viernes, 6 de marzo de 2015

EMPRESAS CON INGRESOS POR DEBAJO DE LOS 50.000 EUROS AL AÑO NO TIENEN QUE PAGAR EL IMPUESTO DE SOCIEDADES.

Esta es la nueva normativa recogida en el Real Decreto Ley de la Segunda Oportunidad.

El Consejo de Ministros aprobó la normativa por la cual se estipula que las empresas que ingresen menos de 50.000 euros anuales están exentas de pagar el impuesto de sociedades. Dicha normativa se contempla en el nuevo Real Decreto Ley de la Segunda Oportunidad.


Empresas que pueden beneficiarse de esta normativa
  • Compañías que no superen los 50.000 euros anuales en ingresos del periodo impositivo.
  • Además, las compañías no tienen que superar los 2.000 euros al año de ingresos correspondientes a rentas no exentas.
  • Las rentas no exentas deben estar sometidas a retención fiscal cuando no estén incluidas en la ley sobre entidades sin ánimo de lucro y no sean partidos políticos.

La normativa será de carácter retroactivo desde el pasado 1 de enero de 2015.

Fuente: http://www.serautonomo.net/noticias/las-empresas-que-ingresen-menos-de-50-000-exentas-de-abonar-el-impuesto-sobre-sociedades

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