu objetivo es perder peso ¿cuánto tendrás que haber perdido en cada pequeño objetivo? Si es incrementar tus ganancias ¿cómo medir lo que gastas y cómo reducir costes?

5. Hazlo divertido
En cuanto vayas consiguiendo cada fase de tus objetivos, marca formas de celebrar tus victorias. Haz que medir tus progresos tenga un significado divertido. Cuanto mejor te lo pases a lo largo del camino, más éxito tendrás consiguiéndolos.
El objetivo de cada uno no es solo conseguirlo, sino integrarlo en nuestro estilo de vida, así que mejor aprender a disfrutar no solo el destino, sino también el camino.

Fuente: https://www.eureka-experts.com/blog/como-conseguir-objetivos


CÓMO PREPARARSE PARA DELEGAR.

Para los negocios más pequeños la llegada del verano y, por tanto, de las vacaciones se convierte en un auténtico dilema, por no decir, que se convierte en un drama.

El problema que se van de vacaciones con la sensación que no hay nadie lo suficientemente responsable dentro de la organización en quien poder delegar durante su ausencia.

Aprendizaje

Consiste en motivar a tus empleados para que deseen conocer nuevas áreas del negocio y deseen aprender cosas nuevas para nuevos trabajos,de este modo,será más sencillo que estén dispuestos a aprender en un momento dado a hacer lo que necesites que hagan para sustituirte.

El valor de la responsabilidad

Delegar tareas es el primer paso.En qué consiste en reconcoer que tu misión es supervisar y dejar que tus empleados hagan lo suyo. Si ellos sienten que tienen responsabilidad y capacidad para decidir en sus áreas de trabajo, serán capaces de implicarse en responsabilidades mayores y, lo más importatne, a tí te servirá para evaluar su capacidad de toma de decicisiones y descartar aquellas personas que no están capacitadas o motivadas para hacerlo.

Confianza

Si fomentas la comunicación y la participación en tu organización y sueles tener en cuenta las opiniones de tus enmpleados, lograrás que confíen en ti para contarte tanto lo bueno como lo malo, seguramente no tengan problema en sustituirte al mando si es necesario.

Tu dilema seguramente es poder resopnder satisfactoriamente como lograr compatibilizar o conciliar tu vida personal y la profesional y es con las vacacaciones cuando esa situación cobra su real dimensión o, por lo menos, más se evidencia.

Fuente: http://www.pymesyautonomos.com/management/mejora-la-capacidad-de-gestion-de-tus-empleados

SER AUTÓNOMO ES HOY 240 EUROS AL AÑO MÁS CARO QUE ANTES DE LA CRISIS.

Las bases de cotización de los trabajadores autónomos marcan la cuota a la que deben hacer frente cada mes. Según datos de la Seguridad Social, desde que empezara la crisis en 2008 hasta hoy, esta cuota no ha dejado de crecer.

Las bases mínimas y máximas de cotización para los autónomo son las que marcan las cuotas mensuales que deben abonar los trabajadores por cuenta propia. Estas bases, que viene recogidas año tras año en los Presupuestos Generales del Estado, no han parado de crecer desde 2008. En concreto, el autónomo paga hoy 240 euros más al año de lo que pagaba antes de que comenzara la crisis, debido a las mencionadas subidas de las bases mínimas.

Una base que no ha dejado de crecer

Desde que comenzara la crisis hasta hoy, la base mínima de cotización ha aumentado casi 70 euros al mes, pasando de los 817,2 euros a los 884,4 euros. Esto trae consigo un problema para los autónomos, y es que la base de cotización se refleja directamente en la cuota que paga el profesional cada mes, cuestión que en consecuencia también ha aumentado. Entre el año 2008 y el 2015, la cuota más baja que debe pagar un autónomo ha aumentado unos 20 euros al mes, o lo que es lo mismo, 240 euros al año. Es decir, hoy es bastante más caro ser autónomo de lo que lo era antes de la llegada de la crisis.

La base de cotización se refleja en la cuota de los autónomos

Las bases de cotización de un trabajador por cuenta ajena depende de las coberturas que cada uno tenga. En función de si cuenta con cobertura por cese de actividad, accidente laboral o enfermedad, se cotiza más o menos, y, por tanto, la cuota que debe pagar es mayor o menor. Aún así, existe un mínimo y un máximo (884,40 €/mes y 3.606,00 €/mes hoy día). La mayoría de los profesionales autónomos están acogidos a la base mínima, que es la que no ha parado de crecer en los últimos años, según datos de la Seguridad Social.

