Aplicables tanto a empresas como a personas físicas que desempeñen una actividad profesional.

En los periodos impositivos desde este año, el porcentaje de deducción alcanzará el 37,5% en el caso de las personas jurídicas o empresas, tal y como recoge el segundo párrafo del apartado 1 del artículo 20 de esta ley. Las deducciones pueden alcanzar el 35% en las donaciones en general, mientras que aquellas plurianuales, en las que se aporta dinero a la misma organización durante al menos tres años será del 37,5%, pasando el próximo año al 40%.
Distinta de una manera diferente para las personas físicas, en donde se ha pasado del 25% al 30, con un incremento del 5% si el donativo es plurianual y en el caso de que la empresa se comprometa a continuar con la ayuda. La donación acabará desgravando un 40% en el Impuesto de Sociedades. Se le presta una mayor relevancia al mecenazgo, en donde se consigue desgravar el 75% del IRPF en los primeros 150 euros.
Durante el periodo impositivo 2015 el porcentaje de deducción para bases de hasta 150 euros, como recoge el apartado 1 del artículo 19 de esta ley, será del 50%, y el aplicable al resto de la base de la reducción, el 27,5%. Esto son los porcentajes de deducción más importantes en la cuota del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades. La deducción será del 32,5% cuando se done a partir de 150 euros a una entidad y cuando en los tres últimos ejercicios se haya alcanzado esa misma cantidad.
Fuente: http://cincodias.com/cincodias/2015/06/09/pyme/1433864155_024421.html
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