La cuota es igual se ingrese lo que se ingrese

Cabe destacar que la cuota es fija. Un profesional autónomo debe pagar una cuota mínima cada mes trabaje lo que trabaje. Es decir, si un mes, un profesional solo ha realizado un proyecto de dos días y solo ha percibido los ingresos correspondientes a ese proyecto, deberá abonar la totalidad de la cuota a la Seguridad Social.

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/07/24/autonomos/1437741340_818160.html

TODOS LOS CASOS Y ACTIVIDADES EN LOS QUE LA LEY TE OBLIGA A SER AUTÓNOMO.

La Seguridad Social establece tiene registrados los casos en los que es preciso darse de alta en el RETA.

La Seguridad Social recoge en su página web los casos y actividades en los que es preciso darse de alta como trabajador autónomo. De ejercer alguna de las siguientes actividades sin el consiguiente alta, estarías expuesto a sanciones por parte de la Administración:


  • Los trabajadores mayores de edad que desempeñan una actividad económica a título lucrativo de manera personal y habitual, y sin que haya un contrato de trabajo por el medio.
  • Los familiares del trabajador autónomo que colaboren con él en el negocio y que no cuenten con la condición de empleados. Únicamente se permite a la cónyuge y familiares hasta el segundo grado.
  • Los escritores de libros.
  • Los trabajadores autónomos económicamente dependientes, que son los TRADE. Para ello es preciso cobrar al menos el 75% de un mismo cliente.
  • Los trabajadores por cuenta propia de nacionalidad extranjera que vivan en España y que desarrollen alguna actividad en nuestro país.
  • Profesionales que desempeñen una actividad por cuenta propia y que precisen de la incorporación a un Colegio Profesional, cuyo colectivo debe estar recogido en el RETA, Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
  • Los profesionales que desarrollen una actividad por su cuenta y requieran la incorporación a un Colegio Profesional cuyo colectivo no estuviese integrado en el RETA de los autónomos, con una serie de peculiaridades.
  • Los socios industriales de sociedades comanditarias y de sociedades regulares colectivas.
  • Los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado, en donde la edad mínima para integrarse en ella son los 16 años.
  • Socios de comunidades de bienes y sociedades civiles irregulares.
  • Aquellos que desempeñen funciones de gerencia y dirección, con el correspondiente desempeño del cargo de administrador o consejeros, o los que presten otros servicios para una sociedad mercantil capitalista de manera habitual y a título lucrativo, manteniendo el control sobre ella. Se considera que ocurre tal circunstancia cuando las participaciones de este trabajador representan más de la mitad del capital social.
  • Los socios trabajadores de las sociedades laborales cuando su nivel de participación dentro de una sociedad junto con el de su cónyuge y parientes hasta segundo grado sea como mínimo del 50%, excepto que demuestre que para ejercer el control efectivo de la compañía se require de personas ajenas a la familia.


Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/07/24/autonomos/1437747248_627196.html

lunes, 27 de julio de 2015

ATA PIDE AMPLIAR A 12 MESES LA TARIFA PLANA DE COTIZACIÓN PARA AUTÓNOMOS.

La federación de trabajadores autónomos ATA pide ampliar a doce meses la tarifa plana de 50 euros de cotización para emprendedores, y revisar los criterios de gastos deducibles para incluir el agua y la electricidad cuando la actividad económica se realiza desde el domicilio. ATA ha hecho estas propuestas en el marco de un paquete de medidas que ha presentado esta semana con el objetivo de que se recoja en los programas electorales de los partidos políticos.


Otra de las propuestas por las que aboga ATA para incentivar el emprendimiento es rebajar el IVA de las actividades como la peluquería, los servicios sanitarios o los espectáculos, que sufrieron un incremento del 8% al 21% en la última reforma del impuesto en 2012.
Además de la ampliación de la tarifa plana a un año, ATA propone que tanto los autónomos societarios como los trabajadores por cuenta propia que se acojan a la ley de segunda oportunidad puedan disfrutar también de esta medida.
La asociación que preside Lorenzo Amor aboga por prorratear la cotización de altas en el Régimen Especial del Trabajo Autónomo (RETA) de la Seguridad Social cuando éstas se produzcan a mitad de mes, y hacer lo propio con las bajas, para que se pague sólo por el periodo de actividad y no por el mes completo.

Adecuar cotizaciones
Otras medidas que permitirían consolidar la actividad del autónomo están dirigidas a adecuar las cotizaciones basándose en los ingresos cada tres meses y a abonar el pago de las cotizaciones con frecuencia trimestral en lugar de mensual, ya que serían "un gran primer paso hacia la necesaria progresividad del RETA".
Además, la organización apuesta por crear un buzón de denuncias anónimas para señalar casos de fraude fiscal y competencia desleal.
En este sentido, la propuesta de ATA es que este buzón funcione conjuntamente con otro para denunciar la morosidad y dependa de la Agencia Tributaria.
La organización quiere también que haya un cuerpo de Inspección de Hacienda dedicado a combatir la morosidad y a establecer un recargo innegociable del 20 % sobre las facturas impagadas al fin del plazo legal (60 días para el sector privado y 30 para la Administración Pública).

Asimismo, el documento difundido por ATA incluye medidas para la "no discriminación" de los autónomos, que se centran en la protección social y el acceso a la financiación.
Destaca la propuesta de extender la prestación de 426 euros durante seis meses para los trabajadores por cuenta propia que hayan agotado su prestación por cese de actividad.

Créditos públicos en la segunda oportunidad
Además, ATA insiste en reclamar la inclusión de los créditos públicos en los mecanismos de segunda oportunidad, que plantean quitas en los créditos privados.
En su opinión, los créditos públicos puedan someterse a acuerdos de refinanciación y quitas que afecten sólo a los intereses de demora y recargos ejecutivos, salvaguardando el principal de la deuda.
En el ámbito de la financiación, la organización reclama dar más protagonismo a las Sociedades de Garantía Recíproca y establecer seguros por cese de actividad asociados a los créditos que establezcan un periodo de mora hasta que los autónomos puedan hacer frente a los pagos.

Por último, ATA exige la inclusión de las organizaciones de autónomos más representativas en los foros de negociación, ya que en palabras de su presidente "el diálogo social no puede seguir siendo un monopolio de siglas".
"La mejor política de autónomos es que se nos dé voz propia y participación en el diseño de la misma", asevera Amor.

Fuente:  http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/mmvj15/generales/noticias/6896586/07/15/ATA-pide-ampliar-a-12-meses-la-tarifa-plana-de-cotizacion-para-autonomos.html#Kku82nq5b7UmAhVR

LOS AUTÓNOMOS, PENSIONISTAS DE SEGUNDA.

La pensión de jubilación se sitúa en los 1.166,42 euros de media si se está en el régimen general, frente a los 689,53 euros que percibe un trabajador por cuenta propia.

Los autónomos forman el colectivo peor tratado también en el sistema de pensiones. Y es que, España se ha convertido en un infierno fiscal y con un sinfin de trabas burocráticas para estos trabajadores por cuenta propia, que también padecen las anomalías de un sistema tras años de trabajo. 

Pese a crear empleo y riqueza, cobran menos que un trabajador por cuenta ajena una vez que llega la hora de plegar del trabajo.

La pensión media de jubilación alcanza en España los 887,41 euros al mes para los 9.307.631 personas que perciben una pensión, ya sea por jubilación, orfandad, incapacidad permanente, viudedad, favor de familiar. En una década el número de jubilados se ha disparado un 14%, al pasar de los 8,099 millones de 2005 a los 9,3 millones de junio de este 2015.
La diferencia entre un autónomo y un trabajador por cuenta ajena es avisal dentro del sistema de las pensiones. Pese a pagar cuotas, declarar el IVA y hacer la respectiva declaración del IRPF, los autónomos perciben menos pensión en todos los apartados que cualquier otro beneficiario.

Así, por incapacidad permanente, la pensión media se sitúa en los 954,15 euros, frente a los 685 euros que cobra un trabajador por cuenta propia, casi un 30% menos. No obstante, la diferencia es más sangrante si se compara con los mineros del carbón, que perciben 1.475 euros, un 46% menos. En cuanto a los trabajadores del mar, quienes tienen una pensión media de 874 euros, la diferencia se reduce hasta el 22%. Por accidentes de trabajo, la pensión media se sitúa en los 1.082 euros, un 58% más que para los autónomos, un porcentaje muy similar al que reciben los pensionistas por incapacidad permanente, que tienen una pensión media de 1.086 euros. Un total de 125.114 autónomos han percibido este tipo de pensión en junio.

En cuanto a la pensión de jubilación, la pensión media de los trabajadores acogidos al sistema general perciben 1.166,42 euros, frente a los 689,53 euros de los autónomos, una diferencia del 40% en contra de los autónomos, y muy similar a la de los trabajadores del mar. Más sangrante es la diferencia de los trabajadores por cuenta propia con respecto a los mineros del carbón, ya que sólo cobran el 33% de la pensión de estos últimos, con una media de 2.041 euros. En cuanto a los accidentes de trabajo, los autónomos perciben el 65% de la pensión de éstos, que se sitúa en los 1.058 euros de media. Por enfermedades profesionales, un autónomo está a años luz, ya que la pensión por este motivo alcanza los 1.642 euros.

También por viudedad, los autónomos son pensionistas de segunda. Alcanzan los 469,14 euros, frente a los 670 de los trabajadores del régimen general, los 838 euros de los mineros o los 919 euros que se percibe si se padece una enfermedad profesional. En la misma situación están los beneficiarios de una pensión de orfandad o de favor de familiares, cuyas rentas son de 313,63 y 429 euros, respectivamente, frente a los 379 y 526 euros que obtiene un trabajador del régimen general. El número total de pensionistas en España alcanza los 9,3 millones en junio, un 14% más que en el año 2005.

Fuente: http://www.negocios.com/noticias/los-autonomos-pensionistas-segunda-24072015-1958

MÉTODOS PARA LA VALORACIÓN DE STARTUPS.

Si eres un inversor y te interesa invertir en startups esta información te resultará de utilidad. Si, por el contrario, eres un emprendedor esta información deberías conocerla.

Las técnicas de valoración de Mergers and Acquisitions (M&A) son los descuentos de flujo de caja o múltiplos de EBITDA, estas técnicas no se pueden aplicar a las startuos cuya facturación es casi nula y su crecimiennto mensual puede ser superior a tasas del 20%.
Por tanto, como el tipo de empresa es distinto las técnicas de valoración también deben de diferir.

Principales herramientas de valoración de startups

  • En función del Business Plan

De todas las opciones, la menos recomendable. El motivo, que normalmente los business plan no se cumplen. Se trata en descontar, como ciertas, tus previsiones de ventas y gastos sobre el plan de negocio.
  • Por dilución

Analiza el dinero que se necesita para alcanzar los objetivos propuestos y compararlo con la dilución máxima que estoy dispuesto a asumir, en torno al 10-20%.
En definitiva, es comprender qué valor aporta mi proyecto en los 4 principales ejes que utiliza un inversor para valorar su inversión: equipo – modelo de negocio –producto/tecnología – mercado, e intentar encontrar la cifra que mejor lo representa dentro de ese rango.
  • Por run rate

El run rate es el rendimiento financiero, no hay que confundir con la facturación, de tu empresa previsto en un periodo de tiempo, por ejemplo 1 año, y multiplicarlo por un factor que matice la oportunidad, en torno a 8>.
  • Por similitudes

Se trata de llegar a una cifra de valoración buscando compañías con un perfil similar y determinar un rango de valoración basada en el precio pagado en operaciones anteriores por start ups similares.
  • Por la inversión propia realizada

Se trata de calcular lo invertido en el proyecto, a precio de mercado, y luego meterle un factor de corrección. Si en tu negocio has invertido 1.800 horas, a un precio de mercado de 40 euros/h, has gastado 10.000€ en diversos proveedores, has comprado equipamiento por valor de 3.000 euros, has invertido 13.000 euros + tu coste de oportunidad (1.800horas x 40€/h=72.000 euros, por tanto, la inversión es de 85.000 euros. Si usamos un factor de corrección de 1,5 el punto de partida de la valoración son 127.500 euros.
  • Valoracion de mercado

No es otra cosa que la cifra en la que los inversores valoran tu negocio.
No hay una fórmula ni más correcta ni más adecuada, todas tienen su utilidad aunque los resultados, entre unas y otras difieren.

Fuente: http://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/tecnicas-para-valorar-startups

¿PUEDE UN AUTÓNOMO DEDUCIRSE EL IVA AL COMPRARSE UN COCHE?

Por norma general la cantidad deducible es el 50%, aunque hay que seguir unos trámites. Existen casos en los que se puede llegar a deducir el 100% del IVA del vehículo.

Los profesionales autónomos pueden deducir el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o parte del mismo de numerosos productos y servicios relacionados con su actividad. ¿Incluye esto el correspondiente IVA que lleva adherida la compra de un coche? En parte sí, es lo que nos aclaran desde De Mesa Ortiz Consultores.

Lo primero que se ha de tener en cuenta, en este sentido, es el porcentaje de IVA deducible por compra de coches que permite llevar a cabo la legislación. Una cantidad ambigua, destacan desde esta consultoría. Sin embargo, sostienen que Hacienda acepta un IVA deducible del 50% sobre el impuesto pagado en la compra del coche. Para ello, ha de quedar claro que el uso del vehículo está relacionado directa y exclusivamente con el autónomo.
Para constatar esta relación, desde esta asesoría aconsejan rotular el coche con publicidad de la empresa, guardar la agenda de contactos y reuniones que justifique los desplazamientos comerciales y aceptar solo el 50% de la deducción a la hora de comprar el vehículo. Esta decisión evitará litigios posteriores al autónomo.

No obstante, desde De Mesa Ortiz Consultores sostienen que Hacienda acepta la deducción total del IVA en varios tipos de vehículos. Es el caso de aquellos vehículos mixtos destinados al transporte de mercancías, transporte de viajeros, autoescuelas, vehículos usados para desplazamientos comerciales de agentes comerciales y vehículos usados para servicios de vigilancia.

El IVA en vehículos usados
Hacienda establece que no es posible deducirse el IVA de la compra de un coche usado si este se compra a un empresario revendedor sujeto al Régimen Especial de bienes usados. Aunque hay excepciones, como el caso de los coches de leasing y del alquiler o renting.
En el primer caso el comprador está sujeto a la deducción del 50% del IVA ya que debe tener en cuenta que un leasing no es más que un arrendamiento financiero con opción a compra. Lo mismo sucede, a efectos prácticos, con el renting de coches. En este sentido, al tratarse de un vehículo turismo, las leyes españolas permiten deducirse únicamente el 50% del IVA del mismo.

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/07/24/autonomos/1437746237_683378.html

viernes, 24 de julio de 2015

LIMPIEZA DE ARCHIVOS EN VERANO, NO CONVIERTAS A TU EMPRESA EN UN DIÓGENES DIGITAL

El abaratamiento de los soportes de información informáticos, los discos duros, hacen que hoy en día podamos aumentar el espacio que tenemos disponible para guardar nuestros archivos de forma sencilla. Pero esto tiene un inconveniente, vamos acumulando información sin importar si es válida actualmente o no, sólo por si acaso. Por eso el verano es la mejor época para hacer limpieza de archivos y no convertir la empresa en un Diógenes digital.

No hay muchas empresas que utilicen aplicaciones o software de de duplicación de datos. Tampoco gestores documentales que ayuden a mantener organizada la información. Esto hace que muchas veces se creen diferentes versiones de documentos, de los cuales se guardan copias de todos, pero sólo es válida la última.

Si esta práctica la multiplicamos por el gran número de documentos que se utilizan en la empresa pronto vemos como el espacio de almacenamiento que ocupan en nuestros discos duros. Esto además nos lleva a tener información en el servidor y a la vez en el disco local de cada uno de los equipos. Al final todo esto tiene un coste, en espacio de almacenamiento, en tiempo que gastamos para hacer copias de seguridad y nuevos medios que necesitamos, etc.

Pero también a la hora de encontrar una versión de un documento. Algo que no es tan sencillo cuando un documento no está donde debería si se ha movido por error. Esto penaliza notablemente nuestra productividad, de forma que en muchas ocasiones no se tiene claro dónde se ha guardado el archivo que necesitamos.

Aprovechando que en Agosto suele bajar la actividad de muchas empresas es el momento deorganizar la información, revisar archivos y descartar las versiones que no se necesitan, no están actualizadas, etc. De esta forma trabajaremos de forma más eficaz durante el resto del año.

Fuente: http://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/limpieza-de-archivos-en-verano-no-conviertas-a-tu-empresa-en-un-diogenes-digital

FRANQUICIAS ONLINE DISPONIBLES EN 2015 EN ESPAÑA.

Este tipo de negocios son una buena oportunidad para los emprendedores porque la inversión que se solicita es muy baja.


Las nuevas tecnologías también llegan al mundo de las franquicias. En esta ocasión te vamos a destacar algunas de las franquicias online más importantes de este año. Suponen una gran oportunidad para los emprendedores porque el nivel de inversión requerida es bastante bajo, en donde podrás llevarte el negocio a casa y tampoco se precisa de una formación específica.




  • CityPlan: Surgió en 2012 como franquicia con el propósito de darle a los usuarios una aplicación con información actualizada e interesante sobre su localidad. Pretende convertirse en todo un referente en guías comerciales y de ocio para tabletas y teléfonos inteligentes. La inversión total oscila entre los 600 y 3.000 euros en función de la ciudad.
  • Devuelving: Te permite tener tu propia tienda online con artículos de las primeras marcas y diferentes sectores a los mejores precios. Supone una oportunidad de negocio en donde no será preciso tener un local comercial. El único gasto será el canon de casi 3.000 euros.
  • Seo Marca Blanca: Se trata de un modelo de negocio que ayuda en la internacionalización de cualquier compañía empleando Internet como canal estratégico. La inversión total asciende a 30.000 euros. Cuenta con clientes en medio mundo.
  • Alquilotucasa.com: Esta franquicia está especializada en arrendamientos urbanos. A los servicios de cualquier inmobiliaria tradicional se le unen otros como la cobertura del impago del alquiler o la defensa jurídica con abogado. La inversión total son 3.500 euros.
  • Portaldetuciudad.com: Ofrece las claves para poner en funcionamiento un portal de información, promoción y publicidad, junto a otros servicios y productos que convertirán en un gran negocio a la franquicia. Inversión de 14.900 euros.
  • Ksanet: Es la primera plataforma virtual de gestión de cooperativas de viviendas. Trabajan en la producción de casas nuevas para uso de los propios promotores. La inversión es de 32.000 euros.
  • Tutor Doctor: Los franquiciados, desde sus casas, dirigen a un equipo de tutores profesionales, al tiempo que se benefician del modelo de tutorías personalizadas que ofrecen servicios a domicilios a alumnos de todas las edades. Inversión mínima de 34.700 euros.
  • Publipan: Estampan en las bolsas de pan espacios publicitarios, informativos y de ocio. La inversión es de 12.000 euros.
  • Facilitas: Se definen como la franquicia más económica en tratamientos láser para dejar de fumar. Inversión mínima de 12.000 euros.
  • Aplicacionalia: Plataforma online para desarrollar web, aplicaciones móviles y sitios web optimizados para móviles. Inversión de 220 euros.
  • Sing your name: distribuidora que ofrece una amplia gama de productos personalizados para niños, incluye entre otras cosas libros y cds. Inversión mínima de 5.000 euros.
  • VacationKey: se trata de una guía de vacaciones que presenta alojamiento en casas rurales con encanto, apartamentos y villas de lujo. Supone un gasto de 6.500 euros.


Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/07/03/franquicias/1435940106_555986.html

SOLUCIONES PARA LOS PROBLEMAS DE LIQUIDEZ DE TU EMPRESA.

A veces las cuentas no salen como estaban previstas. Clientes que se retrasan en el pago, trabajos sin facturar por problemas de última hora, impuestos más altos de lo que uno desearía… Hay momentos en los que la balanza entre ingresos y gastos sale negativa.

Y, cuando esto ocurre, hacer frente a cualquier pago, por pequeño que sea se convierte en todo un desafío. Si tienes problemas de liquidez, estas tres soluciones te ayudarán a financiarte.

Pólizas de crédito
Se trata de un instrumento financiero indicado para cubrir las necesidades de fondos a corto plazo(entre seis meses y un año). El banco permite que la empresa se endeude hasta un límite fijado con anterioridad. Este préstamo es interesante porque los intereses se pagan en función del dinero gastado y no por la totalidad del crédito concedido.
La póliza de crédito es, por tanto, una herramienta útil para asegurar la estabilidad del negocio y muy extendida en el mercado. Sin embargo, no hay que olvidar que debe usarse de forma puntual, cuando sea estrictamente necesario, y no como una vía de financiación permanente.

Líneas de descuento
Las líneas de descuento posibilitan el cobro anticipado de un título, generalmente un pagaré, que todavía no ha vencido. También pueden funcionar con facturas de ciertos pagadores, por ejemplo de la Administración. A cambio de ello, la entidad financiera aplica unos intereses al importe del crédito.
Es decir, la empresa recibe el dinero por anticipado entregando un pequeño porcentaje del total al banco. Esta es una herramienta muy sencilla y utilizada, pero hay que tener en cuenta que si el cliente no tiene fondos, serás tú el que deba devolver al banco la cantidad anticipada.

Préstamos rápidos
La principal ventaja de estos microcréditos es que pueden solicitarse por internet, desde casa o la oficina, y sin necesidad de aportar tantos avales como los que exige una entidad financiera. Normalmente el documento de identidad y los datos bancarios son suficientes para recibir el préstamo. Además, el servicio está disponible durante las 24 horas, los 7 días de la semana.
Los préstamos rápidos están indicados para cantidades por debajo de los 800 euros. En estos casos, las condiciones de devolución suelen ser más flexibles que en los créditos bancarios. No obstante, estas comisiones y requisitos dependen de cada prestador, de la cantidad solicitada y de la urgencia, por lo que conviene analizar siempre cuáles son las exigencias. También es importante verificar que la compañía cumple con las normas de protección de datos, dado que se comparte información especialmente sensible.

En todo caso, optes por la solución que optes, recuerda que para tener éxito en tu negocio es importante que logres un endeudamiento óptimo. Es decir, aquel que te permite continuar creciendo, sin que suponga un lastre económico a largo plazo. En este otro artículo te damos algunos consejos financieros para que consigas una gestión óptima en tu empresa.

Fuente: http://www.infoautonomos.com/blog/soluciones-para-los-problemas-de-liquidez-de-tu-empresa/

LAS PYMES VAN A PODER VENDER DIRECTAMENTE DESDE FACEBOOK.

Esta iniciativa supone una revolución en el comercio electrónico, aumentando las posibilidades de éxito de las organizaciones.  

Se avecina una nueva etapa en el comercio electrónico, protagonizada por las redes sociales. De hecho, Facebook se encuentra trabajando en la incorporación del botón de compra en las tiendas online que cuentan con una página en su plataforma. 

Una modalidad de comercio electrónico cuyas particularidades avanzan desde LanceTalent



En concreto, la puesta en marcha del botón de compra en Facebook permitirá a los consumidores realizar compras de productos y servicios sin tener que salir de la plataforma. Únicamente accederán a estas compras a través de su news feed así como a través de las páginas a las que siguen.

Por el momento, la nueva función de Facebook está siendo probada por un pequeño grupo de comerciantes. A los mismos se les ha dado la posibilidad de publicar fotos de productos con botones de compra y desde el pasado 10 de junio están realizando pruebas para incluir esta nueva opción en sus negocios.
Pero, ¿en qué consiste exactamente el botón de compra de Facebook? Para acceder a esta función aquellas tiendas online que cuenten con una página en Facebook recibirán un mensaje con una invitación de la compañía para probar tal opción. Una vez que se aprueba, la tienda online puede empezar a publicar a través de su página en Facebook las fotografías de sus productos, añadiéndoles el botón de compra.

Asimismo, también está permitido elaborar nuevos anuncios para promocionar productos y gestionar tanto a los clientes como a las compras que se materialicen a través de esta red social.

Comprar de manera segura

Por el momento, la red social de Mark Zuckerberg no se ha pronunciado en torno a si establecerá un canon o porcentaje de las ventas que se realicen a través de su plataforma online. Sin embargo, todo indica que sí se implantará alguna medida de este tipo pues existen antecedentes en la red social que así lo confirman.

En lo que respecta a las condiciones de compra en esta plataforma, la propia red social se ha encargado de comunicar a los usuarios de Facebook la seguridad de llevar a cabo esta acción a través de esta red social. De hecho, y de manera adicional, está previsto que los consumidores puedan guardar su información de pago para futuras compras. Una alternativa que facilita las transacciones, haciéndolas más ágiles, especialmente cuando se compra a usando dispositivos móviles.

Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/07/23/pyme/1437672144_656882.html

jueves, 23 de julio de 2015

EL PROBLEMA PARA CONTRATAR TALENTO DIGITAL.

Hace ya varios años que las empresas se han dado cuenta de que estar visible en la red para que te puedan encontrar tus clientes es fundamental. Ahora los empleos digitales ya no son cosa solo de las startups que basan su modelo de negocio en una página web, sino que las grandes empresas también han ido adaptándose al mundo 2.0.

Ahora se buscan desarrolladores web, expertos en marketing digital o diseñadores UX en todo tipo de empresas, lo hace que a este tipo de perfiles les llueven las oportunidades laborales y escasee la oferta de candidatos. La Comisión Europea, en un estudio del año 2013, estimó que en el año 2015 existirían solo en Europa hasta 900.000 vacantes sin cubrir de puestos digitales.
Es por esto que se tiene que producir un cambio por parte de las empresas en el modo de contratar perfiles digitales, ya que el viejo modelo de publicar una oferta de empleo o una vacante y esperar a que los candidatos se inscriban ya no funciona con este tipo de perfiles. 

El talento digital hay que ir a buscarlo, hay que convencerlo para que se una con un proyecto atractivo y mimarlo con una buena atmósfera de trabajo.

Las plataformas de búsqueda de empleo, como su nombre indica, están pensadas para que el candidato busque empleo, por lo que no sirven para este tipo de perfiles. Las empresas que publican en este tipo de plataformas acaban descartando la mayoría de los candidatos porque directamente no encajan con lo que buscan y, de los candidatos que si que encajan, tendrían mucha suerte si encuentran al que realmente mejor lo podría hacer en ese puesto.

La alternativa puede ser ir a Linkedin a buscar a esos candidatos pero, al ser una plataforma pensada como red social, no cuenta con herramientas potentes de recomendación y las búsquedas te suelen devolver cientos de resultados equivalentes.

Por suerte, empiezan a aparecer iniciativas como Bet4talent.com que buscan solucionar este problema, haciendo que las empresas sean las que vayan a buscar al talento y proporcionando herramientas potentes de recomendación de candidatos para que la empresa solo se tenga que ocupar de atraer y mimar al talento, no de encontrarlo.

Fuente: https://www.eureka-experts.com/blog/el-problema-para-contratar-talento-digital

ALTERNATIVAS PARA AHORRAR EN EL PAQUETE OFIMÁTICO.

Uno de las principales obsesiones de todo autónomo es ahorrar costes y uno de los puntos en los que puedes hacerlo es en la gestión ofimática de la información que manejas. No podemos olvidar que el principal activo de muchos negocios es la información, y una gestión adecuada nos permite mejorar nuestra productividad y competitividad.

Tradicionalmente, se han optado por herramientas ofimáticas de pago, como Microsoft Office, aunque en los últimos años se ha producido una tendencia hacia la incorporación de herramientas gratuitas multiplataforma, como pueden ser LibreOffice u OpenOffice, gracias, sobre todo, a la proliferación de comunidades que promueven el software libre. David Montero, presidente de OWASP (Organización sin ánimo de lucro que promueve la seguridad en Aplicaciones Web en Andalucía), nos explica en detalle las características de estas aplicaciones:


LibreOffice
Surgió en 2010 como una escisión al proyecto de OpenOffice, con los principales elementos de cualquier suite ofimática: cuenta con Writer, procesador de textos; Calc, hoja de cálculos; Impress, editor de presentaciones; Draw, nuestra aplicación de dibujo y diagramas de flujo; Base, como base de datos e interfaz con otras bases de datos, y Math para la edición de fórmulas matemáticas.
“La última versión se lanzó en enero de 2015 con nuevas integraciones, además de mejoras en funcionalidades menores”, añade. LibreOffice incorpora varias aplicaciones que lo convierten en la más potente suite de oficina gratuita, libre y de código abierto del mercado.

OpenOffice
OpenOffice es otra solución ofimática de uso libre, propiedad de Apache Software Foundation (ASF). Inició su andadura hace ya trece años, y durante este período ha madurado hasta convertirse en una solución muy funcional que cubre las principales necesidades de los trabajadores autónomos en materia ofimática, tales como procesadores de texto, hojas de cálculo, bases de datos, presentaciones y bases de datos.
El desarrollo de OpenOffice se ha quedado ligeramente por detrás de LibreOffice: “La última evolución importante que tuvo en 2012 fue una fusión con la suite ofimática Symphony, donada por IBM a ASF, y que supuso una mejora en determinados aspectos de la interfaz gráfica.”

Compatibilidad con MSOffice
Ambos paquetes ofimáticos son compatibles con Microsoft Office, permitiendo abrir y grabar ficheros en formato .doc, .docx, .ppt, .pptx, .xls, .xlsx, etc.. Y por supuesto PDF.

Multiplataforma
Tanto LibreOffice como OpenOffice está disponibles para Windows, Mac OS X, Linux e incluso, en el caso de LibreOffice, en Android.

Aspectos a tener en cuenta
Un aspecto a tener en cuenta al elegir una suite ofimática, sea libre o de pago, es que el almacenamiento de datos de personas físicas exige el cumplimiento de diversos controles contemplados en el RD 1720/2007 y la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, por lo que colectivos que puedan almacenar datos personales, especialmente de nivel alto, “deben asegurar que el almacenamiento de datos en las herramientas de la suite ofimática les va a permitir cumplir con la legislación”.

De hecho, LibreOffice y OpenOffice permite establecer contraseñas de acceso a los documentos, y podría servir para cumplir con los requerimientos legales de ficheros de nivel básico, no así para ficheros de nivel medio o alto.
En términos generales, todas las suites ofimáticas libres existentes en el mercado pueden cubrir en menor o mayor medida las necesidades actuales de los autónomos, con un importante ahorro de costes sobre una suite ofimática comercial. Además, la característica multiplataforma de las suites libres comentadas, pudiendo ser usada tanto en Windows, Linux o Mac, permite una mayor proliferación y adaptabilidad al entorno del autónomo.

Fuente: http://www.infoautonomos.com/blog/alternativas-para-ahorrar-en-el-paquete-ofimatico/